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63 NORMAS LEGALES Jueves 7 de abril de 2022 El Peruano / la ejecución de sus funciones, competencias y facultades; Que, el literal e) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del OTASS aprobado mediante el Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA y la Resolución Directoral N° 010-2019-OTASS/DE, establece que el Consejo Directivo tiene, entre otros, la función de emitir normas y disposiciones complementarias, mediante resolución, necesarias para la ejecución de las funciones, competencias y facultades del OTASS; Que, a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 000010-2021-OTASS-CD se aprueba la Directiva N° 001-2021-OTASS/CD “Directiva que establece el procedimiento para la aprobación, seguimiento, monitoreo, liquidación y evaluación de las transferencias fi nancieras que realiza el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento a favor de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal”, en adelante, Directiva de Transferencias; Que, mediante Resolución Directoral Nº 000023-2022-OTASS-DE se aprueba la Versión 02 de la Directiva N° 001-2021-OTASS-OPP “Directiva para la formulación, modi fi cación y aprobación de documentos normativos en el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS y sus unidades ejecutoras”, en adelante, Directiva de Documentos Normativos; Que, en el numeral 4.2 de la Directiva de Documentos Normativos se precisa que, “Versión: Se re fi ere al número de veces que el DN ha sido aprobado y modi fi cado. La numeración es correlativa iniciando con la versión 01; Que, de conformidad con el numeral 6.2.1 de la acotada Directiva de Documentos Normativos, el órgano proponente y los órganos involucrados competentes revisan periódicamente los documentos normativos aprobados, “con el fi n de identi fi car la mejora continua y la necesidad de su modi fi cación o de dejar sin efecto” ; Que, mediante los Informes Técnicos Nº 000001-2022-OTASS-DME y Nº 000002-2022-OTASS-DME la Dirección de Monitoreo y Evaluación en el marco de sus funciones establecidas en el ROF del OTASS y en la Directiva de Documentos Normativos, sustenta el proyecto de la Versión 02 de la Directiva de Transferencias; Que, a través de los Informes Técnicos Nº 000010-2022-OTASS-OPP y Nº 000011-2022-OTASS-OPP la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto expide informe favorable para la aprobación de la Directiva de Transferencias, en su Versión 02; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica mediante el Informe Legal N° 000103-2022-OTASS-OAJ, emite opinión legal favorable respecto a la aprobación de la Versión 02 de la Directiva de Transferencias; Que, asimismo mediante el Informe Nº 000091-2022-OTASS-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto solicita la recti fi cación del error contenido en el artículo 2 de la Resolución de Consejo Directivo N° 000010-2021-OTASS-CD, a fi n de que se recti fi que la numeración y sigla de la Directiva de Transferencias conforme a lo siguiente: “Directiva N° 002-2021-OTASS- DME Versión 01”; Que, a través del Informe N° 000112-2022-OTASS- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que de conformidad con lo establecido en el artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, corresponde efectuar la recti fi cación del artículo 2 de la Resolución de Consejo Directivo N° 000010-2021-OTASS-CD, respecto de la numeración y sigla de la Directiva de Transferencias; Que, en atención a lo solicitado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto en el Informe Nº 000091-2022-OTASS-OPP y a lo opinado por la O fi cina de Asesoría Jurídica en el Informe N° 000112-2022-OTASS-OAJ, el Consejo Directivo del OTASS mediante el numeral 1.1 del Acuerdo N° 01 de la Sesión Ordinaria N° 007-2022, de fecha 04 de abril de 2022, acuerda recti fi car el error contenido en el artículo 2 de la Resolución de Consejo Directivo N° 000010-2021-OTASS-CD, de fecha 23 de julio de 2021; Que, asimismo, estando a la propuesta de la Dirección de Monitoreo y Evaluación, el Consejo Directivo del OTASS mediante el numeral 1.2 del citado Acuerdo N° 01, acuerda dejar sin efecto la Resolución de Consejo Directivo N° 000010-2021-OTASS-CD, que aprueba la Directiva N° 002-2021-OTASS-DME Versión 01 “Directiva que establece el procedimiento para la aprobación, seguimiento, monitoreo, liquidación y evaluación de las transferencias fi nancieras que realiza el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento a favor de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal”; Que, en tal sentido, en el numeral 1.3 del citado Acuerdo N° 01, se acuerda aprobar la Directiva N° 002-2021-OTASS-DME Versión 02 “Directiva que establece el procedimiento para la aprobación, seguimiento, monitoreo, liquidación y evaluación de las transferencias fi nancieras que realiza el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento a favor de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal”; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo que formalice los acuerdos adoptados por el Consejo Directivo del OTASS; Con el visado de la Dirección Ejecutiva, la Gerencia General, la Dirección de Monitoreo y Evaluación, la Dirección de Gestión y Financiamiento, la Dirección de Integración, la Dirección de Operaciones, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina de Administración, la Unidad de Finanzas, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado con el Decreto Supremo N° 005-2020-VIVIENDA, el Texto Único Ordenado del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 019-20217-VIVIENDA, aprobado con el Decreto Supremo N° 016-2021-VIVIENDA, el literal e) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA y Resolución Directoral N° 010-2019-OTASS/DE, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, la Versión 02 de la Directiva N° 001-2021-OTASS-OPP “Directiva para la formulación, modi fi cación y aprobación de documentos normativos en el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS y sus unidades ejecutoras” aprobada con la Resolución Directoral Nº 000023-2022-OTASS-DE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Recti fi cación Recti fi car el error contenido en el artículo 2 de la Resolución de Consejo Directivo N° 000010-2021-OTASS-CD, de fecha 23 de julio de 2021, que aprueba la Directiva denominada “Directiva que establece el procedimiento para la aprobación, seguimiento, monitoreo, liquidación y evaluación de las transferencias fi nancieras que realiza el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento a favor de las Empresas Prestadoras Públicas de Accionariado Municipal”, en los términos siguientes: DICE:“Articulo 2.- Formalizar el acuerdo de la Sesión ordinaria N° 010-2021 que aprueba la Directiva N° 001-2021-OTASS/CD “Directiva que establece el Procedimiento para la aprobación, seguimiento, monitoreo, liquidación y evaluación de las transferencias fi nancieras que realiza el organismo técnico de la administración de los servicios de saneamiento a favor de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal”, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución, a partir del 06 de julio de 2021.” DEBE DECIR: “Articulo 2.- Formalizar el acuerdo de la Sesión ordinaria N° 010-2021 que aprueba la Directiva N° 002-2021-OTASS-