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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (09/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Jueves 9 de setiembre de 2021 El Peruano / presentada por la Empresa ha dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en los artículos 30 y 37 del Reglamento, por lo que procede emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley Nº 29237 - Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Mixta por el plazo de cinco (05) años a la empresa “GRUPO EMPRENDE PERU S.A.C.- GREMPERU S.A.C.”, en el local ubicado en en el Sub Lote 13-C, Av. La Esperanza Nº 631, Fundo La Estrella, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo 2 .- La Empresa autorizada deberá sujetar su actuación conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y normas complementarias. Artículo 3 .-La Empresa autorizada bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ActoFecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza01 de junio de 2022 Segunda renovación o contratación de nueva póliza01 de junio de 2023 Tercera renovación o contratación de nueva póliza01 de junio de 2024 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza01 de junio de 2025 Quinta renovación o contratación de nueva póliza01 de junio de 2026 En caso que la Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c) del artículo 45 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4 .-En virtud de lo establecido en el numeral 39.2 del artículo 39 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, la presente Resolución Directoral deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 5 .- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 6.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Directoral en la Av. Alfredo Mendiola Nº 365, o fi c.101, distrito de San Martin de Porres, provincia y departamento de Lima, domicilio señalado por el administrado en el presente procedimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIANGELLA ROSSI PAZOS Directora de Circulación VialDirección General de Autorizaciones en Transporte 1 Numeral 4.1 del artículo 4 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que de fi ne a los Centros de Inspección Técnica Vehicular – CITV, como: “Persona jurídica habilitada por la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para realizar las Inspecciones Técnicas Vehiculares”. 2 Mediante solicitud registrada con Hoja de Ruta Nº E-185004-2021 del 21 de junio de 2021, el señor Trinidad Juan Grijalva Casimiro identi fi cado con DNI Nº 09424860, en calidad de Gerente General de la Empresa “GRUPO EMPRENDE PERU S.A.C.- GREMPERU S.A.C.”, con RUC Nº 20548971463 y domicilio en la Av. Alfredo Mendiola Nº 365, o fi c.101, distrito de San Martin de Porres, provincia y departamento de Lima, solicita autorización para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, con una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo mixta, en el local ubicado en el Sub Lote 13-C, Av. La Esperanza Nº 631, Fundo La Estrella, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. 1988628-1 ORGANISMOS EJECUTORES INTENDENCIA NACIONAL DE BOMBEROS DEL PERU Designan Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto de la INBP RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 073-2021-INBP San Isidro, 8 de setiembre de 2021VISTOS:El Memorando N° 071-2021-INBP/IN de la Jefatura y la Nota Informativa N° 671-2021-INBP/OA/URH de la Unidad de Recursos Humanos, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 1260 se fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y se regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio del Interior que ejerce rectoría en materia de prevención, control y extinción de incendios, atención de accidentes, rescate urbano y apoyo en incidentes con materiales peligrosos, estableciendo su ámbito de competencia, funciones generales y estructura orgánica; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2017-IN, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, que tiene por fi nalidad de fi nir y delimitar las facultades, funciones y atribuciones de los órganos que conforman la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, así como de fi nir su estructura orgánica hasta el tercer nivel organizacional siendo de aplicación a todos los órganos y unidades orgánicas de la INBP; Que, por Resolución Suprema N° 033-2021-IN del 02 de febrero de 2021 se designó al Abog. Luis Antonio