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104 NORMAS LEGALES Viernes 12 de agosto de 2022 El Peruano / de los demás cargos de directivos públicos se fi jarán en su reglamento. En la Segunda Disposición Complementaria Final de la citada ley estipula que se deberán adecuar los instrumentos de gestión en un plazo no mayor de ciento ochenta (180) días calendario contados a partir de la publicación del reglamento, el cual se publicó a través del Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, de fecha 18 de mayo de 2022 en el Diario O fi cial El Peruano. Los numerales 5.2.3. y 5.2.4.de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, aprobado por la Resolución de la Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE, regula que la O fi cina de Recursos Humanos o la que haga sus veces tiene como responsabilidad, elaborar la propuesta del Manual del Clasi fi cador de Cargos y/o de sus modi fi caciones, incluyendo el respectivo informe técnico sustentatorio y; la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, tiene la responsabilidad de emitir opinión sobre la referida propuesta en lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del ROF o MOP vigente, según corresponda. A través del O fi cio N° 2919-2022-MP-FN-GG- OGPOHU, de fecha 27 de julio de 2022, la O fi cina General de Potencial Humano remite el Informe N° 1479-2022-MP-FN-GG-OGPOHU-OAPH, de fecha 27 de julio de 2022, elaborado por la O fi cina de Administración de Potencial Humano, el mismo que hace suyo y sustenta las modi fi caciones que corresponden realizar a los cargos de con fi anza que tienen naturaleza de directivos públicos, contemplados en el Clasi fi cador de Cargos del Ministerio Público, en atención a los establecido en la Ley N° 31419 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, así como otros cargos de con fi anza, según los fundamentos allí expuestos. Mediante el Informe N° 286-2022-MP-GG-OGPLAP, de fecha 4 de agosto de 2022, la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto emite opinión favorable respecto a la propuesta de modi fi cación del Clasi fi cador de Cargos del Ministerio Público. Asimismo, con el O fi cio N° 931-2022-MP-GG- OGASEJ, de fecha 8 de agosto de 2022, la O fi cina General de Asesoría Jurídica ha validado el procedimiento realizado de acuerdo a la normativa sobre la propuesta de modi fi cación del Clasi fi cador de Cargos del Ministerio Público. En ese sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente. Contando con los vistos de la Gerencia General, Ofi cina General de Potencial Humano, O fi cina General de Asesoría Jurídica y la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto. De conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo N°052 Ley Orgánica de Ministerio Publico; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modi fi car el Clasi fi cador de Cargos del Ministerio Público aprobado por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2968-2019-MP-FN, de fecha 25 de octubre de 2019, modi fi cado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1110-2020-MP-FN, de fecha 7 de octubre de 2020, en el extremo de los requisitos de formación académica y experiencia profesional de los cargos clasi fi cados como empleados de con fi anza que tiene naturaleza de directivos públicos, conforme al Anexo N° 1 y según el listado de cargos contenidos en los Anexos N° 2 y 2A, quedando subsistente lo demás que contiene. Artículo Segundo.- Modi fi car el Clasi fi cador de Cargos del Ministerio Público aprobado por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2968-2019-MP-FN, de fecha 25 de octubre de 2019, modi fi cado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1110-2020-MP-FN, de fecha 7 de octubre de 2020, en el extremo de los requisitos de los cargos de Secretaria/o General, Asistente de Gestión, Gerente General y Gerente Técnica/o (Jefa/e Nacional), conforme a los Anexos N° 3, 4, 5 y 6, quedando subsistente lo demás que contiene. Artículo Tercero.- Disponer que la O fi cina General de Tecnologías de la Información proceda a publicar la presente resolución en el Portal Institucional y de Transparencia del Ministerio Público. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, Presidencias de la Junta de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales, Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, Ofi cina General de Tecnologías de la Información, O fi cina General de Potencial Humano y a la O fi cina General de Asesoría Jurídica, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2094924-1 Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Callao, designándola en el Pool de Fiscales del Callao y destacándola al Segundo Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra el Crimen Organizado, con sede desconcentrada Callao RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1728-2022-MP-FN Lima, 11 de agosto de 2022VISTO Y CONSIDERANDO:El o fi cio Nº 04-2022-FSP.CN.DCOyCF-CB-MP- FN, suscrito por el abogado Jorge Luis Díaz Cabello, Coordinador General del Equipo Especial de Fiscales conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1550-2019-MP-FN, de fecha 05 de julio de 2019, mediante el cual se eleva la carta de renuncia del abogado Pedro Diego Saavedra Romo, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Callao, a su designación en el Pool de Fiscales del Callao, y su destaque para que preste apoyo en el Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra el Crimen Organizado, con sede desconcentrada Callao, así como su incorporación al Equipo Especial de Fiscales, conformado por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1550-2019-MP-FN, de fecha 05 de julio de 2019, señalando como último día laborable 13 de julio de 2022, presentada el referido día y subsanada el 26 de julio de 2022, brindando su conformidad a la misma. Asimismo, se remite la propuesta para cubrir la referida plaza fi scal. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución.