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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (27/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Sábado 27 de agosto de 2022 El Peruano / sus modi fi catorias, se establece que “El Seguro Integral de Salud (SIS) suscribe convenios con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) públicas, Unidades de Gestión de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (UGIPRESS) públicas, Gobiernos Regionales, Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) públicas, para la transferencia de fondos o pago por las prestaciones de salud y administrativas que se brinden a sus asegurados”; Que, a través del literal aa) del numeral 16.1, y numerales 16.2 y 16.3 del artículo 16 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2022, se establece respectivamente: i) Autorizar al SIS, de manera excepcional, a efectuar transferencias fi nancieras para el fi nanciamiento del costo de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados al SIS; ii) que, las referidas transferencias fi nancieras deberán aprobarse mediante resolución del Titular del Pliego, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, la que debe publicarse en el diario o fi cial El Peruano; y, iii) que, la entidad pública que trans fi ere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi rieron dichos recursos; Que, adicionalmente, a través del numeral 39.1 del artículo 39 de la Ley Nº 31365, se han asignado recursos en el pliego SIS para que durante el Año Fiscal 2022, se fi nancie la continuidad de las políticas de Aseguramiento Universal en Salud dispuestas por los numerales 2.1, 2.2, 2.3, 2.6, 2.7 y 2.8 del artículo 2 y los numerales 3.1, 3.2, 3.3 y 3.7 del artículo 3 del Decreto de Urgencia 046-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y fi nanciera para fortalecer el Aseguramiento Universal en Salud en el marco de la Emergencia Nacional por la COVID-19, quedando prorrogados para dichos efectos los numerales antes mencionados del referido Decreto de Urgencia, hasta el 31 de diciembre de 2022; Que, con Resolución Jefatural Nº 185-2021/SIS, se aprueba la Directiva Administrativa Nº 003-2021-SIS/GNF-V.01 “Directiva Administrativa que regula el procedimiento de Liquidación de las Prestaciones brindadas a los Asegurados al SIS”, que tiene como objetivo obtener la liquidación de las prestaciones brindadas a los asegurados al Seguro Integral de Salud, en el marco de los Convenios, Adendas suscritos y la normatividad vigente, de manera oportuna; Que, con Resolución Jefatural Nº 126-2022/SIS, se aprueba la Directiva Nº 008-2022-SIS/GNF-V.01 “Directiva para el monitoreo, supervisión y seguimiento a las Trasferencias Financieras del Seguro Integral de Salud”, estableciendo en el literal c) del numeral 7.1 del artículo 7 que es responsabilidad de la Gerencia de Negocios y Financiamiento: “Realizar el proceso de monitoreo en gabinete a nivel fi nanciero y nacional en el marco de los convenios, adendas suscritas y actas de compromiso” ; Que, el Seguro Integral de Salud, el Fondo Intangible Solidario de Salud y las Direcciones de Redes Integradas de Salud (DIRIS), Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y los Gobiernos Regionales (GORES) han suscrito convenios para el periodo 2022-2024, con el objeto de brindar y fi nanciar las prestaciones de salud y administrativas de los asegurados SIS; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 055-2022-SIS, se designa al Director (a) General de la O fi cina General de Administración de Recursos como responsable de la Unidad Ejecutora 001. Seguro Integral de Salud – SIS, del Pliego 135: Seguro Integral de Salud; señalando además que tiene la responsabilidad de la administración, control y ejecución presupuestaria de los recursos asignados a la Unidad Ejecutora 001. Seguro Integral de Salud; Que, a través del Memorando Nº 000760-2022- SIS/OGAR, la Directora General de la O fi cina General de Administración de Recursos – OGAR hace suyo el Informe Nº 010-2022-SIS/OGAR-RBR, por medio del cual emite opinión previa favorable de disponibilidad presupuestal, adjuntando el Certi fi cado de Crédito Presupuestario Nº 1120, por el importe de S/ 295 816 290,00 (Doscientos noventa y cinco millones ochocientos dieciséis mil doscientos noventa y 00/100 Soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, correspondiente a las transferencias fi nancieras para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud en mérito a los convenios y actas de compromisos suscritos, y conforme a lo solicitado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento - GNF a través del Memorando Nº 000732-2022-SIS/GNF; Que, mediante Memorando Nº 000339-2022-SIS/ OGPPDO, la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional - OGPPDO hace suyo el Informe Nº 000024-2022-SIS/OGPPDO-OSJ, que otorga opinión favorable de disponibilidad presupuestal a la propuesta de transferencia fi nanciera para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados al SIS en mérito a los convenios y actas de compromisos suscritos; Que, a través del Memorando Nº 000853-2022-SIS/ GNF, el Gerente de la GNF hace suyo el Informe Conjunto Nº 013-2022-SIS/GNF-SGF/VHSN-JJHB, por medio del cual promueve una programación de transferencia fi nanciera, por el concepto de resultados de evaluación del Indicador Financiero 02 (IF 02 - Porcentaje de Stock disponible de PF, DM y PS) - tramo II, por un importe total de S/ 56 539 324,00 (Cincuenta y seis millones quinientos treinta y nueve mil trescientos veinticuatro y 00/100 Soles), correspondiente al mecanismo de pago Per Cápita “Tramo II” el importe de S/ 29 724 799,00 (Veintinueve millones setecientos veinticuatro mil setecientos noventa y nueve y 00/100 Soles), y al mecanismo de Pago por Prestaciones de Salud “Tramo II” el importe de S/ 26 814 525,00 (Veintiséis millones ochocientos catorce mil quinientos veinticinco y 00/100 Soles) desagregado de la siguiente manera i) S/ 14 414 348,00 (Catorce millones cuatrocientos catorce mil trescientos cuarenta y ocho y 00/100 Soles) (presupuesto regular) y ii) S/ 12 400 177,00 (Doce millones cuatrocientos mil ciento setenta y siete y 00/100 Soles) (ampliación del DU-046-2021), a favor las unidades ejecutoras descritas en el Anexo Nº 01 “Pliego 135 - Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera - Recursos Ordinarios - Agosto 2022”, con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, en mérito a los convenios vigentes y actas de compromisos suscritos con las Direcciones de Redes Integradas de Salud (DIRIS) Centro, Este, Norte y Sur, con los Gobiernos Regionales de Ancash, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima Región, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali, y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS); Que, mediante Informe Legal Nº 000293-2022-SIS/ OGAJ, la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por la GNF, la OGAR y la OGPPDO y en el marco de los convenios vigentes y actas de compromiso suscritos con las 4 DIRIS, con 21 Gobiernos Regionales y con 5 Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS), considera viable que el Jefe del SIS en su condición de Titular del Pliego emita la resolución jefatural que apruebe la transferencia fi nanciera para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud, hasta por el monto de S/ 56 539 324,00 (Cincuenta y seis millones quinientos treinta y nueve mil trescientos veinticuatro y 00/100 Soles) a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo Nº 01 “Pliego 135 - Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera - Recursos Ordinarios - Agosto 2022” elaborado por la GNF; Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Directora General de la O fi cina General de Administración de Recursos, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2022; en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo