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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (28/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Martes 28 de setiembre de 2021 El Peruano / TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Autorizan transferencia financiera a favor de EsSalud, a efectos de financiar contraprestaciones del personal asistencial contratado bajo el Régimen del D. Leg. Nº 1057 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 177-2021-TR Lima, 27 de setiembre de 2021VISTOS: El O fi cio N° 789-SG-ESSALUD-2021 de la Secretaría General del Seguro Social de Salud - EsSalud; el Memorando N° 0541-2021-MTPE/4/11 de la O fi cina General de Administración; el Memorando N° 0797-2021-MTPE/4/9 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 0797-2021-MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, mediante Resolución Ministerial N° 308-2020- TR, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo correspondiente al Año Fiscal 2021, por un monto de S/ 292 661 956,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) por toda fuente de fi nanciamiento; Que, mediante el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 088-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera para garantizar la capacidad de respuesta del Seguro Social de Salud ante la Emergencia Sanitaria por la COVID-19, durante el Año Fiscal 2021, se autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por el monto de S/ 204 738 031,00 (DOSCIENTOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TREINTA Y UNO Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para luego ser transferidos a favor del Seguro Social de Salud – EsSalud, a efectos de fi nanciar las contraprestaciones del personal asistencial contratado bajo el Régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, en el marco de lo establecido en el numeral 27.2 del artículo 27 del Decreto de Urgencia Nº 029-2020, Dictan medidas complementarias destinadas al fi nanciamiento de la micro y pequeña empresa y otras medidas para la reducción del impacto del COVID-19 en la economía peruana, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, asimismo el numeral 2.6 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 088-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera para garantizar la capacidad de respuesta del Seguro Social de Salud ante la Emergencia Sanitaria por la COVID-19, durante el Año Fiscal 2021, autoriza de manera excepcional, al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, durante el Año Fiscal 2021, a realizar transferencias fi nancieras a favor del Seguro Social de Salud – EsSalud, con cargo a los recursos a los que se re fi ere el numeral 2.1 del artículo 2 del citado Decreto de Urgencia, solo para los fi nes señalados en el referido artículo; además señala que dichas transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en dicho Pliego y se publica en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en aplicación de las disposiciones señaladas en los considerandos precedentes, mediante Resolución Ministerial Nº 172-2021-TR, se aprueba la desagregación de recursos aprobados mediante el Decreto de Urgencia N° 088-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera para garantizar la capacidad de respuesta del Seguro Social de Salud ante la Emergencia Sanitaria por la COVID-19, durante el Año Fiscal 2021, el cual autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por el monto de S/ 204 738 031,00 (DOSCIENTOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TREINTA Y UNO Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para luego ser transferidos a favor del Seguro Social de Salud - EsSalud, a efectos de financiar las contraprestaciones del personal asistencial contratado bajo el Régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, en el marco de lo establecido en el numeral 27.2 del artículo 27 del Decreto de Urgencia Nº 029-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al financiamiento de la micro y pequeña empresa y otras medidas para la reducción del impacto del COVID-19 en la economía peruana, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante O fi cio N° 789-SG-ESSALUD-2021, la Secretaria General del Seguro Social de Salud – EsSalud, solicita gestionar la aprobación de la transferencia fi nanciera mencionada en el considerando precedente, remitiendo adjunto el Memorándum N° 2681-GG-ESSALUD-2021 de la Gerencia General del Seguro Social de Salud – EsSalud; la Nota N° 1547-GCAJ-ESSALUD-2021 y el Informe N° 643-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2021 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica; el Informe N° 0095-GCPP-ESSALUD-2021 de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto; y el Memorando N° 4932-GCGP-ESSALUD-2021 de la Gerencia Central de Gestión de las Personas, que sustentan la viabilidad de la transferencia fi nanciera del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo – Ofi cina General de Administración; Que, la O fi cina General de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, mediante Memorando N° 0541-2021-MTPE/4/11, remite el Informe N° 0047-2021-MTPE/4/11.1 de la O fi cina de Finanzas, el cual contiene la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota N° 1356, en la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, por el monto de S/ 204 738 031,00 (DOSCIENTOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TREINTA Y UNO Y 00/100 SOLES); Que, mediante el Memorando N° 0797-2021- MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, remite el Informe N° 0538-2021-MTPE/4/9.2 elaborado por la O fi cina de Presupuesto, a través del cual emite la opinión favorable en materia presupuestaria correspondiente; Que, en virtud de lo expuesto, y en el marco de las normas descritas, resulta pertinente aprobar la transferencia fi nanciera solicitada, con cargo a la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, a favor del Seguro Social de Salud - EsSalud; Que, el Titular del Seguro Social de Salud – EsSalud es responsable del uso y destino de los recursos que se trans fi eren conforme a la normatividad vigente; asimismo, dichos recursos no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 2.7 y 2.8 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 088-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera para garantizar la capacidad de respuesta del Seguro Social