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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (06/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 78

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Martes 6 de diciembre de 2022 El Peruano / sede judicial; así como la propuesta para la fecha de puesta a producción e inauguración, en el marco de lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 000154- 2022-CE-PJ, que aprueba la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la citada especialidad en las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Lima, La Libertad, Lambayeque y Lima Norte. Segundo. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000039-2021-CE-PJ amplió el plazo de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico para el periodo 2021-2023, de conformidad a lo sustentado en el Informe N° 001-2021-ST-CT-EJE-PJ, elaborado por la Secretaria Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, documento en el cual se veri fi ca las acciones ejecutadas y el avance en el cumplimiento de las metas programadas en el correspondiente Plan Operativo Institucional (POI), permitiendo incorporar nuevos servicios en bene fi cio de los justiciables y de los órganos jurisdiccionales, con la fi nalidad de facilitar la labor jurisdiccional, brindar funcionalidad al trabajo remoto de jueces/zas y servidores/as; así como facilitar el acceso a la justicia a las partes procesales, permitiendo tener procesos transparentes, seguros y céleres. Tercero. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000024-2022-CE-PJ, aprobó el “Plan Anual de Actividades 2022 de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico - EJE”, el cual comprende acciones organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de las Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos jurisdiccionales y administrativos; y II) E fi caz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial. Cuarto. Que, la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación al mes de octubre de 2022, a través de su Secretaría Técnica, ha venido desarrollando actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en treinta y cinco Cortes Superiores de Justicia, concretado en quinientos trece órganos jurisdiccionales que ya disponen de los bene fi cios del expediente judicial electrónico, en las especialidades Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo, Contencioso Administrativo subespecialidades Tributario, Aduanero y Temas de Mercado, Civil sub especialidad Comercial y Oralidad Civil, Familia subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar; así como, Penal en la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada para la etapa intermedia. Quinto. Que, en cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 000154-2022-CE-PJ, la Secretaria Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico ha elaborado el Informe N° 065-2022-ST-CT-EJE-PJ, teniendo como sustento los O fi cios Nros. 001411, 001716 y 002091-2022-GI-GG-PJ de la Gerencia de Informática de la Gerencia General, mediante los cuales se informa respecto a las acciones de implementación del Expediente Judicial Electrónico en la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes en la Corte Superior de Justicia de Arequipa, para su puesta a producción. Por su parte, la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General mediante O fi cio N° 000170-2022-GSJR-GG-PJ remite el documento denominado Diagnóstico Situacional en el marco de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) en la Corte Superior de Justicia de Arequipa, el cual contiene la propuesta de órganos jurisdiccionales a considerarse en la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la mencionada Corte Superior para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes; así como la conformación de la Mesa de Partes Física para la atención de ingresos de documentos en los órganos jurisdiccionales de la citada propuesta, manifestando que se propone una ventanilla con dos estaciones de trabajo para la Sede Palacio de Justicia, una ventanilla con una estación de trabajo para la Sede Judicial de Camaná la cual recibirá también los documentos para el órgano jurisdiccional ubicado en la Sede Casa de la Justicia de Camaná, una ventanilla con una estación de trabajo para la Sede Acarí, una ventanilla con una estación de trabajo para la Sede del Módulo Básico de Justicia de Aplao, una ventanilla con una estación de trabajo para la Sede del Módulo Básico de Justicia de Caravelí, una ventanilla con una estación de trabajo para la Sede Cayma, una ventanilla con una estación de trabajo para la Sede Centro Cívico 15 de Agosto, una ventanilla con una estación de trabajo para la Sede Cerro Colorado, una ventanilla con una estación de trabajo para la Sede Chivay, una ventanilla con una estación de trabajo para la Sede Chuquibamba, una ventanilla con una estación de trabajo para la Sede Cotahuasi, una ventanilla con una estación de trabajo para la Sede del Módulo Básico de Justicia de Jacobo Hunter, una ventanilla con una estación de trabajo para la Sede Majes - Módulo Civil, una ventanilla con una estación de trabajo para la Sede Mariano Melgar, una ventanilla con una estación de trabajo para la Sede Orcopampa, una ventanilla con una estación de trabajo para la Sede La Joya, una ventanilla con una estación de trabajo para la Sede Mollendo; y una ventanilla con una estación de trabajo para la Sede del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; debiéndose precisar que las primeras acciones para su ejecución, priorizarán el uso de la Mesa de Partes Electrónica para la presentación de demandas y escritos. Sexto. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa mediante O fi cio N° 001975-2022-P-CSJAR-PJ da conformidad a la propuesta del alcance para la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes; y mediante O fi cio N° 001976-2022-P-CSJAR-PJ formaliza la solicitud de implementación del Expediente Judicial Electrónico en la citada especialidad en su respectiva Corte Superior, y propone como fecha de entrada en funcionamiento del Expediente Judicial Electrónico el día 12 de diciembre del presente año, y como fecha para la inauguración el 16 de diciembre del año en curso. Sétimo. Que, con fecha 24 de noviembre de 2022 se llevó a cabo la reunión de trabajo para la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la citada especialidad de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, con la participación de la Presidencia y funcionarios de la sede judicial, Presidencia de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Gerencia de Informática, Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación y la Secretaría Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, observando que respecto al Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio de Jacobo Hunter al ser de turno cerrado se le podría dar las funcionalidades del expediente judicial electrónico si recibiera carga procesal electrónica por redistribución de otros órganos jurisdiccionales que aplicarían el EJE, en referencia a la Resolución Administrativa Nº 000326-2022-CE-PJ. Octavo. Que, existiendo la necesidad de continuar con las implementaciones del Expediente Judicial Electrónico como herramienta de transformación digital y medida inmediata de dar sostenibilidad al acceso a la justicia; y estando en ejecución las actividades correspondientes al Plan Operativo Institucional del Expediente Judicial Electrónico y Plan de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, se propone continuar la implementación del Expediente Judicial Electrónico - EJE en la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes en la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Noveno. Que, el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1460- 2022 de la quincuagésima tercera sesión del Consejo