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10 NORMAS LEGALES Jueves 14 de abril de 2022 El Peruano / Que conforme a lo dispuesto en el artículo 65 del ROF, la Dirección General de Museos es el órgano de línea que tiene a su cargo la formulación de políticas y normas en, materia de museos; así como la gestión de museos y la protección, conservación, difusión de los bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, además, la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles de la Dirección General de Museos, tiene entre sus funciones evaluar y emitir opinión técnica sobre las solicitudes de registro de bienes culturales muebles, conforme a lo establecido en el numeral 70.1 del artículo 70 del ROF; Que, mediante Informe N° 000078-2022-DGM /MC la Dirección General de Museos remite los Informes N° 000084-2022-DRBM/MC y N° 000061-2021-DRBM-MHS/MC de la Dirección de Gestión Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles, a través de los cuales se emitió opinión técnica favorable para la declaratoria de quince bienes muebles de propiedad del Obispado de Huaraz como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, además, en el Informe N° 000078-2022-DGM/ MC, da cuenta de las coordinaciones realizadas con el representante del Obispado de Huaraz respecto al inicio del procedimiento para la declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación de los quince bienes culturales muebles antes citados; emitiendo esta última el Protocolo Carta 07/2022/OHz de fecha 14 de marzo de 2022, en el que brinda su conformidad con el procedimiento de declaratoria de los bienes culturales; Que, los bienes culturales muebles ubicados en el Obispado de Huaraz, presentan valor, importancia histórica y estética y signi fi cado social dentro del patrimonio mueble peruano; por un lado, en cuanto a su valor e importancia, nos permite identi fi car la autenticidad de los diseños, temática, materiales y técnicas empleados en cada uno de los bienes culturales muebles contextualizados entre los siglos XVIII al XX y las convencionalidades estilísticas que permiten ubicarlas en un contexto propio del barroco latinoamericano, neoclásico y contemporáneo, asimismo, la diversidad de procedencias de los bienes muebles contextualizados en el siglo XVIII dentro de la región de Ancash, permiten enriquecer la visión panorámica de las variantes locales del barroco andino; y, de otro lado, en cuanto a su signi fi cado social, da cuenta de la integración de los bienes en el imaginario colectivo, como símbolos o íconos de fe; Que, en ese sentido y habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes, resulta procedente la declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de los quince bienes culturales muebles de propiedad del Obispado de Huaraz, advirtiéndose que los informes técnicos emitidos constituyen parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; la Ley N°29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE:Artículo Único.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación quince bienes muebles histórico-artísticos, de propiedad del Obispado de Huaraz, que se describen en el anexo, que forma parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCILDA NUNTA GUIMARAES Viceministra de Patrimonio Cultural eIndustrias Culturales 2057476-1DEFENSA Autorizan viaje de personal militar a los EE.UU., en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0250-2022-DE Lima, 13 de abril de 2022 VISTOS: El O fi cio Nº 057-SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el O fi cio N° 00767-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00454-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante O fi cio Nº 0330/MAAG/ARSEC-ENT, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, hace de conocimiento al Comandante General del Ejército del Perú sobre la disponibilidad de Cursos de Capacitación, en diferentes Escuelas Militares de los Estados Unidos de América, entre los cuales se encuentra el Curso de Alto Mando, a desarrollarse en el US Army War College, con sede en Carlisle, Estado de Pennsylvania, Estados Unidos de América, del 15 de abril de 2022 al 9 de junio de 2023, dirigido a O fi ciales del grado de Coronel y/o Teniente Coronel; asimismo, el O fi cial superior propuesto debe tener un nivel de comprensión del idioma inglés (ECL) del 80% como mínimo; Que, a través del O fi cio Nº 0058/MAAG/ARSEC, el Jefe Acc. del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, comunica al Director de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú los resultados de la evaluación de inglés de los O fi ciales nominados para participar en el citado curso, habiendo alcanzado la máxima cali fi cación el Teniente Coronel EP Richard Joel VILLANUEVA APUELA; Que, con Hoja de Recomendación Nº 017/U-4. b.3/05.00, elaborada por el Comando de Educación y Doctrina del Ejército del Perú y aprobada por la Comandancia General del Ejército del Perú, se establece la designación del Teniente Coronel EP Richard Joel VILLANUEVA APUELA (titular) y del Coronel EP David Esteban DIAZ JANAMPA (suplente), para participar en el Curso de Alto Mando, a realizarse en la Escuela de Guerra de los Estados Unidos de América (US Army War College), con sede en la ciudad de Carlisle, Estado de Pennsylvania, Estados Unidos de América, del 15 de abril de 2022 al 9 de junio de 2023; Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe de Educación del Ejército del Perú, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente Coronel EP Richard Joel VILLANUEVA APUELA (titular), o en su defecto, el Coronel EP David Esteban DIAZ JANAMPA (suplente), para que participe como alumno en el Curso de Alto Mando, a realizarse en la Escuela de Guerra de los Estados Unidos de América (US Army War College), con sede en la ciudad de Carlisle, Estado de Pennsylvania, Estados Unidos de América, por cuanto, permitirá acceder a nuevos conocimientos y experiencias que contribuirán a elevar el nivel profesional el O fi cial que participa, a fi n que posteriormente dichos conocimientos adquiridos sean vertidos en provecho de la Institución Armada; Que, asimismo, el referido documento indica que el Gobierno de los Estados Unidos cubrirá los gastos de transporte aéreo de ida y vuelta, costo del curso, alojamiento, alimentación y T.U.U.A., para el O fi cial Superior designado, a excepción del transporte interno, de acuerdo al O fi cio Nº 0330/MAAG/ARSEC-ENT del Jefe