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18 NORMAS LEGALES Jueves 1 de diciembre de 2022 El Peruano / DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan Secretaria General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 187-2022-MIDIS Lima, 30 de noviembre de 2022VISTOS: El Memorando Nº D000038-2022-DM del Despacho Ministerial; el Memorando Nº D001600-2022-MIDIS-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; y, el Informe N° D000692-2022-MIDIS-OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; Que, por Resolución Ministerial Nº 048-2020-MIDIS se aprueba el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Resolución Ministerial Nº 105-2019-MIDIS, el cual contempla el cargo estructural de Secretario/a General del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, considerado como cargo de con fi anza; Que, al encontrarse vacante el cargo de Secretario/a General del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, resulta necesario designar a la persona que asumirá dicho cargo; Con el visado de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley Nº 27594, Ley de participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, la Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a partir del 01 de diciembre de 2022, a la señora MERCEDES GOVEA REQUENA en el cargo de Secretaria General del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. CINTHYA KARINA LINDO ESPINOZA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 2130920-1 ECONOMIA Y FINANZAS Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO Nº 277-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante la Duodécima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se reactiva la Comisión Especial creada por la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, para el Año Fiscal 2022, manteniendo su conformación, atribuciones y competencias, a fi n de continuar con el proceso de evaluación y cuanti fi cación correspondiente a la devolución de los montos que los pliegos presupuestarios hubieren descontado respecto a la boni fi cación a que se re fi ere el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 037-94; para tal efecto, se dispone hasta la suma de S/ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 SOLES) en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos a los que se refi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; los que se incorporan en los pliegos respectivos, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, conforme al procedimiento establecido en el artículo 54 del mencionado Decreto Legislativo; Que, mediante la Resolución Directoral N° 0001-2022- EF/53.01 se aprueban las “Normas complementarias para el funcionamiento de la Comisión Especial encargada de evaluar y cuanti fi car la devolución de los montos descontados de la boni fi cación a que se re fi ere el artículo 2 del Decreto Urgencia N° 037-94”, en el marco de lo establecido en la Duodécima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365; Que, a través del Memorando N° 0420- 2022-EF/53.05, que adjunta el Informe N° 1269-2022-EF/53.05 de la Dirección de Gestión de Pensiones de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, se señala que la Comisión Especial reactivada por la Duodécima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, ha cumplido con remitir su Informe Final dentro del plazo de ciento veinte (120) días hábiles, el cual además, contiene la información mínima requerida en la Resolución Directoral N° 0001-2022-EF/53.01, que aprueba las “Normas complementarias para el funcionamiento de la Comisión Especial encargada de evaluar y cuanti fi car la devolución de los montos descontados de la boni fi cación a que se re fi ere el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 037-94”; por lo que resulta válido emitir el decreto supremo que aprueba la transferencia de los recursos; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 1 787 320,00 (UN MILLÓN SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES), a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Duodécima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; y, en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1.- Objeto1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022,