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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (03/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Domingo 3 de abril de 2022 El Peruano / señala que “las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano”; Que, mediante Informe Nº 162-2022-SGEII/ MDPN de fecha 17 de marzo de 2022, la Secretaría General e Imagen Institucional, opina que: “Dentro de los objetivos identificados por la presente gestión edil, están las de simplificar y optimizar todos los procedimientos administrativos, así como asegurar la correcta y eficiente administración municipal, orientado a lograr el cambio de la imagen institucional, hacia una institución moderna y articulada para cuyo efecto entre otras acciones es necesario proceder con la delegación de atribuciones, para una administración eficiente y eficaz; en ese sentido la delegación de competencias y funciones específicas, supone la existencia de circunstancias de orden técnico, económico u otros que determine celeridad en la prestación de los servicios municipales, tanto más, que como se señaló, existen normas legales de carácter nacional y local que facultan a los titulares de una entidad la posibilidad de delegar sus competencias y funciones asignadas por ley; Que, mediante Informe Nº 111-2022-GAJ/MDPN de fecha 18 de marzo de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal concluyendo que resulta viable la delegación de facultad a la Gerencia Municipal de la municipalidad distrital de Punta negra, de aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional y programático durante el ejercicio presupuestario 2022, incluido sus anexos, a propuesta de la Sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización. Para lo cual deberá emitirse la Resolución de Alcaldía que corresponda; Que, atendiendo los considerandos expuestos, y con las facultades conferidas en virtud de lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20º, el artículo 39º y el artículo 43º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DELEGAR, en el Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, la facultad de aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional y Programático durante el Ejercicio Presupuestario 2022, incluidos sus anexos, a propuesta de la Sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización hacer de conocimiento de la presente Resolución a la Contraloría General de República y a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Tercero.- DISPONER, que el Gerente Municipal, informe al despacho de Alcaldía de forma trimestral, sobre las resoluciones que aprueben las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional y Programático durante el Ejercicio Presupuestario 2022. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaría General e Imagen Institucional la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Sub Gerencia de Logística e Informática su publicación en el portal institucional de la municipalidad distrital de Punta Negra (www.munipuntanegra.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JULIA IBET TATAJE TABOADA Alcalde 2054576-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Establecen diversas medidas de naturaleza tributaria y no tributaria en el distrito de Ventanilla, a fin de mitigar el impacto económico producido por el Estado de Emergencia Sanitaria ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2022/MDV Ventanilla, 28 de marzo de 2022EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo Virtual (en atención al Decreto de Urgencia N° 026-2020, el mismo que faculta a los empleadores del sector público y privado a la realización de actividades de manera remota, es decir de manera virtual), de fecha 28 de marzo de 2022, el Memorando N° 073-2022/MDV-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N° 067-2022/MDV-GAT-SGREC de la Subgerencia de Rentas y Ejecutoria Coactiva, el Memorando N° 482-2022/MDV-GPLP de la Gerencia de Plani fi cación Local y Presupuesto, el Informe N° 468-2022/MDV-GPLP-SGP de la Subgerencia de Presupuesto, el Memorando N° 057-2022/MDV-GAJ e Informe Legal N° 120-2022/MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Proveído N° 994-2022 de la Gerencia Municipal y el Dictamen N° 07-2022/MDV-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, respecto a la aprobación de la Ordenanza Municipal que establece diversas medidas de naturaleza tributaria y no tributaria en el distrito de Ventanilla, a fi n de mitigar el impacto económico producido por el Estado de Emergencia Sanitaria, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo establecido por los numerales 8) y 9) del artículo 9° y artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, con el Dictamen favorable de la Comisión de Asuntos Legales, así como la dispensa del trámite de lectura y de aprobación del Acta, el Concejo Municipal con el VOTO POR UNANIMIDAD, emitió la siguiente norma: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE DIVERSAS MEDIDAS DE NATURALEZA TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA EN EL DISTRITO DE VENTANILLA, A FIN DE MITIGAR EL IMPACTO ECONÓMICO PRODUCIDO POR EL ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA. Artículo 1.- APROBAR la Ordenanza Municipal que establece diversas medidas de naturaleza tributaria y no tributaria en el distrito de Ventanilla, a fi n de mitigar el impacto económico producido por el Estado de Emergencia Sanitaria, la misma que consta de cinco artículos y dos disposiciones complementarias, la cual forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal, cuyo texto será publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla (www.muniventanilla.gob.pe), de acuerdo a lo establecido en el artículo 9° del D.S N° 001-2009-JUS. Artículo 2.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la difusión y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza, sea anticipando, prorrogando o levantando los efectos de la presente. Artículo 3.- ENCARGAR a todas las unidades orgánicas de la entidad, el cumplimiento de la presente