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47 NORMAS LEGALES Martes 12 de abril de 2022 El Peruano / especialidad penal, hasta que la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial adecue y reformule sus procedimientos y protocolos, según la casuística detallada en el Informe N° 000029-2020- NORST-UETI-CPP-PJ de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. Asimismo, en el artículo segundo ordenó que las funciones desplegadas por la Mesa de Partes Electrónica para la especialidad penal serán asumidas íntegramente por el Sistema de Mesa de Partes Virtual Penal, aprobado mediante la Resolución Administrativa N° 000145-2020-CE-PJ, hasta que la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial realice las adecuaciones pertinentes; cuyo despliegue fi nal deberá contar con la validación de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. Tercero. Que, de acuerdo al análisis realizado se advierte que el software de “Mesa de Partes Virtual Penal” se encuentra implementado en los servidores adquiridos por la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, cuya capacidad física operativa permite la administración y gestión de aplicativos que trabajan con grandes volúmenes de información; en ese sentido, la naturaleza transitoria y célere con la que se desarrolló el mencionado sistema informático alcanzó los fi nes por el que fue creado, es decir, brindar urgente atención virtual a las mesas de partes de la especialidad penal debido a las restricciones repentinas dispuestas por el gobierno central, a efecto de la propagación del COVID-19. Por tal motivo, y considerando que aproximadamente a casi un año y cuatro meses desde que el máximo órgano de gobierno del Poder Judicial dispuso que la Gerencia de Informática realice las adecuaciones y reformulaciones de sus procedimientos y protocolos, a la Mesa de Partes Electrónica acorde a la especialidad penal, es imprescindible transferir el aplicativo de “Mesa de Partes Virtual Penal” a la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, por ser la o fi cina competente con la capacidad operativa y procedimientos necesarios para la gestión de los aplicativos informáticos en este poder del Estado. Cuarto. Que, la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal es un órgano del apoyo del Consejo Ejecutivo que tiene entre sus funciones, emitir opinión respecto a las propuestas de creación, prórroga, conversión y/o reubicación de órganos jurisdiccionales bajo el nuevo Código Procesal Penal; así como de las propuestas efectuadas por la Comisión Nacional de Productividad Judicial, respecto a los liquidadores del antiguo modelo. Quinto. Que, por lo expuesto en el Informe N° 000057-2022-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, emitido por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Secretaria Técnica de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, resulta necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Sexto. Que, el artículo 82°, incisos 24), 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dispone como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modi fi car sus ámbitos de competencia territorial; así como, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 355-2022 de la décima cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 30 de marzo de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención de los señores Arias Lazarte y Álvarez Trujillo, por asistir a una reunión programada con anterioridad y encontrarse de licencia, respectivamente; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la implementación inmediata a nivel nacional de la Mesa de Partes Electrónica para la especialidad penal, desarrollada por la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial; con las adecuaciones y reformulaciones de los procedimientos y protocolos aprobados mediante Resolución Administrativa N° 000351-2020-CE-PJ. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el uso de la Mesa de Partes Virtual Penal de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, debido al cumplimiento satisfactorio de su objetivo en la atención virtual al usuario de la especialidad penal, y en concordancia con el artículo primero de la presente resolución. Artículo Tercero.- Disponer a la Gerencia de Informática y la Gerencia General del Poder Judicial, en tanto sea de su competencia, tomen las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Ministerio Público, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2057219-6 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Dejan sin efecto la Resolución Administrativa Nº 000041-2021-CSNJPE, en el extremo que dispuso que la asignación de los asistentes judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria Nacional se realizaría bajo el principio del módulo corporativo; y dictan otras disposiciones CORTE SUPERIOR NACIONAL DE JUSTICIA PENAL ESPECIALIZADA Presidencia de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000178-2022-P-CSNJPE-PJ Lima, 8 de abril del 2022ANTECEDENTES : I. El magistrado Coordinador de los Juzgados de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada -en adelante CSN- a través del Informe Nº 01-2022-JCJN de fecha 07 de febrero de 2022 señala que es necesario reestructurar el Pool de asistentes de los Juzgados de Investigación Preparatoria Nacional -en adelante JIPN-, debido a que: a) la asignación de asistentes por especialista sería de gran utilidad para el correcto desempeño de los órganos jurisdiccionales, pues se podría hacer seguimiento de la tramitación e identi fi car al responsable de cada expediente, b) ayudaría a agilizar la carga procesal y llevar de manera