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89 NORMAS LEGALES Jueves 11 de agosto de 2022 El Peruano / Que, con Memorando N° 1247-2022-GM-MDMM la Gerencia Municipal, considera que estando a las opiniones de las áreas respectivas se continúe con el trámite que corresponde; Estando a lo informado y ejerciendo las facultades conferidas por los artículos 9° y 41° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto por MAYORÍA de sus miembros, y con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta; ACUERDA:Artículo Primero.- DISPONER la inscripción en los Registros Públicos de los predios correspondientes al “Parque Manuel Gonzales Prada” a favor de la Municipal de Magdalena del Mar, de acuerdo Artículo 58º Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- DISPONER continuar con el Saneamiento Físico Legal del “Parque Manuel Gonzales Prada” que está conformado por cuatro Urbanizaciones siguientes: - Urbanización Primavera, inscrito en la Partida N° 07007530 de la Sunarp Lima, efectuar una Independización de 12,392.07 m2 y un perímetro 689.06 ml., según los Planos U-02 y P-02, de las áreas de aportes efectuados, indicados en sus antecedentes y en el Anexo Nº 2. - Urbanización Residencial Oyague inscrito en la Partida N° 07006275 de la Sunarp-Lima, efectuando una Independización de 7,221.67 m2 y un perímetro de 435.61 ml. según los Planos U-03 y P-03, de las áreas de aportes efectuados, indicados en sus antecedentes y en el Anexo Nº 3. - Urbanización Primavera inscrito en la Partida N° 00708263 de la Sunarp Lima efectuar una Independización de 4,377.63 m2 y un perímetro 295.70 ml.; según los Planos U-04 y P-04, de las áreas de aportes efectuados, indicados en sus antecedentes y en el Anexo Nº 4. - Urbanización Fundo Oyague inscrito en la Partida N° 49046993 de la Sunarp Lima, efectuando una Independización de 11,256.35 m2 y un perímetro 633.38 ml. según los Planos U-05 y P-05, de las áreas de aportes efectuados, indicados en sus antecedentes y en el Anexo Nº 5, Anexos que forman parte del presente Acuerdo.Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano o en otro de mayor circulación del lugar donde se ubica el bien y en la página web de la entidad, en cumplimiento con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2021-VIVIENDA. Articulo Cuarto.- AUTORIZAR y ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas la suscripción de los documentos requeridos según el Artículo 249° del Decreto Supremo Nº 008-2021-Vivienda, Reglamento de la Ley N° 29151 y de toda información requerida para lograr el Saneamiento Físico Legal del Predio. Regístrese, publíquese y cúmplase. YLIANA HORNA SANTILLAN Alcalde (e) AVISO DE SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL La Municipalidad de Magdalena del Mar, pone en conocimiento el saneamiento físico legal que viene efectuando en el marco de los artículos 21°, 22°, y 23° del TUO de la Ley N° 29151 y su Reglamento, a fi n de que las personas que pudieran ser afectadas en su derecho real puedan formular oposición en el plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la presente publicación. Todos los predios indicados se encuentran ubicados en el distrito de Magdalena del Mar, Provincia y Departamento de Lima, inscritos en la Zona Registral – IX de la Sunarp Lima.Ubicación y área del predioPartida RegistralUsoActo de Saneamiento Parque Manuel Gonzales Prada, de la Urbanización Primavera, con un área de 12,392.07 m207007530Parque, Vía públicaIndependización Parque Manuel Gonzales Prada, de la Urbanización Residencial Oyague, con un área de 7,221.67 m207006275Parque, Vía públicaIndependización Parque Manuel Gonzales Prada, de la Urbanización Primavera, con un área de 4,377.63 m200708263Parque, Vía públicaIndependización Parque Manuel Gonzales Prada, de la Urbanización Fundo Oyague, con un área de 11,256.35 m249046993Parque, Vía públicaIndependización Publicación de acuerdo al Artículo 251° del Reglamento de la Ley N° 29151. Magdalena del Mar, julio del 2022. ANEXO N° 2 2. URBANIZACION PRIMAVERA:ÁREA A INDEPENDIZAR. PARTE DEL PARQUE GONZALES PRADA DATOS GENERALES:2.1. UBICACIÓN:DISTRITO : Magdalena del Mar PROVINCIA : LimaDEPARTAMENTO : LimaURBANIZACION : Primavera 2.2. RESOLUCIONES DE APROBACIÓN DE LA HABILITACION URBANA Y FECHAS. La Habilitación Urbana presenta las siguientes normas autorizativas que han permitido su ejecución, según su título archivado. DISPOSICIONES DE LA NORMANORMA AUTORIZATIVA FECHA AUTORIZACIÓN RESOLUCIÓN SUPREMA N° 1108 07/12/1943 AUTORIZACIÓN RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 792 31/05/1944 2.3. ÁREAS DE LA HABILITACION URBANA Y ÁREA A INDEPENDIZAR: En los archivos de inscripción se presentan los siguientes datos de áreas de terreno de la Urbanización las áreas destinadas para calles y parques, autorizados por las normas señaladas, también se menciona el ÁREA A INDEPENDIZAR que actualmente forma parte del Parque Gonzales Prada de acuerdo al Plano Perimétrico P-02, que se adjunta al presente. TIPO DE ÁREAS M2 ÁREA DEL TERRENO DE LA URBANIZACIÓN 120,000.00 M2ÁREA DE APORTE: ÁREAS LIBRES, PARA CALLES Y PARQUES 36,875.00 M2 ÁREA A INDEPENDIZAR DEL APORTE: QUE FORMA PARTE DEL PARQUE GONZALES PRADA 12,392.07 M2 PERÍMETRO DEL ÁREA A INDEPENDIZAR 689.06 ML. El área a independizar forma parte de las Áreas Libres, (Bienes de Dominio Público), destinado y autorizado por las normas señaladas. 2.4. DATOS REGISTRALES, ASIENTO DE INSCRIPCION DE LA URBANIZACION Y TITULOS