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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (30/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Jueves 30 de setiembre de 2021 El Peruano / Visto el Expediente STDUNI N° 2021-42813 presentado por el señor ISAAC SÁNCHEZ ARCE quien solicita duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil; CONSIDERANDO:Que, el señor ISAAC SÁNCHEZ ARCE identi fi cado con DNI Nº 46367615 egresado de esta casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil; por pérdida, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008, modi fi cado por Resolución Rectoral N° 1685 del 08 de noviembre de 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe N° 110-2021UNI/SG/UGyT de fecha 03.06.2021, precisa que el diploma del señor ISAAC SÁNCHEZ ARCE se encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres Nº 15, página 173, con el número de registro 41445B; Que, la Comisión Académica del Consejo Universitario, en su Sesión Virtual Nº 09-2021, realizada el 21 de junio del 2021, previa revisión y veri fi cación del expediente, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil al señor ISAAC SÁNCHEZ ARCE; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su sesión extraordinaria Virtual Nº 07 de fecha 07 de julio del 2021, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el art. 250 del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado del diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil al siguiente egresado de la Universidad, anulándose el diploma otorgado anteriormente: Apellidos y NombresCon mención enFecha de Otorgamiento del Diploma 1 SÁNCHEZ ARCE, IsaacIngeniería Civil21.02.2018 Regístrese, comuníquese y archívese. PEDRO CANALES GARCIA Rector (e) 1993461-1 Aprueban la creación de Unidades Funcionales en la Universidad Nacional Hermilio Valdizán UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN DE HUÁNUCO RESOLUCIÓN CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 1259 -2021-UNHEVAL Cayhuayna, 28 de junio de 2021.VISTOS, los documentos que se acompañan en setenta y nueve (79) folios; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, defi ne a la universidad como una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, cientí fi ca y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial. Está integrada por docentes, estudiantes y graduados. Que, el artículo 1º del Estatuto de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán, aprobado mediante Resolución Asamblea Universitaria Nº 003-2021-UNHEVAL, establece que la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco es una universidad pública, creada por Ley Nº 14915 del 21 de febrero de 1964; se rige y gobierna de acuerdo con la Constitución Política del Perú, la Ley Universitaria 30220, el presente Estatuto y sus reglamentos institucionales. Tiene como siglas las letras UNHEVAL, y se encuentra registrada ante el INDECOPI con Certi fi cado Nº 00006854; Que, mediante el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, se aprueba el documento denominado: “Lineamientos de Organización del Estado”, cuyo objeto es regular los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; para lo cual, las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organizan de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía; Que, la Décima Disposición Complementaria Final de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, y modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, establece que excepcionalmente, además de las unidades funcionales que integran la estructura funcional de un programa o proyecto especial, una entidad pública puede conformar una unidad funcional al interior de alguno de sus órganos o unidades orgánicas, siempre que el volumen de operaciones o recursos que gestione así lo justi fi que, de modo tal de diferenciar las líneas jerárquicas, y alcances de responsabilidad. Su conformación se aprueba mediante resolución de la máxima autoridad administrativa, previa opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, salvo disposición expresa establecida en norma con rango de ley o decreto supremo. Las unidades funcionales no aparecen en el organigrama ni su conformación supone la creación de cargos ni asignación de nuevos recursos. Las líneas jerárquicas, responsabilidades y coordinador a cargo de la unidad funcional se establecen en la citada resolución; Que, con la Resolución Rectoral Nº 0059-2021-UNHEVAL, del 02.FEB.2021, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco; Que, mediante el segundo numeral de la parte resolutiva de la Resolución Consejo Universitario Nº 0300-2021-UNHEVAL, del 01.FEB.2021, se conformó la Comisión de Implementación de los Documentos Normativos y Administrativos de la UNHEVAL, alineados al Estatuto de la UNHEVAL y el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la UNHEVAL; recti fi cada, en parte, con la Resolución Consejo Universitario Nº 0317-2021-UNHEVAL, del 03.FEB.2021; Que, con O fi cio Digital Nº 001-2021-UNHEVAL/ CIN, del 18.MAY.2021, la Comisión de Implementación de los Documentos Normativos y Administrativos de la UNHEVAL, alineados al Estatuto de la UNHEVAL y el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la UNHEVAL, adjunta el INFORME TÉCNICO PARA LA CREACIÓN DE UNIDADES FUNCIONALES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN, señalando que, para una mejor organización y funcionamiento de la UNHEVAL, se desarrolló la propuesta de creación de Unidades Funcionales de la UNHEVAL, conforme lo determina el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y su modi fi catoria el Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, como también la Resolución Nº 588-2019-MINEDU, consolidándose en el Decreto Supremo Nº 064-2021-PCM; asimismo, indica que el trabajo desarrollado ha sido consensuado entre la mayoría de los miembros de la Comisión conforme a las diversas reuniones de trabajo, también han tenido la participación de todos los órganos y unidades orgánicas que contiene el ROF, quienes han enviado la propuesta de organización de Unidades Funcionales, los mismos que han sido evaluados por la Comisión, con la participación del Rector y de los Vicerrectores;