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48 NORMAS LEGALES Jueves 7 de abril de 2022 El Peruano / DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Carácter educativo de las actas de control del régimen excepcional para realizar el servicio de transporte de trabajadores Los transportistas que al 1 de marzo del 2022 se encontraban dentro de los alcances del régimen excepcional para realizar el servicio de transporte de trabajadores establecido en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC y que, por prestar servicios de transporte especial de personas en la modalidad de transporte de trabajadores, desde esa fecha hasta la entrada en vigencia del presente decreto supremo, se les hubiera levantado un acta de control, éstas tienen carácter educativo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de abril del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República NICOLÁS BUSTAMANTE CORONADO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2056030-10 Declaran que mediante concurso público serán otorgadas las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en las bandas y localidades de los departamentos de Cusco, Ayacucho, Ucayali y Puno RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0579-2022-MTC/28 Lima, 23 de marzo de 2022CONSIDERANDO:Que, el artículo 16 de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el numeral 40.1 del artículo 40 de su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y sus modi fi catorias, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante Concurso Público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas; Que, el artículo 41 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que con fi gurada la situación prevista en el artículo 40 del mismo cuerpo legal, se expedirá la Resolución Directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidades serán otorgadas por Concurso Público; Que, mediante Informe Nº 0785-2022-MTC/28.01, la Dirección de Servicios de Radiodifusión da cuenta que en las bandas y localidades que se detallan a continuación, el número de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias disponibles, razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión deberán otorgarse por Concurso Público; correspondiendo, además, expedir la resolución que así lo declare: MODALIDAD BANDA LOCALIDADDEPARTA- MENTOSOLICITUDES ADMITIDASFRECUENCIAS DISPONIBLES Radiodifusión sonoraFMKepashiato Cusco 3 1 San Luis Alta-Santa Filomena-San- ta Rosa BajaAyacucho 4 3 Huipoca Ucayali 4 2MODALIDAD BANDA LOCALIDADDEPARTA- MENTOSOLICITUDES ADMITIDASFRECUENCIAS DISPONIBLES Radiodifusión por televisiónVHF Samán-Taraco Puno 2 1 De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y sus modi fi catorias; el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; y, Con la opinión favorable de la Dirección de Servicios de Radiodifusión; SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en las bandas y localidades que se detallan a continuación, serán otorgadas mediante Concurso Público: MODALIDAD BANDA LOCALIDADDEPARTA- MENTO Radiodifusión sonora FMKepashiato Cusco San Luis Alta - Santa Filomena - Santa Rosa BajaAyacucho Huipoca Ucayali Radiodifusión por televisión VHF Samán-Taraco Puno Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección de Servicios de Radiodifusión para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución directoral en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (https://www.gob.pe/mtc), así como en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIGUEL ANGEL HILARIO YACSAVILCA Director General de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones 2055547-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Aprueban la Ampliación del Horizonte Temporal del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2024 del Ministerio al año 2026; quedando denominado como “Plan Estratégico Institucional 2020-2026 Ampliado del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 103-2022-VIVIENDA Lima, 6 de abril de 2022 VISTOS: La Nota N° 112-2022-VIVIENDA/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP); el Informe N° 081-2022-VIVIENDA-OGPP-OPM de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización; el Informe N° 226-2022-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,