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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (30/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 81

81 NORMAS LEGALES Jueves 30 de setiembre de 2021 El Peruano / Artículo 3. Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza son de aplicación para la provincia de Lima y su cumplimiento es obligatorio para todas las dependencias (unidades de organización, organismos públicos y empresas) que conforman la Municipalidad Metropolitana de Lima; así como por las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras que participen con responsabilidad social, en acciones de conservación de activos existentes, conforme a lo dispuesto en la presente Ordenanza. CAPÍTULO II PARTICIPACIÓN CON RESPONSABILIDAD SOCIAL Artículo 4. Modalidad de participación con Responsabilidad Social. La participación con responsabilidad social permite mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, pudiendo la Municipalidad Metropolitana de Lima presentar propuestas y responder a propuestas presentadas por personas naturales o jurídicas interesadas con el desarrollo sostenible. La participación se realiza a través de la modalidad de intervención en acciones de conservación de activos existentes. Artículo 5. Áreas de Intervención. Se puede participar con responsabilidad social en acciones de conservación de activos existentes de carácter social vecinal, tales como deportivas, culturales, ambientales, ornato público; así como en cualquier otra que sea de competencia municipal. Artículo 6. Prohibición de participación. Se encuentra prohibida la participación con responsabilidad social a las organizaciones políticas, tales como partidos políticos, movimientos independientes o similares. Artículo 7. Comisión de Participación con Responsabilidad Social. La Comisión de Participación con Responsabilidad Social, en adelante la Comisión, es la responsable de evaluar la propuesta presentada por la administración municipal y por las personas naturales o jurídicas. Los acuerdos adoptados por la Comisión deben plasmarse en un Acta. Cuando se apruebe la propuesta, la Comisión emitirá un Acta de Aprobación. La Comisión de Participación con Responsabilidad Social está compuesta por un integrante de las siguientes unidades orgánicas: ● Gerencia Municipal Metropolitana, quien la preside. ● Gerencia de Desarrollo Urbano, quien está a cargo de la Secretaría Técnica. ● Gerencia de Plani fi cación. ● Gerencia de Movilidad Urbana. ● Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental. ● Gerencia de Desarrollo Económico. ● Gerencia de Participación Vecinal. ● Gerencia de Cultura. ● Gerencia de Educación y Deportes. CAPÍTULO III PROCEDIMIENTO DE INTERVENCIÓN Artículo 8. Programación de Actividades. La Municipalidad Metropolitana de Lima publica en su Portal Institucional el listado de las acciones de conservación en las que se pueda participar con responsabilidad social, otorgando un plazo de quince (15) días hábiles para la recepción de solicitudes que presenten las personas naturales o jurídicas interesadas en participar de la actividad. La difusión del listado se podrá realizar con el apoyo de entidades públicas y privadas. Asimismo, las personas naturales o jurídicas pueden proponer su participación con responsabilidad social, en acciones de conservación de activos existentes que no hayan sido publicadas, siempre que no transgredan la normatividad correspondiente al medio ambiente, el cuidado de las áreas verdes, el ornato público, entre otros, en bene fi cio de la ciudadanía. En ambos casos, la solicitud tiene naturaleza jurídica de Petición de Gracia, por lo que se ciñe a lo establecido en el Artículo 123 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 9. Solicitud de los interesados. La persona natural o jurídica que tenga interés en participar con responsabilidad social en acciones de conservación de activos existentes, en la jurisdicción de la provincia de Lima, presenta su propuesta en la Mesa de Partes de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cumpliendo con los requerimientos técnicos regulados en la normatividad de la materia vigente, adjuntando además: 1. Descripción de la propuesta. 2. Ficha Técnica con especi fi caciones. En caso de corresponder, se adjuntará planos. 3. Presupuesto.4. Cronograma de ejecución. 5. Declaración Jurada de no contar con proceso judicial, administrativo o de cualquier otra índole contra la municipalidad. 6. Registro Fotográ fi co de la zona a intervenir. Artículo 10. Evaluación de la solicitud. La solicitud es remitida a la Secretaría Técnica de la Comisión de Participación con Responsabilidad Social, la que, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, evalúa el cumplimiento de los requisitos para su presentación y la traslada a la Gerencia Municipal Metropolitana, debiendo verifi car previo a ello, que el solicitante no cuente con un proceso judicial, administrativo o de otra índole, contra la Municipalidad. De encontrar conforme la solicitud, la remite en el término de un (01) día hábil, a la Gerencia Municipal Metropolitana para su derivación a las áreas técnicas o dependencias competentes para opinión, las que evalúan la solicitud y emiten el informe técnico respectivo dentro del plazo de diez (10) días hábiles; remitiéndolo en el término de un (01) día hábil a la Secretaría de la Comisión. De no cumplir con los requisitos, noti fi ca por única vez al solicitante, otorgando un plazo máximo de diez (10) días hábiles para la subsanación. Una vez subsanada, se continúa con la evaluación, conforme a lo señalado en el párrafo anterior; caso contrario, se desestima la solicitud. La Secretaría técnica de la Comisión convoca a ésta, para la evaluación y decisión correspondiente, debiendo programar fecha y hora para la revisión y evaluación de la propuesta, en un plazo máximo de siete (07) días hábiles de recibido el Informe de dicha Secretaría. En dicho informe se propone a la dependencia responsable del seguimiento. Establecida la fecha y hora para la sesión de la Comisión, la Secretaría Técnica de la Comisión o las áreas técnicas competentes, deben sustentar la viabilidad de la propuesta, así como el bene fi cio social para la población. La Comisión revisa los actuados y, de opinar en favor de la propuesta, se elabora y suscribe un Acta de Aprobación, la misma que debe ser fi rmada por todos los miembros de la Comisión. Esta decisión es comunicada al solicitante. De no contar con opinión favorable por parte de la Comisión, se comunica tal decisión al solicitante, no pudiendo ésta impugnarse en la vía administrativa ni judicial, por su naturaleza de petición de gracia, conforme a lo previsto en el Artículo 123 del Texto Único Ordenando de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 11. Compromiso de Participación con Responsabilidad Social. Aprobada la propuesta, la dependencia respectiva efectúa las coordinaciones con el solicitante a fi n de defi nir los términos y condiciones del Compromiso de Participación con Responsabilidad Social, el cual debe mantener, como mínimo, la siguiente estructura: