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114 NORMAS LEGALES Viernes 12 de agosto de 2022 El Peruano / competencia, constituyendo, para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, el inciso a) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como una competencia constitucional de los Gobiernos Regionales aprobar su organización interna, así como el inciso a) del artículo 15º de la Ley acotada, señala que una de las atribuciones del Consejo Regional es, aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Qué, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modi fi cada por la Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fi scalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas; Qué, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; y, el literal a) del artículo 15º de la misma norma, dispone que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 1º de la Ley 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación, establece que el Patrimonio Cultural de la Nación está constituido por los bienes culturales que son testimonio de creación humana, material o inmaterial, expresamente declarados como tales por su importancia artística, cientí fi ca, histórica o técnica. Que, el artículo 1º de la Ley 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación, establece que el Patrimonio Cultural de la Nación está constituido por los bienes culturales que son testimonio de creación humana, material o inmaterial, expresamente declarados como tales por su importancia artística, cientí fi ca, histórica o técnica. Que, el artículo 7º, literal b) de la Ley Nº 29565 que crea el Ministerio de Cultura señala como función exclusiva de dicho Ministerio, el de realizar acciones de declaración, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación, a su vez, el artículo 47º literal l) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27987, modi fi cado por el Artículo 9º de la Ley Nº 27902, señala como función de los gobiernos regionales el de promover la declaración por los organismos competentes de los bienes culturales no reconocidos que se encuentren en la región. El culto a los elementos de la naturaleza es considerado una de las primeras formas en como los hombres se ligan a los poderes sobrenaturales con el objetivo de controlar su medio ambiente. El agua, un elemento de necesidad vital y de uso doméstico, también podía llegar a ser incontrolable al presentarse en forma de tormentas, inundaciones o desaparecer en forma de sequías. En el momento que el hombre andino descubre y depende de la agricultura, las ausencias o excesos de este elemento puede desaparecer pueblos enteros. Que, en la provincia de Huarochirí, los textos etnohistóricos como las evidencias arqueológicas, indican que las poblaciones de esta área, y en general de toda el área andina, dependían del agua tal como expresan varios pasajes del famoso Manuscrito de Huarochirí (1598) y de una dicotomía de oposición y complementariedad entre los conceptos llamados Huari y Llacuaz (Duviols 1973). Los Huaris tradicionalmente son los agricultores y constructores de canales mientras que los Llacuaces son los pastores. En la tradición de muchos pueblos andinos el Huari es considerado los guardianes/dioses de los canales de regadío los cuales están convertidos en piedras que según datos etnohistóricos a estos se les conoce como Huanca (Gonzales 1989). Que, la fi esta en donde se le rinde homenaje al agua mediante una ceremonia es la conocida fi esta del agua, Champería o limpia acequia la cual se realiza durante la primera semana de octubre y coincide con la llegada de las primeras lluvias. El objetivo de esta celebración es la limpieza de la acequia por donde habrá de pasar el agua para irrigar los terrenos de cultivo.A nivel social esta fi esta plasma una serie de funciones dentro y fuera de la localidad, desde cumplir funciones como marcador de tiempo, reforzador los lazos de la organización social interna de la comunidad, otorga prestigio social y reconocimiento a los integrantes de la comunidad y, sobre todo es portadora de la identidad local. Durante la realización de las labores de la Champería se entonan una genero de canto y danza simultaneo típico de la zona de Huarochirí denominado Hualina también conocida como Huari-Huari, Huali-Huali, Huarina o Hualina (Regal 1945). Si bien las Hualinas son entonadas en todo Huarochirí, las provenientes de San Pedro de Casta, ubicado en la cuenca del valle de Santa Eulalia, son las más famosas debido a sus letras y el tono de sus canciones. Así mismo el registro etnohistórico que se tiene de esta fi esta y por lo tanto de una Hualina es la presentada por Julio Cesar Tello y Prospero Miranda (1956) en su artículo sobre el culto a Wallallo en la zona de Casta. En de fi nición una Hualina es un baile/canto poético ejecutado únicamente durante la Champería tanto por hombres como mujeres que cantan a viva voz y marcando el paso acompañados con instrumentos musicales (chirisuya, tinya y/o cascabeles) realizando una serie de movimientos que imitan los movimientos y ondulaciones del agua. Los temas como se pueden comprender hablan de la vida agrícola y ganadera del pueblo donde se ensalzan constantemente el agua, pero también se le cantan al canal, a las lagunas, a los árboles, a las aves y animales, pero también al temor por una posible ausencia de lluvias o parición de heladas. Ninguna de los versos de las Hualinas interpretadas por las paradas, funcionarios y autoridades se repite. Si bien cada comunidad tiene su forma particular con ciertas variaciones de llevarla a cabo en los pueblos pertenecientes al valle de Santa Eulalia estas están organizadas desde tiempos muy antiguo, no hay cruce de fechas y por lo general duran de cuatro a ocho días en donde es obligatorio la participación de toda la comunidad. El cumplimiento en general es celosamente cumplido por los ministriles (designados por la comunidad para ejecutar el funcionamiento de las tareas a realizar durante la celebración). En el caso de San Pedro de Casta además de estos funcionarios también se rige por el entablo (escrito en 1921) una tablilla donde se encuentra fi jados en detalle los procesos de la fi esta del agua (Robles y Rojas 2019). De modo general el calendario de la Champería en Santa Eulalia se celebra de la siguiente manera: Carampoma y Mitma en el mes de abril, San Juan de Iris en el mes de mayo, Huachupampa en el mes de junio al igual que Huanza mientras que Quicamachay-Viscas, Laraos y San Pedro de Casta lo celebran en los meses de julio, agosto y octubre respectivamente. A pesar de ser una fi esta muy emblemática en Huarochirí pocos son los lugares de donde se sabe cómo se llevan a cabo estas festividades siendo el valle del Santa Eulalia el lugar donde se tiene mejor información. tres poblados destacan por tener un mejor registro de dichas fi estas: Carampoma, Huanza y San Pedro de Casta. Por ejemplo, en Carampoma la Hualina es ejecutado, según Gushiken (1993), cuando toda la población (día Domingo) se reúne en el local comunal en busca de la “vara” el cual simboliza la autoridad del campo. Al día dos hombres, que hacen de cantores, los cuales se ubican en el centro de una rueda compuesta por mujeres. Los hombres con sus movimientos simbolizan los chorros de agua de un manantial mientras que la rueda de mujeres representa las ondas de agua de dicho manantial. Al mismo tiempo que van bailando y cantando al compás de la música dan gracias al agua. Los participantes llevan fl ores que crecen alrededor del manantial sobre sus sombreros. Hay dos clases de cantos las cuales son acompañadas de música: el primero habla de las penas y éxitos, de los momentos más importantes para el pueblo, comunidad. El segundo canto se emplea cuando se va a traer agua; en este caso la es música especial la cual se llama Mayhua. Aquí el cantor describe minuciosamente el recorrido del agua, desde el momento en que sale de la toma hasta su llegada al pueblo.