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43 NORMAS LEGALES Domingo 3 de abril de 2022 El Peruano / Ordenanza Municipal, así como la toma de acciones correspondientes con arreglo a Ley. Artículo 4.- ENCARGAR a la Secretaria General, disponga la publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 5.- DEROGAR toda norma o disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PEDRO SPADARO PHILIPPS Alcalde 2054920-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJABAMBA Convocan a elecciones de Autoridades Municipales de los Centros Poblados de la provincia de Cajabamba para el periodo 2023 - 2026 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2022-MPC Cajabamba, marzo 07 de 2022CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 194 de la Carta Magna, establece que las municipalidades de los Centros Poblados son creadas conforme a ley; señalando que los Alcaldes y Regidores son elegidos por sufragio directo, por un período de cuatro (4) años y sin reelección inmediata para los alcaldes; Que, el Artículo 6 de la Ley Nº 27972, señala que la alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa; Que, el Artículo 42 de la referida Ley Nº 27972, señala que los Decretos de Alcaldía resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, la Ley Nº 31079 de 27 de noviembre de 2020, “Ley que modi fi ca la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respecto de las municipalidades de centros poblados, modi fi cada por la Ley Nº 30937 y la Ley Nº 28440, Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados”; que establece nuevos criterios para el desarrollo de las elecciones de autoridades de las municipalidades de centros poblados a nivel nacional; Que, la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 31079, indica que el mandato de los concejos municipales de las municipalidades de centros poblados en funcionamiento, queda prorrogado hasta la celebración de las siguientes elecciones; Que, el Artículo 2 de la Ley Nº 28440, “Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados”, modi fi cada por Ley Nº 31079, establece que las elecciones se realizan en fecha única, a nivel nacional, el primer domingo del mes siguiente a la fecha de elección de alcaldes provinciales y distritales. El alcalde provincial convoca a elecciones con doscientos cuarenta (240) días naturales de anticipación al acto del sufragio, comunicando el acto al Jurado Nacional de Elecciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2022-PCM, Decreto Supremo que convoca a Elecciones Regionales y Municipales para el año 2022, se convoca a elecciones de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de la República, para el día 2 de octubre del 2022; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 006-2022-MPC, se aprueba el Reglamento de Elecciones de Autoridades de las Municipalidades de los Centros Poblados de la provincia de Cajabamba” para el periodo 2023 - 2026; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del Artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- Convocatoria a Elecciones de Centro Poblado. Convóquese a elecciones de Autoridades Municipales de los Centros Poblados de la provincia de Cajabamba para el periodo 2023 – 2026. A llevarse a cabo el día 6 de noviembre de 2022. Artículo Segundo.- Órgano encargado. Encárguese a la Gerencia de Desarrollo Social y a la Subgerencia de Participación Vecinal las acciones que correspondan, con el objeto de coadyuvar al cumplimiento de la Ley Nº 28440, Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados. Artículo Tercero.- Comunicación. Comuníquese al Jurado Nacional de Elecciones y a la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- Publicación. Encárguese a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de TICE su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Cajabamba (www.municajabamba.gob.pe). Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.VÍCTOR JOSÉ MORALES SOTO Alcalde 2054836-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Aprueban Planeamiento Integral por Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación de terreno ubicado en el distrito de Chilca ORDENANZA MUNICIPAL Nº 07-2022-MPC Cañete, 17 de marzo de 2022EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 01 de marzo de 2022, Informe Nº 158-2022-FIAG-GODUR-MPC, de fecha 08 de febrero de 2022, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, Informe Legal Nº 56-2022-GAJ-MPC, de fecha 16 de febrero de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica, Dictamen Nº 002-2022-CODUYR-MPC, de fecha 24 de febrero de 2022, la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo establecido en los Artículos 74º, 194º y 195º de la Constitución Política