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13 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de agosto de 2022 El Peruano / Norma Incumplida Tipi fi cación Conducta Cali fi cación Artículo 13 y numeral 5 del Anexo N° 9 del Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones (en adelante, Reglamento de Calidad) 1Ítem 10 del Anexo N° 15 del Reglamento de CalidadNo cumplir con los Compromisos de Mejora relacionados al indicador Calidad de Cobertura de Servicio (en adelante, CCS) en dos (2) centros poblados urbanos (en adelante, CCPPUU), correspondiente al periodo de evaluación 2019-1S. GraveNo cumplir con los Compromisos de Mejora relacionados al indicador CCS en siete (7) CCPPUU, correspondiente al periodo de evaluación 2019-2S. Artículo 13 y numeral 5 del Anexo N° 10 del Reglamento de CalidadÍtem 11 del Anexo N° 15 del Reglamento de CalidadNo cumplir con los Compromisos de Mejora relacionados al indicador Calidad de Voz (en adelante, CV) en diecisiete (17) CCPPUU, correspondiente al periodo de evaluación 2019-1S. No cumplir con los Compromisos de Mejora relacionados al indicador CV en seis (6) CCPPUU, correspondiente al periodo de evaluación 2019-2S. 1.2. El 23 de julio de 2021, AMÉRICA MÓVIL presentó sus descargos. 1.3. A través de la Resolución N° 065-2022-GG/OSIPTEL, noti fi cada el 4 de marzo de 2022, la Primera Instancia determinó la responsabilidad administrativa de AMÉRICA MÓVIL; y, en consecuencia, la sancionó conforme al siguiente detalle: Norma Incumplida Tipi fi cación Conducta Centro Poblado Urbano Sanción Artículo 13 y numeral 5 del Anexo N° 9 del Reglamento de CalidadÍtem 10 del Anexo N°15 del Reglamento de CalidadNo cumplió con los Compromisos de Mejora relacionado al indicador CCS de dos (2) CCPPUU, en el segundo semestre del 2020, derivados del periodo de evaluación correspondiente al 2019-1S.La Jalca y San MartínDos (2) multas de 51 UIT No cumplió con los Compromisos de Mejora relacionado al indicador CCS de siete (7) CCPPUU, en el segundo semestre del 2020, derivados del periodo de evaluación correspondiente al 2019-2S.Pucucho (2G), San Felipe de Vichayal, Camporredondo, Nuevo Progreso, Pucucho (3G), Tamarindo. Seis (6) multas de 51 UIT Quivilla 76,72 UIT Artículo 13 y numeral 5 del Anexo N° 10 del Reglamento de CalidadÍtem 11 del Anexo N° 15 del Reglamento de CalidadNo cumplió con los Compromisos de Mejora relacionado al indicador CV de diecisiete (17) CCPPUU, en el segundo semestre del 2020, derivados del periodo de evaluación correspondiente al 2019-1S.Abancay, Cayma, Ciudad Satélite, Corire, El Pedregal, Chuquibamba, Islay (Matarani), San Jerónimo, Santiago, Pitumarca, Quillabamba, Alto Laran, Tres de Diciembre, Cascas, Mazuko, Ayabaca, MacusaniDiecisiete (17) multas de 51 UIT No cumplió con los Compromisos de Mejora relacionado al indicador de CV de seis (6) CCPPUU, en el segundo semestre de 2020, derivados del periodo de evaluación correspondiente al 2019-2S.El Triunfo (El Cruce), Mariano Melgar, Paucarpata, Cajamarca, Calca, Santo TomasSeis (6) multas de 51 UIT 1.4. El 25 de marzo de 2022, AMÉRICA MÓVIL interpuso Recurso de Reconsideración contra Resolución N° 065- 2022-GG/OSIPTEL. Adicionalmente, dicho recurso fue complementado mediante escritos remitidos el 13 y 20 de abril de 2022. 1.5. A través del Memorando N° 147-GG/2022, la Primera Instancia solicitó a la Dirección de Políticas Regulatorias y Competencia, que evalúe el cálculo de las multas impuestas a fi n de determinar si corresponde la aplicación del Principio de Retroactividad Benigna; lo cual fue atendido mediante Memorando N° 208-DPRC/2022. 1.6. Mediante Resolución N° 154-2022-GG/OSIPTEL, noti fi cada el 16 de mayo de 2022, la Primera Instancia declaró fundado en parte el Recurso de Reconsideración de AMÉRICA MÓVIL; y, en consecuencia, decidió: (i) Modi fi car las sanciones conforme al siguiente detalle: Conducta CCPPUU Sanción2 No cumplió con los Compromisos de Mejora relacionado al indicador CCS, de dos (2) CCPPUU, derivados del periodo de evaluación correspondiente al 2019-1SLa Jalca y San MartínDos (2) multas de 24,1 UIT No cumplió con los Compromisos de Mejora relacionado al indicador CCS, de seis (6) CCPPUU, derivado del periodo de evaluación correspondiente al 2019-2S.Pupucho-2G, Pupucho-3G, Tamarindo.Tres (3) multas de 23,4 UIT San Felipe de Vichayal, Camporredondo, Nuevo progreso. Tres (3) multas de 9,3 UIT