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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (07/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de diciembre de 2022 El Peruano / Que, el literal b) del artículo 26 del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2005-AG, señala que la Dirección de Sanidad Vegetal tiene entre sus funciones la de establecer, mediante resolución, los requisitos fi tosanitarios aplicables a los procesos de ingreso al país y tránsito internacional, de plantas, productos vegetales u otros artículos reglamentados; Con la visación del Director General de la O fi cina de Asesoría Jurídica y del Director de la Subdirección de Cuarentena Vegetal; SE RESUELVE: Artículo 1.- MODIFICAR el literal b. del artículo 1 de la Resolución Directoral-0018-2022-MIDAGRI-SENASA-DSV, el cual queda redactado con el siguiente texto: “[…] b. El envío vendrá acompañado de un certi fi cado fi tosanitario o fi cial del país de origen y/o procedencia en el que se consigne como declaración adicional, lo siguiente: Países Declaración adicional Mancomunidad de Australia, República de Chile, República Popular China, República Popular Democrática de Corea, República de Corea, Estados Unidos de América, República Francesa, República de Guatemala, República de la India, Estado de Israel, República Italiana, Estado del Japón, República de Kenia, Reino de Marruecos, Estados Unidos Mexicanos, Nueva Zelanda, República Islámica de Pakistán, República de Sudáfrica, Reino de Tailandia, Taiwán, República Unida de Tanzania y República de Turquía.b.1. Las semillas proceden de plantas madres o fi cialmente inspeccionadas por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) del país de origen durante el periodo de crecimiento activo del cultivo y mediante análisis de laboratorio han sido encontradas libres de: Xanthomonas vesicatoria (indicar método de diagnóstico utilizado);O, b.2. Las semillas fueron analizadas mediante diagnóstico molecular de PCR (siglas en inglés de Reacción en Cadena de la Polimerasa), encontrándose libres de Xanthomonas vesicatoria ; O,b.3. Las semillas fueron analizadas utilizando el método ISHI (International Seed Health Initiative) de la ISF (International Seed Federation) y se encuentran libres de Xanthomonas vesicatoria . República Federal de Alemania, Países Bajos, Reino de Dinamarca, República Democrática Popular Lao, República Socialista de Vietnam, Estado Plurinacional de Bolivia y República de Letonia.Sin declaración adicional. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral en el portal institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/senasa), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSUÉ CARRASCO VALIENTE Director GeneralDirección de Sanidad VegetalServicio Nacional de Sanidad Agraria 2132665-3 Designan Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 443-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE Lima, 6 de diciembre de 2022VISTO: El Informe N° 284-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/UGRH emitido por la Unidad de Gestión de Recursos Humanos; y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 264-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE se designó a partir del 16 de setiembre de 2022, al señor MIGUEL ANGEL FLORES BAZAN en el cargo de Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de con fi anza; Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 431-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE no se aceptó la renuncia presentada por el señor MIGUEL ANGEL FLORES BAZAN como Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, rati fi cando su designación en el cargo; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación efectuada al señor MIGUEL ANGEL FLORES BAZAN en el cargo de Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, y designar al profesional que desempeñará dicho cargo; Que, mediante documento de visto, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos informa que de la revisión y evaluación del currículum vitae descriptivo y documentos sustentatorios, se concluye que el señor JULIO CESAR ANTONIO DESME BRUMMERT cumple con los requisitos para ser designado en el cargo Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica, conforme a la normativa vigente; Que, con el objeto de garantizar las actividades del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, resulta necesaria efectuar la designación del señor JULIO CESAR ANTONIO DESME BRUMMERT en el cargo de Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica; Que, de conformidad con las facultades otorgadas a esta Dirección Ejecutiva en el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 137-2021-MIDAGRI y modi fi catorias; Contando con el visto de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR con e fi cacia anticipada al 05 de diciembre de 2022 al señor JULIO CESAR ANTONIO DESME BRUMMERT en el cargo Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de con fi anza. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ROGELIO JAVIER HUAMANI CARBAJAL Director EjecutivoPrograma de Desarrollo Productivo Agrario Rural -AGRO RURAL 2132465-1 Designan Jefe de la Sub Unidad de Siembra y Cosecha de Aguas de la Unidad de Cadena de Valor Agroforestal, Forestal y Silvopastoril del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 445-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE Lima, 6 de diciembre de 2022