Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (23/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Jueves 23 de setiembre de 2021 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Ordenanza que modifica e incorpora Códigos de Infracción al Cuadro Único de Infracciones Y Sanciones (CUIS) aprobado mediante Ordenanza N° 539-2020-MDB ORDENANZA Nº 559-2021-MDB Barranco, 15 de setiembre de 2021 ORDENANZA QUE MODIFICA E INCORPORA CÓDIGOS DE INFRACCIÓN AL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) APROBADO MEDIANTE ORDENANZA Nº 539-2020-MDB POR CUANTO:El Concejo Municipal de Barranco, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTOS: Los Informes Nº 230-2020-SGFyCA-GFySC-MDB, Nº 026, 074 y 247-2021-SGFCA-GFSC-MDB emitidos por la Sub Gerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa, el Informe Nº 230 y 340-2021-GAJ-MDB emitidos por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 074-2021-GFSC-MDB de la Gerencia de Fiscalización y Seguridad Ciudadana y el Dictamen Nº 019 y 021-2021-COAJyEAP emitido por la Comisión de Regidores de Asuntos Jurídicos y Economía, Administración y Planeamiento, y; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía, política y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la ley 27680 (Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización) concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades); Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 46º señala que “Las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes”. Además, precisa que “Las ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta”; Que, mediante Ordenanza Nº 539-2020-MDB entró en vigencia la “Ordenanza que aprueba el Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad distrital de Barranco”, el mismo que estable el procedimiento administrativo sancionador, determina las medidas provisionales y medidas complementarias por cada infracción; Que, asimismo, mediante Ordenanza Nº 545-2020- MDB entró en vigencia la “Ordenanza que Aprueba las medidas de prevención y seguridad destinadas a prevenir el contagio y propagación del covid-19 durante la comercialización de bienes y prestación de servicios esenciales durante el estado de emergencia sanitaria declarado por el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, en el distrito de Barranco”, el cual incorpora la línea de acción 11: Estado de Emergencia declarado por brote del Covid-19;Que, en virtud a las competencias, los gobiernos locales a través del Concejo Municipal pueden establecer políticas y estrategias con carácter general que incentiven el cumplimiento de las obligaciones administrativas y las sanciones impuestas, además de lograr de manera e fi caz la recuperación de las áreas públicas, ornato y logrando un orden en la ciudadanía. En consecuencia la fi nalidad de la norma es la de preservar el derecho de los vecinos, su bienestar y hacer prevalecer el principio de autoridad; Que, la Sub Gerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa con Informes del visto, envía la propuesta de modi fi cación e incremento de códigos de infracción al Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUIS) reformulada; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica con Informes del visto, cumple con emitir opinión favorable al proyecto de Modificación e incremento de Códigos de Infracción al Cuadro Único de Infracciones y Sanciones, aprobado mediante la Ordenanza Nº 539-2020-MDB propuesto por la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa; Que mediante Dictámenes del visto, las Comisiones de Regidores de Asuntos Jurídicos y Economía, Administración y Planeamiento recomiendan al Concejo Municipal la aprobación del proyecto reformulado presentado por la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa; Que, el numeral 8) del artículo 9 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que es atribución del concejo municipal el aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas, en este sentido, es procedente que el Concejo Municipal apruebe la modi fi cación e incremento de infracciones en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones- CUIS aprobado mediante Ordenanza Nº 539-2020-MDB de la Municipalidad de Barranco; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas por el Artículo 9º, numeral 8) y artículo 40º del Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- MODIFICAR EL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES - CUIS aprobado mediante Ordenanza Nº 539-2020-MDB, respecto de las siguientes infracciones 02-1207, 05-0117, 03-0222, tal como se detalla en el Anexo I. Artículo Segundo.- INCORPORAR AL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES - CUIS aprobado mediante Ordenanza Nº 539-2020-MDB las siguientes infracciones 02-0949, 06-0718, 03-0226, 05-0301, 05-0302, 05-0303, 05-0304, 05-0305, 05-0306, 05-0307, 05-0311, 06-0207, 03-0227, 06-0407, 07-0115, 07-0411, 07-0412, 07-0413, 01-0130, 08-0403, 07-0414, 08-0298, tal como se detalla en el Anexo II. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa la implementación de la presente Ordenanza de acuerdo a sus competencias. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información su publicación en el portal institucional www.munibarranco.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ JUAN RODRÍGUEZ CÁRDENAS Alcalde