Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (09/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 74

74 NORMAS LEGALES Jueves 9 de setiembre de 2021 El Peruano / En atención a lo antes señalado, el numeral 212.1 del artículo 212 del TUO de la LPAG establece que los errores materiales pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento del procedimiento, de o fi cio o a solicitud de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. Tomándose en cuenta lo indicado, corresponde recti fi car los errores materiales incurridos en la denominación de los grados académicos que otorgan tres (3) programas de estudios de pregrado, listados en los numerales 11, 13 y 24 en el “ANEXO N° 2 DISTRIBUCIÓN DE LOS PROGRAMAS ACADÉMICOS PREGRADO” de la Resolución del Consejo Directivo N° 036-2018-SUNEDU/CD, sin que ello altere el sentido de la decisión, ni implique una modi fi cación sustancial de su contenido, debiendo tenerse como correcta la información contenida en la presente resolución. En virtud de lo descrito, conforme con lo señalado en el artículo 212 del TUO de la LPAG; el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, modi fi cado mediante Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU; y, a lo acordado en la Sesión del Consejo Directivo N° 041-2021. SE RESUELVE:Primero.- ACEPTAR el pedido de recti fi cación solicitado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos en relación con la denominación de los grados académicos que otorgan tres (3) programas de estudios de pregrado, listados en los numerales 11, 13 y 24 en el “ANEXO N° 2 DISTRIBUCIÓN DE LOS PROGRAMAS ACADÉMICOS PREGRADO” de la Resolución del Consejo Directivo N° 036-2018-SUNEDU/CD que otorgó la licencia institucional de la Universidad; y, en consecuencia, RECTIFICAR los errores materiales incurridos en la misma, en tal sentido, toda referencia a las denominaciones de los grados académicos que otorgan los referidos programas de estudios, debe entenderse según se detalla a continuación: ANEXO N° 2 DISTRIBUCIÓN DE LOS PROGRAMAS ACADÉMICOS PREGRADO N° PROGRAMADENOMINACIÓN DEL GRADOTÍTULO QUE OTORGA LOCAL (…) 11AUDITORÍA EMPRESARIAL Y DEL SECTOR PÚBLICOBACHILLER EN CONTABILIDAD CON MENCIÓN EN AUDITORÍA EMPRESARIAL Y DEL SECTOR PÚBLICOCONTADOR (A) PÚBLICO(A)SL01 (…) 13ECONOMÍA PÚBLICABACHILLER EN ECONOMÍA CON MENCIÓN EN ECONOMÍA PÚBLICAECONOMISTA SL01 (…) 24 ARQUEOLOGÍABACHILLER EN CIENCIAS SOCIALES ESPECIALIDAD: ARQUEOLOGÍALICENCIADO EN ARQUEOLOGÍASL01 (…) Segundo.- REMITIR a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos copia de la presente resolución para los fi nes correspondientes. Tercero .- NOTIFICAR la presente resolución a la Universidad, encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario realizar el trámite correspondiente. Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en el Portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (www.sunedu.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSWALDO DELFÍN ZEGARRA ROJAS Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 1 Publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 31 de diciembre de 2016. 2 Ingresada mediante RTD N° 034848-2021-SUNEDU-TD del 13 de julio de 2021. 3 La Resolución del Consejo Directivo (en adelante, RCD) que otorgó el licenciamiento institucional a la Universidad fue materia de modi fi cación y recti fi cación : i) RCD N° 007-2019-SUNEDU/CD del 25 de enero de 2019, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 26 de enero de 2019, ii) RCD N° 050-2019-SUNEDU/CD del 25 de abril de 2019, publicada en el diario ofi cial “El Peruano” el 27 de abril de 2019, iii) RCD N° 063-2019-SUNEDU/ CD del 16 de mayo de 2019, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 17 de mayo de 2019, iv) RCD N° 115-2019-SUNEDU/CD del 27 de agosto de 2019, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 29 de agosto de 2019; y, v) RCD N° 159-2019-SUNEDU/CD del 9 de diciembre de 2019, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 10 de diciembre de 2019. 4 Ingresada mediante RTD N° 034848-2021-SUNEDU-TD del 13 de julio de 2021. 5 Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. (…) Artículo 212.- Recti fi cación de errores (…) 212.1 Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. (…) 6 Ingresado mediante RTD N° 011551-2018-SUNEDU-TD del 9 de marzo de 2018. 7 Ingresado mediante RTD N° 011551-2018-SUNEDU-TD del 9 de marzo de 2018. 1989558-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Jueces Supernumerarios de diversos Juzgados de Investigación Preparatoria - Procesos de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar y Conducción en Estado Ebriedad o Drogadicción de Lima PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000308-2021-P-CSJLI-PJ Lima, 8 de septiembre del 2021VISTOS Y CONSIDERANDOS: Mediante Resolución Administrativa N° 042-2020-CE- PJ el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial creó diversos órganos jurisdiccionales para esta Corte Superior de Justicia para la implementación del Código Procesal Penal-Primer Tramo, asimismo, se dispuso la conversión y reubicación de órganos jurisdiccionales para la aplicación del Código Procesal Penal en la Corte Superior de Justicia de Lima con la fi nalidad que conozcan el trámite de los procesos penales bajo los alcances del Código Procesal Penal y Código de Procedimientos Penales de 1940; siendo que mediante Decreto Supremo N° 05-2021-JUS