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29 NORMAS LEGALES Domingo 7 de agosto de 2022 El Peruano / VISTOS: El Expediente Nº 2021021125, así como el Informe Nº 934-2022-SMV/10.2 del 26 de julio de 2022, emitido por la Intendencia General de Supervisión de Entidades, con el proveído favorable del Superintendente Adjunto de Supervisión Prudencial; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Superintendente Nº 093-2017-SMV/02 del 27 de septiembre de 2017, se otorgó autorización de funcionamiento a MGi Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A., para actuar como sociedad administradora de fondos de inversión; Que, MGi Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV autorización de funcionamiento para actuar, adicionalmente, como una sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores; Que, el artículo 33 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución Conasev Nº 068-2010-EF/94.01.1 y sus modi fi catorias, así como el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 023-2015-SMV/02, señalan los requisitos mínimos que deben cumplirse para que una sociedad administradora de fondos de inversión pueda obtener la autorización de funcionamiento como una sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores; Que, a efectos de veri fi car que MGi Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. cuenta con la infraestructura física, capacidad tecnológica y recursos humanos necesarios para su funcionamiento, la SMV, a través de la Intendencia General de Supervisión de Entidades y con participación de representantes de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, realizó una verifi cación no presencial, a través de una plataforma virtual, a las instalaciones de la referida sociedad; Que, de la evaluación de la documentación presentada por MGi Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. y de la veri fi cación no presencial antes mencionada, se determinó que dicha sociedad cumple con los requisitos previstos para la obtención de la autorización de funcionamiento como sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores, tal como se desarrolla en el Informe Nº 934- 2022-SMV/10.2 del 26 de julio de 2022; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 3, numeral 1, del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 y sus modi fi catorias, y por el artículo 12 numeral 1, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF y sus modi fi catorias; RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el funcionamiento de MGi Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A., como sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores, la que en adelante se denominará MGi Sociedad Administradora de Fondos Sociedad Anónima, la misma que podrá utilizar la denominación abreviada MGi SAF S.A. Artículo 2º.- Disponer la inscripción de MGi Sociedad Administradora de Fondos S.A., en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- MGi Sociedad Administradora de Fondos S.A. deberá acreditar ante la Superintendencia del Mercado de Valores que ha realizado la inscripción de la modi fi cación de su objeto social y denominación social, en los Registros Públicos, en el plazo establecido en el artículo 35 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras. Artículo 4º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal de la Superintendencia del Mercado de Valores (https:// www.smv.gob.pe). Artículo 5º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 6º.- Transcribir la presente resolución a MGi Sociedad Administradora de Fondos S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ MANUEL PESCHIERA REBAGLIATI Superintendente del Mercado de Valores 2092697-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Reconforman la Comisión de Planificación de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada CORTE SUPERIOR NACIONAL DE JUSTICIA PENAL ESPECIALIZADA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR NACIONAL DE JUSTICIA PENAL ESPECIALIZADA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000372-2022-P-CSNJPE-PJ Lima, 3 de agosto del 2022ANTECEDENTE:Mediante Resolución Administrativa N.° 000014-2022-P-CSNJPE-PJ, de fecha 07 de enero de 2022, esta Presidencia conformó la Comisión de Plani fi cación de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada –en adelante CSN-, comisión encargada de formular, ejecutar, hacer seguimiento y evaluación al Plan Operativo Institucional -POI- de esta CSN. FUNDAMENTOS:1. Base Normativa: la Resolución Administrativa N.° 000123-2020-P-PJ, de fecha 28 de mayo de 2020, la Presidencia del Poder Judicial aprobó el documento “Lineamientos para la Formulación y Aprobación del Plan Operativo Multianual 2021-2023 y su Seguimiento y Evaluación Anual en el Ejercicio 2021”, que en su apartado V.A.2. establece la estructura organizacional de la Comisión de Plani fi cación para las Cortes Superiores de Justicia que no son unidades ejecutoras, señalando: - Presidente(a) de la Corte Superior de Justicia. - Gerente/Jefe de Administración Distrital. - Encargado(a) del Plan Operativo, quien ejerce como secretario técnico de la Comisión. - Encargado(a) de la O fi cina de Personal. - Encargado(a) de la O fi cina de Logística. - Magistrado(s) designados por la Sala Plena o Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte. 2. Sobre reconformación de la Comisión de Plani fi cación de la CSN: en mérito a lo expuesto en el párrafo precedente, esta Presidencia a través de la Resolución Administrativa N.° 000014-2022-P-CSNJPE-PJ de fecha 07 de enero de 2022, conformó la Comisión de Plani fi cación de la CSN, no obstante, mediante Resolución Administrativa N.° 000193-2022-CE-PJ de fecha 21 de mayo de 2022, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aceptó la renuncia presentada por el magistrado Walter Salvador Gálvez Condori a su designación como integrante de la Segunda Sala Penal