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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (24/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 105

105 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de agosto de 2022 El Peruano / Nº MUNICIPALIDAD PROYECTO DE INVERSIÓN CUIDISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA 13MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INKAWASI“MEJORAMIENTO DEL ESTADO NUTRICIONAL DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 05 AÑOS Y MADRES GESTANTES DISTRITO DE INKAWASI - PROVINCIA DE LA CONVENCION - DEPARTAMENTO DE CUSCO”2505427 S/ 967,000.00 14MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LLUSCO“MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE EN EL BARRIO NUEVO PERÚ DE LA COMUNIDAD DE SAN SEBASTIAN DEL DISTRITO DE LLUSCO - PROVINCIA DE CHUMBIVILCAS - DEPARTAMENTO DE CUSCO”2541615 S/ 500,000.00 15MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANTA“MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN EL ANEXO MAYOHUAYLLA DE LA COMUNIDAD DE SAN NICOLAS DE BARI DISTRITO DE ZURITE - PROVINCIA DE ANTA - DEPARTAMENTO DE CUSCO”2523790 S/ 1´000,000.00 16MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ECHARATE“MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE SANEAMIENTO BASICO INTEGRAL EN EL SECTOR DE SAN LUIS EN LA ZONAL PALMA REAL, DISTRITO DE ECHARATE - PROVINCIA DE LA CONVENCION - DEPARTAMENTO DE CUSCO”2504426 S/ 900,000.00 17MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUYKUTAMBO“MEJORAMIENTO DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LA PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA SALUD EN NIÑOS, MADRES GESTANTES Y PERSONAS VULNERABLES EN EL DISTRITO DE SUYCKUTAMBO - PROVINCIA DE ESPINAR - DEPARTAMENTO DE CUSCO”2541968 S/ 962,529.08 18MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHAYPUJIO“MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE LETRINAS EN LOS SECTORES DE PUMAMARCA Y SAMANCA DE LA COMUNIDAD DE PANTI PATA – DISTRITO DE CHINCHAYPUJIO – PROVINCIA DE ANTA - REGIÓN DEL CUSCO”CODIGO GENERICO 2007751S/ 500,000.00 Artículo Segundo.- El presente Acuerdo de Consejo Regional se aprueba bajo responsabilidad del Proponente sobre la base de los 18 expedientes de transferencia precisados precedentemente. Artículo Tercero.- DISPONER que, el ejecutivo del Gobierno Regional remita el Expediente de Transferencia de Recursos Financieros a la Contraloría General de la República y al Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Cusco para que realice el control simultáneo y posterior. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR al órgano ejecutivo que corresponda del Gobierno Regional, la suscripción de los Convenios de Cooperación Interinstitucional para la Transferencia Financiera de Recursos Públicos del Gobierno Regional de Cusco a los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales para la Ejecución de Proyectos de Inversión Priorizados en el Marco del Tinkuy Regional Multianual. Artículo Quinto.- DISPONER al Ejecutivo del Gobierno Regional de Cusco, canalice los procedimientos orientados a la suscripción de los convenios de manera previa a la trasferencia de presupuesto dentro del marco normativo qué los regulen, bajo responsabilidad. Artículo Sexto.- PRECISAR que en virtud del Principio de Buena Fe y Presunción de Veracidad, este Consejo Regional debe asumir que los estamentos de esta Entidad Pública le proporcionan Información que se ajusta a la realidad y que es correcta, debiendo proceder conforme a ella. Sin embargo, se prescribe que dicha información, es de naturaleza iuris tantum por tratarse de una presunción que admite prueba en contrario y por tanto, podrá ser objeto de fi scalización posterior. Artículo Séptimo.- DISPONER que, el presente acuerdo de Consejo Regional entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en la página web del Gobierno Regional del Cusco. Dado en la ciudad del Cusco, a los veintisiete días del mes de junio del año 2022. Regístrese, publíquese y cúmplase.GERARDO ARENAS MONGE Presidente del Consejo Regional Período 2022 2098561-1Autorizan Transferencia Financiera de Recursos Públicos del Gobierno Regional de Cusco a la Municipalidad Provincial de Urubamba para la ejecución de Proyectos de Inversión priorizados en el marco del Tinkuy Regional Multianual ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 144-2022-CR/GR CUSCO POR CUANTO:El Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en la Vigésima Tercera Sesión Extraordinaria de fecha veintiuno de julio del año dos mil veintidós, ha debatido y aprobado emitir el presente Acuerdo de Consejo Regional; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 191º modi ficado por el Artículo Único de la Ley Nº 30305, publicada el 10 de marzo de 2015, reconoce que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Autonomía que es delimitada, por el Artículo 80º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, como el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; Que, los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos 2º, 5º y 6º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público, que tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal, que promueve el desarrollo económico regional, fomenta las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo, con la misión de organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus