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19 NORMAS LEGALES Jueves 1 de diciembre de 2022 El Peruano / hasta por la suma de S/ 1 787 320,00 (UN MILLÓN SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES), a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, para fi nanciar la devolución de los montos que los pliegos presupuestarios hubieran descontado respecto a la boni fi cación a la que se re fi ere el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 037-94, en el marco de lo establecido en la Duodécima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 1 787 320,00 =========== TOTAL EGRESOS 1 787 320,00 =========== A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGOS : Gobierno NacionalFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 921 094,00 SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos RegionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 836 041,00 PLIEGOS : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 30 185,00 =========== TOTAL EGRESOS 1 787 320,00 =========== 1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego, se detallan en el Anexo “Transferencia de Partidas a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales”, que forma parte integrante del presente decreto supremo, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente decreto supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente decreto supremo. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que se refi ere el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República KURT BURNEO FARFÁN Ministro de Economía y Finanzas 2130923-2 Designan Jefe de la Oficina de Normalización Previsional - ONP RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 018-2022-EF Lima, 30 de noviembre de 2022CONSIDERANDO: Que, la O fi cina de Normalización Previsional – ONP es un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Economía y Finanzas; Que, mediante Resolución Suprema Nº 016-2021-EF se designa al señor Walter Efraín Borja Rojas como Jefe de la O fi cina de Normalización Previsional – ONP; Que, el señor Walter Efraín Borja Rojas ha presentado su renuncia al referido puesto, por lo que resulta necesario aceptarla, y designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Estatuto de la O fi cina de Normalización Previsional, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-95-EF; y, en el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Walter Efraín Borja Rojas al puesto de Jefe de la Ofi cina de Normalización Previsional – ONP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Luis Guillermo Grimaldo Parra Casas en el puesto de Jefe de la O fi cina de Normalización Previsional – ONP. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República KURT BURNEO FARFÁN Ministro de Economía y Finanzas 2130923-8