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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (08/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Lunes 8 de agosto de 2022 El Peruano / de administración se solicita aprobación de subvención económica internacional , para los estudiantes ganadores del proyecto antes detallado, desde el 25 setiembre al 01 de octubre del 2022, para visita técnica a laboratorios de la Universidad Bernardo O’Higgins (Chile), con el fi n de fortalecer capacidades , a fi anzar conocimientos teóricos, técnicos y tener una visión más clara de la idea de negocio a desarrollar. Que, en Sesión Ordinaria Virtual de Comisión Organizadora Número Siete (17), de fecha 11 de julio de 2022, aprueban autorizar la subvención económica internacional para los tres miembros del equipo del Proyecto “Paneles voltaicos ecológicos desarrollados de materiales reciclables (polietileno tereftalato y vidrio) y generación de energía eléctrica a partir de fuente microbiana”. Desde el 25 de setiembre al 01 de octubre del 2022, para visita técnica a laboratorios de la universidad Bernardo O’Higgins (Chile). Que, de conformidad con el Artículo 59º de la Ley Universitaria Nº 30220 y el Artículo 21º del Estatuto de la Universidad Nacional Autónoma de Chota. SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR, la subvención económica internacional para los tres miembros del equipo del Proyecto “Paneles voltaicos ecológicos desarrollados de materiales reciclables (polietileno tereftalato y vidrio) y generación de energía eléctrica a partir de fuente microbiana”, a fi n de realizar una visita técnica a los laboratorios de la universidad Bernardo O’Higgins (Chile), desde el 25 de setiembre al 01 de octubre del 2022, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de acuerdo al siguiente detalle: NOMBRE Y APELLIDOSNº DNI Cod. Est.Nº DE DIAS DE VIAJEPRESUPUESTO S/. Jonatan Eliezer Cabrera Chero73429938 2019052004 5 3,300 Lesly Saraí Ticlla García72350509 2018032036 5 3,300 Segura Campos Cristian73755357 2019052031 5 3,300 TOTAL 9,900 Artículo Segundo.- DISPONER que los designados rindan cuentas documentada dentro de los quince (15) días calendario de fi nalizado el viaje, Asimismo, a su retorno presentaran un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional la Publicación del presente cuerpo normativo en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal Institucional de la Entidad (https://portal.unach.edu.pe/) conforme a ley. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Dirección General de Administración disponer las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Quinto.- NOTIFICAR, la presente Resolución a las instancias correspondientes de la UNACH y a los interesados de acuerdo a ley. Artículo Sexto.- DEJAR SIN EFECTO, todo acto administrativo que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. SEBASTIÁN BUSTAMANTE EDQUÉN Presidente ARNULFO BUSTAMANTE MEJÍA Secretario General - UNACH 2093146-1JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Revocan Resolución Nº 00498-2022-JEE- PUNO/JNE, en el extremo que declaró improcedente solicitud de inscripción de candidatos a alcalde y regidores para el Concejo Distrital de Conduriri, provincia de El Collao, departamento de Puno RESOLUCIÓN Nº 2164-2022-JNE Expediente Nº ERM.2022024128 CONDURIRI - EL COLLAO - PUNOJEE PUNO (ERM.20220012188)ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022APELACIÓN Lima, uno de agosto de dos mil veintidós VISTO: en audiencia pública virtual del 28 de julio de 2022 y votado en la fecha, el recurso de apelación presentado por don Ricardo Tacuri Tacuri, personero legal titular de la organización política Moral y Desarrollo (en adelante, señor recurrente), en contra de la Resolución Nº 00498-2022-JEE-PUNO/JNE, emitida por el Jurado Electoral Especial de Puno (en adelante, JEE), que declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para la Municipalidad Distrital de Conduriri, provincia de El Collao, departamento de Puno, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022). Oído: el informe oral. PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. El 16 de junio de 2022, el señor recurrente presentó ante el JEE la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para la Municipalidad Distrital de Conduriri, a través del sistema de Mesa de Partes Virtual (MPV) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), con la fi nalidad de participar en las ERM 2022. 1.2. Mediante las Resoluciones Nº 00198-2022-JEE- PUNO/JNE y Nº 001395-2022-JEE-PUNO/JNE, del 20 y 26 de junio de 2022, respectivamente, el JEE declaró inadmisible la solicitud de inscripción de la referida solicitud de inscripción de candidatos, advirtiendo, entre otras observaciones, que la lista de candidatos elegidos en las elecciones internas, conforme al acta interna de la organización política, di fi ere de los candidatos contenidos en la solicitud de inscripción, por lo que se requiere que se acrediten los motivos de los reemplazos. 1.3. El 27 de junio y 9 de julio de 2022, el señor recurrente presentó sus descargos, argumentando, entre otros actos, que se hizo los cambios de los candidatos a regidores N. os 1, 2 y 3, por ausencia de los candidatos titulares, y precisa que los candidatos reemplazantes han sido elegidos en elecciones internas. Adjuntó, entre otros, los siguientes documentos: a) El documento denominado el “ACTA DE ACLARATORIA” del 14 de junio de 2022. b) El documento denominado el “ACTA DE CONSTATACIÓN” del 12 de junio de 2022. 1.4. A través de la Resolución Nº 00498-2022-JEE- PUNO/JNE, del 29 de junio de 2022 –publicada el 16 de julio de 2022–, el JEE declaró, improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos. La decisión se fundamentó, en que no se respetó los resultados de la elección interna y que el acta aclaratoria suscrita por la lista de candidatos y el acta de constatación