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46 NORMAS LEGALES Sábado 27 de agosto de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Primero. Que, la Gestoría Administrativa de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, con el propósito de fortalecer las capacidades de gestión y otras competencias relacionadas a los líderes de las Cortes Superiores de Justicia, propuso el pasado ejercicio fi scal 2021, el I Curso Especializado en Gestión por Resultados dirigido a los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, y personal administrativo, vinculado al PpR Penal. Asimismo, para el presente año en el Eje: Fortalecimiento de las Capacidades de Gestión en la Función Jurisdiccional y Administrativa, se desarrolló la actividad de capacitación denominada: “II Curso de Capacitación Especializado para Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia”, ello con el propósito de continuar con el fortalecimiento de las capacidades de los señores Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia y funcionarios vinculados al PpR 0086, cuyos resultados en su aplicación han sido satisfactorios. Segundo. Que, las actividades de capacitación (Gestión por Resultados y Gestión Pública) desarrolladas por la Gestoría Administrativa de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal en los años 2021 y 2022, han cumplido sus objetivos evidenciando que la gestión de los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia, a partir de los cursos impartidos, ha tenido signi fi cativas mejoras en sus resultados, lo que permite aseverar que es necesario realizar una capacitación integral previo al inicio de su gestión; por tanto se propone institucionalizar el desarrollo de una capacitación para el Presidente/a electo de la Corte Suprema de Justicia de la República y a los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia del país, para el periodo 2023-2024. Tercero. Que, en ese contexto, la capacitación no debe considerarse como un gasto sino como un costo de inversión, que permitirá a los colaboradores obtener más habilidades y competencias, ampliando sus conocimientos para cumplir con los objetivos institucionales. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente aprobar la propuesta presentada respecto a institucionalizar el desarrollo de una capacitación para fortalecer las capacidades de dirección en Gestión Pública del Presidente/a de la Corte Suprema de Justicia de la República y de los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, previo al inicio de los periodos de gestión. Asimismo, es pertinente que la directiva propuesta, se remita a la Gerencia General del Poder Judicial para el trámite correspondiente. Cuarto. Que el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 1053-2022 de la trigésima sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 10 de agosto de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Arias Lazarte por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Institucionalizar el desarrollo de una capacitación para fortalecer las capacidades de dirección en Gestión Pública del Presidente/a de la Corte Suprema de Justicia de la República y de los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, previo al inicio del periodo de gestión. Artículo Segundo.- Respecto a la ejecución del curso de capacitación, en concordancia con la aplicación de la directiva que se aprobará para dicho fi n, el servicio a contratar deberá ceñirse a los términos de referencia remitidos en el anexo adjunto.Artículo Tercero.- La fecha de la referida capacitación se iniciará de manera obligatoria el lunes próximo a la elección del Presidente/a de la Corte Suprema de Justicia de la República y de los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia. Para el presente año, el curso se iniciará el lunes 12 de diciembre y fi nalizará el 30 de diciembre de 2022, en la modalidad mixta (presencial y virtual). Artículo Cuarto.- La contratación del servicio estará a cargo de la Gerencia General del Poder Judicial y tendrá que ser previsto, a fi n de dar cumplimiento a las fechas indicadas en el artículo precedente, bajo responsabilidad. Asimismo, el gasto que demande dicha actividad estará a cargo de la Gerencia General y del Programa Presupuestal 0086: “Mejora de los Servicios del Sistema de Justicia Penal”. Artículo Quinto.- La atención de la referida capacitación se desarrollará conforme a la propuesta formulada por la Gestoría Administrativa de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, y a los lineamientos que emita para el desarrollo del mismo. Artículo Sexto.- Remitir a la Gerencia General del Poder Judicial la propuesta denominada “Directiva de Capacitación para Fortalecer las Capacidades de Dirección en Gestión Pública del Presidente/a de la Corte Suprema de Justicia de la República y los 35 Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, en el inicio de sus periodos de gestión institucional”, elaborada por la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, para su evaluación y trámite correspondiente. Artículo Sétimo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Cortes Superiores de Justicia; y la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2100017-1 Disponen diversas medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur y dictan otras disposiciones Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000322-2022-CE-PJ Lima, 23 de agosto del 2022VISTOS: Los O fi cios Nº 000460-2022-P-CSJLS-PJ, Nº 000586-2022-P-CSJLS-PJ y Nº 000592-2022-P-CSJLS-PJ de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur; el O fi cio Nº 000615-2022-GA-UETI-CPP-PJ y su Informe Nº 000039-2022-GA-UETI-CPP-PJ de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 000093-2022-CE-PJ, se constituye la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú - Poder Judicial, a cargo de la señora presidenta del Poder Judicial, y conformada por profesionales quienes brindarán soporte técnico y jurídico durante el proceso de implementación de las referidas unidades de fl agrancia. Segundo. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur mediante O fi cio Nº 000460-2022-P-CSJLS-PJ, acompañado del Informe Nº 000199-2022-ADMNCPP-GAD-CSJLS-PJ, eleva la propuesta de implementación de la Unidad de Flagrancia “CISAJ - Villa El Salvador”. Asimismo, por O fi cio Nº