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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (07/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 61

61 NORMAS LEGALES Jueves 7 de abril de 2022 El Peruano / la conformidad de la O fi cina General de Administración, según el documento de vistos; Que, a través del Memorando de Vistos, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable sobre la propuesta del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Autoridad Nacional del Agua - ANA, señalando que se encuentra elaborado conforme la metodología y los parámetros técnicos contenidos en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE; para tal efecto adjunta el Informe N° 0016-2022-ANA-OPP-UPM de la Unidad de Planeamiento y Modernización; otorgándole viabilidad legal la O fi cina de Asesoría Jurídica mediante el Informe Legal de Vistos; Con los vistos de la Unidad de Recursos Humanos, de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y conforme a las atribuciones conferidas en el artículo 14º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 18-2017-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Objeto Aprobar el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Autoridad Nacional del Agua - ANA, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Dejar sin efecto disposiciones internas Dejar sin efecto cualquier disposición interna que se oponga a lo estipulado en el Manual de Clasi fi cador de Cargos aprobado en el artículo precedente de la presente resolución. Artículo 3°.- Difusión Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como la publicación de la resolución y su Anexo en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Agua (www.gob.pe/ana), en la misma fecha de publicación en el Diario O fi cial El Peruano; además de su publicación en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal de Transparencia (www.transparencia.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese,ROBERTO PUYÓ VALLADARES Gerente GeneralAutoridad Nacional del Agua 2055889-1 AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL Aprueban el Plan de Desarrollo de las Personas de la Autoridad Portuaria Nacional del año 2022 RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 0023-2022-APN-DIR Callao, 24 de marzo de 2022VISTOS:El Informe Nº 0014-2022-APN-OGA del 11 de marzo de 2022 de la O fi cina General de Administración (OGA), y el Informe Legal Nº 0083-2022-APN-UAJ del 17 de marzo de 2022 de la Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ); CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27943, Ley de Sistema Portuario Nacional, fue creada la Autoridad Portuaria Nacional (APN), como un Organismo Público Descentralizado (ahora Organismo Técnico Especializado, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, así como en el Decreto Supremo Nº 058- 2011-PCM); adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio, y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones; Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aplicable a los regímenes laborales regulados por el Decreto Legislativo Nº 728, Decreto Legislativo Nº 276 y el Decreto Legislativo Nº 1057, establece que la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), formula la política nacional y ejerce la rectoría del Sistema de Gestión de Recursos Humanos, asimismo, precisa que las O fi cinas de Recursos Humanos de cada Entidad o la que haga sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de implementar las normas, principios, métodos, procedimientos y técnicas del sistema; Que, el artículo 10 de la Ley del Servicio Civil precisa que la fi nalidad de la capacitación es mejorar el desempeño de los servidores civiles para brindar servicios de calidad a los ciudadanos, en cumplimiento de los objetivos institucionales; Que, el artículo 18 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la APN, aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC, establece que el órgano encargado de la Gestión de los Recursos Humanos en la APN es la OGA, siendo el órgano que hace las veces de Ofi cina de Recursos Humanos (RRHH); Que, el Decreto Legislativo Nº 1025 aprobó las normas de capacitación y rendimiento para el sector público, cuya fi nalidad es la de regular la función de capacitación y evaluación de las personas al servicio del Estado, correspondiéndole a SERVIR plani fi car, desarrollar, gestionar y evaluar la política de capacitación para el sector público; asimismo, los artículos 3 y 4 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2010-PCM, disponen que las entidades públicas deben aprobar su Plan de Desarrollo de las Personas (PDP), correspondiendo al SERVIR de fi nir los contenidos mínimos del mencionado Plan; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 141-2016-SERVIR-PE, SERVIR se aprobó la Directiva “Normas para la Gestión del Proceso de Capacitación en las Entidades Públicas”, que regula el ciclo del proceso de capacitación que comprende tres etapas: la Plani fi cación, Ejecución y Evaluación. Dicha Directiva establece que la Etapa de Plani fi cación comprende la conformación del Comité de Plani fi cación de Capacitación, sensibilización sobre la importancia de la capacitación, el Diagnóstico de Necesidades de Capacitación y la elaboración del PDP, a cargo de la O fi cina de Recursos Humanos o la que haga sus veces, validado por el Comité de Plani fi cación, Plan que luego debe ser aprobado por el Titular de la Entidad; Que, mediante los informes de Vistos, la OGA y la UAJ emiten opinión favorable respecto a la aprobación del PDP de la APN para el Año 2022, puesto que el mismo cumple con todos los requisitos, formalidades y condiciones establecidas en la Directiva a que se refi ere el considerando anterior, habiéndose determinado que el PDP de la APN para el año 2022 cuenta con un presupuesto administrado por la OGA, ascendente al monto de S/ 100,000.00 (Cien mil con 00/100 Soles); Que, mediante Acuerdo adoptado en la Sesión Nº 589 del 22 de marzo de 2022, el Directorio aprobó el PDP de la APN para el Año 2022, facultando a su Presidente a emitir la resolución correspondiente; De conformidad con el ROF de la APN, aprobado por Decreto Supremo Nº 034- 2004-MTC y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 141-2016-SERVIR-PE, que aprobó la Directiva “Normas para la Gestión del Proceso de Capacitación en las Entidades Públicas”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan de Desarrollo de las Personas de la Autoridad Portuaria Nacional del año 2022, que incluye su Anexo “Matriz PDP-APN 2022”, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la ejecución del Plan de Desarrollo de las Personas aprobado por el Artículo 1 de