TEXTO PAGINA: 34
34 NORMAS LEGALES Jueves 21 de abril de 2022 El Peruano / Artículo 2.- Recepción y sistematización de comentarios Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto de Resolución Directoral que aprueba la “Directiva que establece Lineamientos para determinar la insufi ciencia de oferta del servicio de transporte regular de personas en vehículos M3”, a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Directoral, deben ser remitidas a la sede principal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con atención a la Dirección de Seguridad Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, ubicada en Jr. Zorritos N° 1203 – Cercado de Lima, o a la dirección electrónica normasdpntra@mtc.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.LENIN ABRAHAM CHECCO CHAUCA Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal 2059703-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Designan Director Titular y Director Suplente, para un nuevo periodo, ante el Directorio de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal Mantaro S.A. RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 018- 2022-VIVIENDA/VMCS Lima, 20 de abril de 2022 VISTOS:Los O fi cios N° 251-2021-EPSMMSA/GG y N° 003-2022-EPSMMSA/GG de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal Mantaro S.A.; el Informe N° 090-2022-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; el Informe N° 196-2022-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento; y, CONSIDERANDO:Que, el párrafo 15.1 del artículo 15 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2020-VIVIENDA (en adelante, TUO de la Ley Marco), dispone que son prestadores de los servicios de saneamiento, entre otras, las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, que pueden ser públicas de accionariado estatal, públicas de accionariado municipal, privadas o mixtas; Que, el artículo 51 del TUO de la Ley Marco establece que el Directorio de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal es responsable de la gestión y administración de la prestación de los servicios de saneamiento; Que, el párrafo 52.1 del artículo 52 del TUO de la Ley Marco dispone que el Directorio de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal está compuesto por un (1) director, titular y suplente, propuesto por las municipalidades accionistas, a través de Acuerdo de Concejo Municipal; un (1) director, titular y suplente, propuesto por el Gobierno Regional a través del Acuerdo de Consejo Regional; y, un (1) director, titular y suplente, propuesto por la Sociedad Civil, esto es por los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, según sus estatutos o normas pertinentes;Que, los párrafos 53.2 y 53.5 del artículo 53 del TUO de la Ley Marco disponen que la designación del director, titular y suplente, propuesto por el Gobierno Regional es efectuada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (en adelante, MVCS) a través de Resolución del Viceministerio de Construcción y Saneamiento, y dicha resolución tiene mérito sufi ciente para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la o fi cina registral correspondiente; Que, el Texto Único Ordenado del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280, aprobado por el Decreto Supremo N° 016-2021-VIVIENDA (en adelante, TUO del Reglamento), dispone en su artículo 66 que el periodo del Directorio de la empresa prestadora pública de accionariado municipal es de tres (3) años, computados desde la elección o designación del primer miembro del Directorio; debiéndose renovar totalmente este órgano colegiado al término de dicho periodo, incluyendo a aquellos directores que fueron elegidos o designados para completar periodos; precisándose que el Directorio que concluyó su periodo continuará en funciones hasta la conformación del nuevo Directorio, en concordancia con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Ministerial N° 221-2021-VIVIENDA, que aprueba las “Disposiciones y plazos para la elección, designación, conclusión y vacancia de directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal”; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 331-2018-VIVIENDA, se designa al señor Víctor Bullón García como Director Titular y al señor Jorge Luis Olivera Ramírez como Director Suplente, ambos propuestos por el Gobierno Regional de Junín, en el Directorio de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal Mantaro S.A.; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 66 del TUO del Reglamento, resulta pertinente dar por concluidas las designaciones efectuadas por la Resolución Ministerial N° 331-2018-VIVIENDA para renovar el Directorio de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal Mantaro S.A.; Que, conforme a los documentos de vistos, la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento ha veri fi cado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normatividad vigente respecto de cuatro (4) candidatos propuestos por el Gobierno Regional de Junín, señalando que los mismos resultan aptos; y, en razón al puntaje obtenido, que corresponde designar al señor Juan Clímaco Ospino Nuñez en el cargo de Director Titular, y al señor Wilder Sergio Hilario Aquino en el cargo de Director Suplente, para un nuevo periodo en el Directorio de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal Mantaro S.A.; Que, en ese sentido, corresponde designar al señor Juan Clímaco Ospino Nuñez en el cargo de Director Titular, y al señor Wilder Sergio Hilario Aquino en el cargo de Director Suplente, ante el Directorio de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal Mantaro S.A; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2020-VIVIENDA; el Texto Único Ordenado del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280, aprobado por el Decreto Supremo N° 016-2021-VIVIENDA; y, la Resolución Ministerial N° 221-2021-VIVIENDA, que aprueba las “Disposiciones y plazos para la elección, designación, conclusión y vacancia de directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Conclusión de designación de Director Titular y Suplente Dar por concluida las designaciones del señor Víctor Bullón García en el cargo de Director Titular, y del señor