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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (12/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 119

119 NORMAS LEGALES Viernes 12 de agosto de 2022 El Peruano / mujeres y los integrantes del grupo familiar establecen la creación del Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar como sistema funcional encargado de coordinar, plani fi car, organizar y ejecutar acciones articuladas, integradas y complementarias para la acción del Estado en la prevención, atención, protección y reparación de la víctima, la sanción y reeducación del agresor, a efectos de lograr la erradicación de la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar; el cual está integrado por la Comisión Multisectorial de Alto Nivel (CMAN), que cuenta con una Secretaría Técnica, y las Instancias Regionales, Provinciales y Distritales de Concertación para erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar; Que, en el artículo 39º de la Ley Nº 30364 se señala que, la Instancia Distrital de Concertación tiene como responsabilidad elaborar, implementar, monitorear y evaluar las políticas públicas encargadas de combatir la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar a nivel distrital, y promover el cumplimiento de la presente norma; Que, en el artículo 109º del Reglamento de la Ley Nº 30364, aprobado con Decreto Supremo Nº 009-2016-MIMP y modi fi cado con el Decreto Supremo Nº 004-2019-MIMP se establece que las Municipalidades Distritales, mediante una ordenanza, disponen la creación de la Instancia Distrital de Concertación, precisando sus integrantes; Que, mediante Informe Nº 064-2022/GDS/MDPN, de fecha 27 de junio del 2022, la Gerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, remite a la Gerencia Municipal el proyecto de Ordenanza Distrital que crea la Instancia Distrital de Concertación para Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, para continuar con el trámite administrativo respectivo; Que, mediante Informe Nº 216-2022-SGPPYR-GAF/ MDPN, de fecha 19 de julio del 2022, la sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, concluye que de la revisión del proyecto de Ordenanza Distrital se encuentra arreglada a las normas invocadas en la base legal contribuyendo al logro de objetivos institucionales relacionados al objetivo estratégico institucional siendo de opinión viable su aprobación; Que, mediante Informe Nº 242-2022-GAJ/MDPN, de fecha 19 de julio del 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, concluye que resulta VIABLE la aprobación de la revisión del proyecto de Ordenanza Distrital que crea la Instancia Distrital de Concertación para Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar; Que, estando, uso de las facultades establecidas en los Artículos 9º numerales 8) y 9), 39º y 40º de la Ley 27972, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACIÓN DE LA INSTANCIA DISTRITAL DE CONCERTACIÓN PARA ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR EN EL DISTRITO DE PUNTA NEGRA. Artículo Primero.- Aprobar la creación de la Instancia Distrital de Concertación para Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar del Distrito de Punta Negra, en el marco de la Ley Nº 30364 - Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar y su Reglamento, como mecanismo de coordinación y articulación intersectorial, intergubernamental e interinstitucional territorial de nivel distrital que forma parte del Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar. Artículo Segundo.- La Instancia Distrital de Concertación para Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar del Distrito de Punta Negra tiene como objetivo contribuir a la elaboración, implementación, seguimiento y evaluación de políticas, planes, programas y servicios públicos de prevención, atención y protección frente a la violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar, en el marco de la Ley Nº 30364 - Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar y su Reglamento. Artículo Tercero.- La Instancia Distrital de Concertación para Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar del Distrito de Punta Negra tiene las siguientes funciones: 1. Proponer en los instrumentos de gestión y en particular en el Plan de Desarrollo Concertado (PDC), Plan Estratégico Institucional (PEI), Plan Operativo Institucional (POI), Programación Multianual de Inversiones (PMI) y Presupuesto Participativo (PP), metas, indicadores y acciones que respondan a la problemática de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar. 2. Promover la adopción de políticas, planes, programas, acciones y presupuestos especí fi cos para la prevención, atención, protección y recuperación de las víctimas; y sanción y rehabilitación de las personas agresoras, dando cumplimiento a la Ley Nº 30364. 3. Informar a la Instancia Provincial de Concertación periódicamente sobre las acciones desarrolladas para el cumplimiento de la Ley Nº 30364. 4. Promover el cumplimiento del Protocolo Base de Actuación Conjunta como instrumento de obligatorio cumplimiento en las instituciones públicas y su adecuación si es necesaria al contexto distrital. 5. Promover el fortalecimiento de las instancias comunales para las acciones distritales frente a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar. 6. Otras que les atribuya el Comisión Multisectorial de Alto Nivel (CMAN); así como la Instancia Regional y Provincial correspondiente. 7. Aprobar su reglamento interno.8. Llevar a un control estadístico sobre la violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar en el distrito de Punta Negra. Artículo Cuarto.- La Instancia Distrital de Concertación para Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar del Distrito de Punta Negra está conformada por instituciones públicas y privadas y, sociedad civil, representadas por sus máximas autoridades y, en el caso de la Municipalidades Distrital por el/la Alcade/sa y Gerente/a de Desarrollo Social o la que haga sus veces, como se detalla a continuación: 1. El/la alcalde/sa de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, quien la preside. 2. El/la Subprefecto/a del Distrito de Punta Negra 3. La Jefatura de la Policía Nacional del Perú de Punta Negra. 4. Un representante de una Organización o asociación vecinal 5. Centro de Emergencia Mujer (CEM) cuya designación la realiza el Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – AURORA del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP). 6. Organizaciones o asociaciones de la sociedad civil del distrito relacionadas a la temática de la violencia contra las mujeres y las personas que integran el grupo familiar 7. Un/a representante del Ministerio Público, quien es designado/a por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de la jurisdicción. 8. Un/a representante del Centro de Salud de Punta Negra. 9. Un/a representante de los centros educativos. La Gerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de Punta Negra o el que haga sus veces asume la Secretaría Técnica de esta instancia. Artículo Quinto.- Los/as representantes titulares de la Instancia Distrital de Concertación para Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar del Distrito de Punta Negra designan un representante alterno, quienes son acreditados/as