NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (28/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 68
TEXTO PAGINA: 19
19 NORMAS LEGALES Martes 28 de setiembre de 2021 El Peruano / de Salud ante la Emergencia Sanitaria por la COVID-19, durante el Año Fiscal 2021; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina General de Administración, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto de Urgencia N° 088-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera para garantizar la capacidad de respuesta del Seguro Social de Salud ante la Emergencia Sanitaria por la COVID-19, durante el Año Fiscal 2021; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 308-2019-TR; SE RESUELVE:Artículo 1. Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo – Ofi cina General de Administración, por el monto de S/ 204 738 031,00 (DOSCIENTOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TREINTA Y UNO Y 00/100 SOLES) a favor del Seguro Social de Salud - EsSalud, a efectos de fi nanciar las contraprestaciones del personal asistencial contratado bajo el Régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, en el marco de lo establecido en el numeral 27.2 del artículo 27 del Decreto de Urgencia Nº 029-2020, Dictan medidas complementarias destinadas al fi nanciamiento de la micro y pequeña empresa y otras medidas para la reducción del impacto del COVID-19 en la economía peruana, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2. Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.8 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 088-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera para garantizar la capacidad de respuesta del Seguro Social de Salud ante la Emergencia Sanitaria por la COVID-19, durante el Año Fiscal 2021. Artículo 3. El Titular del Seguro Social de Salud - EsSalud es responsable de la adecuada implementación, así como del uso y destino de los recursos comprendidos en la transferencia fi nanciera efectuada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.7 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 088-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera para garantizar la capacidad de respuesta del Seguro Social de Salud ante la Emergencia Sanitaria por la COVID-19, durante el Año Fiscal 2021. Artículo 4. Disponer que la presente Resolución Ministerial y su Anexo, se publiquen en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.IBER ANTENOR MARAVÍ OLARTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1995761-1Autorizan transferencia financiera a favor de EsSalud, a fin de garantizar continuidad operativa del Centro de Atención y Aislamiento Temporal ubicado en la Villa Panamericana, para la atención de pacientes confirmados por la COVID-19 y sospechosos sintomáticos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 178-2021-TR Lima, 27 de setiembre de 2021VISTOS: El O fi cio Nº 788-SG-ESSALUD-2021 de la Secretaría General del Seguro Social de Salud - EsSalud; el Memorando N° 0540-2021-MTPE/4/11 de la O fi cina General de Administración; el Memorando N° 0798-2021-MTPE/4/9 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 0794-2021-MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, mediante Resolución Ministerial N° 308-2020-TR, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo correspondiente al Año Fiscal 2021, por un monto de S/ 292 661 956,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) por toda fuente de fi nanciamiento; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 236- 2021-EF, Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 92 477 117,00 (NOVENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CIENTO DIECISIETE y 00/100 Soles), a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para fi nanciar la transferencia fi nanciera que el mencionado pliego debe efectuar al Seguro Social de Salud (EsSalud), a fi n de garantizar la continuidad operativa del Centro de Atención y Aislamiento Temporal ubicado en la Villa Panamericana, para la atención de pacientes con fi rmados por la COVID-19 y sospechosos sintomáticos, asegurados y no asegurados; con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 171- 2021-TR, se aprueba la desagregación de los recursos autorizados mediante el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 236-2021-EF, Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante el O fi cio Nº 788-SG-ESSALUD-2021, la Secretaría General del Seguro Social de Salud - EsSalud, solicita gestionar la aprobación de la transferencia fi nanciera a favor del Seguro Social de Salud- EsSalud mencionada precedentemente, remitiendo adjunto el Memorándum N° 2683-GG-ESSALUD-2021 de la Gerencia General; la Nota N° 1548-GCAJ-ESSALUD-2021 y el Informe Nº 644-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2021 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 0096-GCPP-ESSALUD-2021 de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto; así como, el Memorando N° 10653-GCOP-ESSALUD-2021 y la Nota N° 3405-GOF-ESSALUD-2021 de la Gerencia Central de Operaciones, que sustentan la viabilidad de la transferencia fi nanciera del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo – Ofi cina General de Administración; Que, la O fi cina General de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, mediante