TEXTO PAGINA: 98
98 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de agosto de 2022 El Peruano / Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Pool de Fiscales Transitorios de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, y destacándolo para que preste apoyo en el Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2022, luego de lo cual deberá retornar al referido Pool de Fiscales. Artículo Segundo.- Disponer que el nombramiento y designación mencionados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2022, ello en virtud a la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 074-2021-MP-FN-JFS, de fecha 14 de diciembre de 2021, así como en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lambayeque y Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2098522-1 Dejan sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1476-2022-MP-FN RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1814-2022-MP-FN Lima, 23 de agosto de 2022VISTO Y CONSIDERANDO:Que, mediante escrito con fi rma legalizada ante notario público, el abogado Teó fi lo Freddy Enciso Portillo declina a su nombramiento como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y a su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1476-2022-MP-FN, de fecha 19 de julio de 2022, por motivos estrictamente personales. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1476-2022-MP-FN, de fecha 19 de julio de 2022. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2098525-1Designan y nombran fiscales en los Despachos de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas – Sede Callao, y de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas de Ventanilla – Sede Ventanilla RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1815-2022-MP-FN Lima, 23 de agosto de 2022VISTO Y CONSIDERANDO: Que, con o fi cios Nros. 2439 y 2553-2022-MP-FN- OCE-FEDTID, cursados por el abogado Daniel Alberto Jara Espinoza, Jefe de la O fi cina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas, solicita la designación de un personal fi scal para ocupar la plaza de Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas – Sede Callao, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante, formulando la propuesta de rotación correspondiente; asimismo, considerando que la abogada propuesta para la plaza en mención es personal fi scal de su subsistema, formula también las propuestas para las plazas que se generarán con motivo del cambio indicado. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; se hace oportuno, previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y/o designar al personal fi scal que ocupe las plazas respectivas conforme a la propuesta efectuada en el documento indicado en el primer párrafo, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el término del presente ejercicio fi scal, esto es el 31 de diciembre de 2022, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Erwin Ary Rojas Trujillo, Fiscal Provincial Titular Especializado en Trá fi co Ilícito de Drogas (con Competencia Nacional), en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de