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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (07/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Domingo 7 de agosto de 2022 El Peruano / articulación institucional y la especialización del personal de sus servicios de atención, por lo cual resulta necesario actualizar el “Protocolo Intrasectorial para la Atención a Víctimas de Trata de Personas en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 203-2014-MIMP, debido que en los últimos años se han realizado modi fi caciones importantes en lo que respecta a la legislación nacional, a las políticas públicas e instrumentos orientadores en materia de trata de personas, lo que hace necesario la aprobación de un nuevo protocolo dentro del ámbito de competencia del MIMP, que permitirá la implementación, entre otros aspectos, de los servicios especí fi cos indicados en la Política Nacional frente a la Trata de Personas y sus formas de explotación al 2030; asimismo, señalan que el referido Protocolo cuenta con las conformidades de los Programas Nacionales y de los Órganos del MIMP involucrados en su cumplimiento; Que, mediante el Memorándum Nº D000499-2022- MIMP-OGPP la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo y remite los Informes Nº D000124-2022-MIMP-OP y Nº D000107-2022-MIMP-OMI de la O fi cina de Planeamiento y de la O fi cina de Modernización Institucional, respectivamente; en los cuales emite opinión favorable para la aprobación del “Protocolo Intrasectorial de Prevención, Detección, Atención y Reintegración de las Personas Afectadas por el Delito de Trata de Personas”; asimismo, mediante los documentos de vistos, el Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables y el Despacho Viceministerial del Mujer, emiten su conformidad al citado Protocolo; Que, a través del Informe Nº D000161-2022-MIMP- OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco de la normativa indicada, considerando lo sustentado por la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y con las conformidades del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables y del Despacho Viceministerial de la Mujer, de los Programas Nacionales y de los Órganos involucrados en el cumplimiento del “Protocolo Intrasectorial de Prevención, Detección, Atención y Reintegración de las Personas Afectadas por el Delito de Trata de Personas”; estima legalmente procedente la emisión de la presente Resolución; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Secretaría General, de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; en el Decreto Supremo Nº 005-2016-IN, que aprueba el “Protocolo Intersectorial para la Prevención y Persecución del Delito y la Protección, Atención y Reintegración de Víctimas de Trata de Personas”; en el Decreto Supremo Nº 009-2021-IN, que aprueba la Política Nacional frente a la Trata de Personas y sus formas de explotación al 2030; en el Decreto Supremo Nº 008-2021-MIMP, que aprueba la Política Nacional Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes - PNMNNA al 2030; en el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial Nº 208-2021-MIMP; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el “Protocolo Intrasectorial de Prevención, Detección, Atención y Reintegración de las Personas Afectadas por el Delito de Trata de Personas”, que en anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 203-2014-MIMP que aprueba el “Protocolo Intrasectorial para la Atención a Víctimas de Trata de Personas en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP”. Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución Ministerial y su anexo sean publicados en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA MILOSLAVICH TUPAC Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2093183-1 Otorgan la Condecoración Excepcional “Orden al Mérito de la Mujer” a 14 ciudadanas en mérito a su contribución para el acceso a la justicia y la defensa de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres afectadas por las esterilizaciones forzadas entre los años 1996 y 2000 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 175-2022-MIMP Lima, 5 de agosto de 2022 VISTO; el Proveído N° D0004674-2022-MIMP-DVMM del Despacho Viceministerial de la Mujer, el Informe N° D000127-2022-MIMP-DPPDM de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de las Mujeres, la Nota N° D000526 -2022-MIMP-DGIGND de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación y la Nota N° D000 225-2022-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 1098, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, la cual señala que es un organismo del Poder Ejecutivo rector en las políticas nacionales y sectoriales sobre mujer y promoción y protección de las poblaciones vulnerables, con personería jurídica de derecho público que constituye un pliego presupuestal, encargado, entre otros, de establecer, promover, ejecutar y supervisar políticas públicas a favor de las mujeres; Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2003-MIMDES se crea la Condecoración “Orden al Mérito de la Mujer”, disponiéndose que la misma sea entregada por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, hoy Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, como símbolo del reconocimiento a aquellas mujeres que destaquen socialmente en su compromiso con la defensa y promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres a nivel nacional; Que, mediante Resolución Ministerial N° 498-2009-MIMDES, se aprueba el Reglamento para el Otorgamiento de Condecoraciones en el Sector Mujer y Desarrollo Social, hoy Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables; en el cual se establece en la Segunda Disposición Complementaria Final que el/la Titular del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, puede otorgar condecoración excepcional, previa conformidad del/de la Viceministro/a del Sector en cuya competencia se otorga la distinción; siendo que en el presente caso se cuenta con la conformidad del Viceministerio de la Mujer; Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2015-JUS, se declaró de interés nacional la atención prioritaria de las acciones de promoción del acceso a la justicia, a través de los servicios de asistencia legal gratuita, acompañamiento psicológico y atención de salud integral a las víctimas de esterilizaciones forzadas, producidas durante el periodo 1995-2001; y se creó el Registro de Víctimas de Esterilizaciones Forzadas producidas en el período 1995- 2001 – REVIESFO; Que, en el marco de esta problemática, mujeres afectadas por las esterilizaciones forzadas, desde hace 25 años, han logrado organizarse y asociarse para ser