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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (30/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 82

82 NORMAS LEGALES Jueves 30 de setiembre de 2021 El Peruano / 1. Introducción. ● Lugar, fecha y hora de la emisión del Acta. ● Identi fi cación de las partes que suscriben el Acta (nombres y apellidos, documentos de identidad, RUC, domicilio, facultades de representación para suscribir el Compromiso, entre otros). ● Especi fi cación de la obra a realizarse y el interés de participación del solicitante. 2. Exposición. ● Descripción de la propuesta. ● Características técnicas, materiales, presupuesto, cronograma de ejecución y planos de ser el caso, en cumplimiento a las normas técnicas vigentes. 3. Compromisos. ● Objeto del compromiso. ● Obligaciones de las partes. ● Vigencia del Compromiso. ● Dependencia(s) responsable(s). ● Responsabilidad por incumplimiento. ● Responsabilidad exclusiva y excluyente de la persona natural o jurídica, frente a la Municipalidad Metropolitana de Lima y a terceros, respecto del personal que interviene en la acción de conservación (seguros, remuneraciones y cualquier otra que pudiera corresponderle), indicando que dicho personal no tiene ningún vínculo laboral ni contractual con la Municipalidad Metropolitana de Lima. ● Cláusula Anticorrupción. ● Noti fi caciones. 4. Parte Final.● Lugar y fecha de suscripción del Compromiso. ● Firma de los representantes de las partes. Artículo 12. Aprobación del Compromiso de Participación con Responsabilidad Social. Defi nida la propuesta del Compromiso de Participación con Responsabilidad Social conforme a lo señalado en el Artículo 11, la Comisión remite a la Gerencia Municipal Metropolitana el expediente conformado por la solicitud, el acta de aprobación, el informe técnico, la propuesta de Compromiso, así como cualquier otro documento que se considere relevante, para su aprobación mediante Resolución de Gerencia Municipal, de la cual se envía copia a la(s) dependencia(s) responsable(s) para el seguimiento de los compromisos asumidos. Artículo 13. Actividades de Supervisión. La dependencia responsable es la encargada de velar por el cumplimiento del Compromiso de Participación con Responsabilidad Social y de informar a la Comisión, en caso de incumplimiento de alguna obligación suscrita por la persona natural o jurídica, a fi n de iniciar las acciones que correspondan por intermedio de la Gerencia Municipal Metropolitana. CAPÍTULO IV BENEFICIOS Artículo 14. Certi fi cado de Participación con Responsabilidad Social. La participación de las personas naturales o jurídicas a través de la intervención en acciones de conservación de activos existentes regulada en el Artículo 5, es reconocida mediante la emisión y entrega del “Certi fi cado de Participación con Responsabilidad Social”, el cual conlleva a la obtención de bene fi cios no monetarios, ofrecidos por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 15. Bene fi cios. Luego de ejecutadas las acciones de conservación, las personas naturales o jurídicas que cuenten con el Certi fi cado de Participación con Responsabilidad Social, podrán acceder a los siguientes bene fi cios: Personas Naturales: ● Tres (03) meses de uso gratuito del gimnasio municipal. ● Acceso al Parque de las Leyendas. ● Acceso al Parque de las Aguas. ● Uso de instalaciones deportivas administradas por la Municipalidad Metropolitana de Lima dos (02) veces por semana sin costo alguno y previa coordinación de disponibilidad de horarios, durante un periodo de tres (03) meses (no incluye los servicios de escuelas deportivas que se brindan en las instalaciones). ● Acceso a los eventos culturales desarrollados en el Teatro Municipal de Lima. ● Acceso gratuito a tres (03) servicios no exclusivos administrados por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Personas Jurídicas. ● Reconocimiento en los canales virtuales administrados por la Municipalidad Metropolitana de Lima. ● Inclusión de la marca o nombre de la empresa en todos los canales virtuales, como medio de publicidad y reconocimiento. ● Uso de las instalaciones (circuito de aguas, espacios o salones del Teatro Municipal) administradas por la Municipalidad Metropolitana de Lima para actividades corporativas previa veri fi cación de disponibilidad con el área competente. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera. Facultar al Alcalde Metropolitano para que, mediante Decreto de Alcaldía, expida las normas complementarias y reglamentarias que sean necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segunda. Facultar a la Gerencia Municipal Metropolitana para que, de manera excepcional, con el debido sustento técnico y aprobación de la Comisión de Participación con Responsabilidad Social, apruebe la participación con responsabilidad social en el desarrollo de inversiones, incluidas las que se encuentren en el marco de las Inversiones de Optimización, Ampliación Marginal, Reposición y Rehabilitación - IOARR. Los requisitos especí fi cos para estas intervenciones se regulan mediante Decreto de Alcaldía, de conformidad con lo establecido en la presente Ordenanza. Tercera. Facultar a la Gerencia Municipal Metropolitana para que adopte las acciones necesarias en aquello no previsto en la presente Ordenanza y su reglamento, en tanto redunde en el interés público. Cuarta. Disponer que los bene fi cios otorgados por la Municipalidad Metropolitana de Lima, a las personas naturales o jurídicas por su participación con responsabilidad social en acciones de conservación de activos existentes sean entregados, tomando en cuenta las restricciones generadas por el estado de emergencia declarado por el Gobierno como consecuencia de la propagación del COVID-19. En ese sentido, los bene fi ciarios deben programar el uso de los bene fi cios. Quinta. Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación la publicación en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Sexta. La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1996259-1 Ordenanza para la promoción, difusión y enseñanza de la lengua Quechua y otras lenguas originarias en la provincia de Lima ORDENANZA Nº 2392-2021 Lima, 23 de setiembre de 2021