NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (09/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 136
TEXTO PAGINA: 65
65 NORMAS LEGALES Jueves 9 de setiembre de 2021 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 005-2020-VIVIENDA que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, en adelante OTASS, el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario; el cual desarrolla su competencia en concordancia con la política general, objetivos, planes, programas y lineamientos normativos establecidos por el ente rector; Que, en el numeral 188.5 del artículo 188 del Reglamento de la Ley Marco se faculta al OTASS, a que, mediante Resolución de su Consejo Directivo, emita normas y disposiciones complementarias necesarias para la ejecución de sus funciones, competencias y facultades; Que, mediante los Informes N° 000059-2021-OTASS- DO de fecha 24 de julio de 2021 y N° 000061-2021-OTASS-DO de fecha 11 de agosto de 2021, la Dirección de Operaciones en su condición de órgano técnico, propone la “Directiva para atención de emergencias mediante asistencia técnica en el marco de fortalecimiento de capacidades”; Que, con los Informes N° 000105-2021-OTASS- OPP-CCA de fecha 27 de julio de 2021 y N° 000023-2021-OTASS-OPP-JOV del 12 de agosto de 2021, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable a la propuesta de directiva; Que, mediante los Informes Legales N° 327-2021-OTASS-OAJ de fecha 26 de junio de 2021 y N° 350-2021-OTASS-OAJ de fecha 25 de agosto de 2021, la Ofi cina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la propuesta de directiva;Que, estando a la propuesta de la Dirección de Operaciones, el Consejo Directivo del OTASS, en la Sesión Ordinaria N° 013-2021, realizada de forma virtual, el 31 de agosto de 2021, se acordó, entre otros, mediante Acuerdo N° 02 aprobar la “Directiva para Atención de Emergencias mediante la Asistencia Técnica en el Marco de Fortalecimiento de Capacidades”; Que, la precitada Directiva cuenta con los aportes formulados y acogidos en la sesión por los miembros del Consejo Directivo y de acuerdo con los aspectos técnicos y legales previstos en los respectivos informes de la Dirección de Operaciones, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica y respectivamente, con vigencia a partir de la fecha de adopción del acuerdo; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo que formalice el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo del Organismo Técnico de Administración de los Servicios de Saneamiento; Con el visado de la Dirección Ejecutiva, de la Gerencia General, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y de la Dirección de Operaciones; y, De conformidad con lo señalado en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, el literal e) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS aprobado con Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA y Resolución Directoral N° 010-2019-OTASS/DE, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS en la Sesión Ordinaria N° 013-2021, de fecha 31 de agosto de 2021; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar el acuerdo de la Sesión Ordinaria N° 013-2021 que aprueba la Directiva N°