NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (11/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 24
24 NORMAS LEGALES Sábado 11 de setiembre de 2021 El Peruano / Que, mediante Informe Nº 142-2021-MTC/34.01.09 la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emitió opinión en el marco de sus competencias, indicando que, conforme a los documentos que obran en el expediente y lo señalado en dicho informe, la propuesta de identi fi cación de servicios no exclusivos presentada por la Dirección de Comunicaciones, Comercialización y Mercadotecnia se encuentra conforme, en tanto: i) Está alineada a las funciones del Proyecto Especial y a la acción estratégica AEI 08.05 Conducción de las Actividades de Legado de los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos Lima 2019, contenida en el PEI 2020-2023. ii) Contiene los sustentos técnicos para la identi fi cación de servicios no exclusivos propuestos, acorde a los documentos que obran en el expediente. iii) La propuesta de servicios no exclusivos y de tarifario presentada, contiene las columnas “Denominación del servicio”, “Unidad de Medida”, “Tarifa” (Valor Venta S/ sin IGV, Precio Venta S/ incluido IGV y en % UIT) y “Requisitos”. iv) En relación con la implicancia presupuestal de la propuesta de servicios no exclusivos y de tarifario, corresponde considerar que los gastos que irroguen brindar estos servicios deberán estar sujetos al presupuesto asignado del Proyecto Especial, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que, mediante informe de vistos, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que la comercialización de los servicios no exclusivos y la determinación del costo fi nal debe ser aprobada por una Resolución del Titular de la Entidad y publicada en el diario o fi cial “El Peruano”, considerando el precio en porcentaje respecto de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT); asimismo, precisa que la determinación de los aspectos técnicos contenidos en el expediente, se efectúan en el marco de las competencias de la Dirección de Comunicaciones, Comercialización y Mercadotecnia, la Ofi cina de Administración y la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, según corresponda; Que, conforme a lo establecido en el artículo 7 del MOP del Proyecto Especial, la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa de la entidad; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 37.4 del artículo 37 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM; en el Decreto Supremo Nº 002-2015-MINEDU y sus modi fi catorias; y con las atribuciones establecidas en los literales a) y g) del artículo 8 del Manual de Operaciones del Proyecto Especial, aprobado con Resolución Ministerial Nº 320-2019-MTC/01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad por el Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos, el mismo que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Comunicaciones, Comercialización y Mercadotecnia y a la Ofi cina de Administración las acciones necesarias para la aplicación del Tarifario aprobado mediante el artículo 1 de la presente Resolución, en el marco de sus respectivas competencias. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos (www.lima2019.pe), en la misma fecha de publicación de esta en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBERTO VALENZUELA SOTO Director EjecutivoProyecto Especial Legado Juegos Panamericanos yParapanamericanos 1990282-1VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Designan Asesora I de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 276-2021-VIVIENDA Lima, 10 de setiembre de 2021CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a I de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá el mencionado cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Yamile Griselda De Lama Hirsh, en el cargo de Asesora I de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.GEINER ALVARADO LÓPEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1990676-1 Dan por concluidas designaciones y designan Director Titular y Director Suplente en el Directorio de la EPS SEDAM Huancayo S.A., propuestos por el Gobierno Regional de Junín RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 019-2021-VIVIENDA/VMCS Lima, 9 de setiembre de 2021 VISTOS: El O fi cio Nº 046-2021-EP SEDAM HYO S.A./GG de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento SEDAM Huancayo Sociedad Anónima - EPS SEDAM Huancayo S.A.; el Informe Nº 191-2021-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; el Informe Nº 226-2021-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento; y, CONSIDERANDO:Que, el párrafo 15.1 del artículo 15 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2020-VIVIENDA (en adelante, TUO de la Ley Marco), dispone que son prestadores de los servicios de saneamiento, entre otras, las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, que pueden ser públicas de accionariado estatal, públicas de accionariado municipal, privadas o mixtas;