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61 NORMAS LEGALES Martes 13 de diciembre de 2022 El Peruano / Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del Tributo y Distribución Domiciliaria de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, establecido para el 2021 mediante la Ordenanza Nº 301-MDL, rati fi cada mediante Acuerdo de Concejo Nº 433-MML. De esta manera, se mantiene en S/. 4.80 (Cuatro y 80/100 soles), el monto anual que deberán abonar los contribuyentes, como pago por derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del Tributo y Distribución Domiciliaria de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del 2023; correspondiendo S/.1.20 (Uno y 20/100 soles), por cada predio o anexo adicional. El monto del derecho se abonará conjuntamente con la primera cuota del Impuesto Predial del ejercicio 2023. Artículo 2º.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del 1º de Enero del año 2023, previa publicación del texto íntegro de la misma en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme al marco legal vigente. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica la publicación de la misma en el Portal Institucional de la Municipalidad de Lurigancho y en el Portal de Transparencia Estándar - PTE. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia Rentas y demás unidades orgánicas que tengan implicancia directa con la presente ordenanza, su irrestricto cumplimiento. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Y FINAL Única.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la adecuación de la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.VICTOR A. CASTILLO SANCHEZ Alcalde 2133494-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 293-2022-MDP/C, que regula de manera extraordinaria y excepcional la expedición de la constancia de posesión, visación de planos para los servicios básicos DECRETO DE ALCALDÍA N° 018-2022-MDP/A Pachacámac, 12 de diciembre del 2022 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC VISTO: El Informe N° 086-2022-MDP/GDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano sobre la prórroga de la Ordenanza Municipal N° 293-2022-MDP/C que regula de manera extraordinaria y excepcional la expedición de la constancia de posesión, visación de planos para los servicios básicos; y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la ley N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972 establece que “Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la faculta de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico”. Que, el Artículo 42º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, indica que “Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”. Que, con Ordenanza Municipal N° 293-2022-MDP/C, se regula de manera extraordinaria y excepcional la expedición de la constancia de posesión, visación de planos para los servicios básicos, cuyo objeto es facilitar el acceso a los pobladores y familias de baja calidad de vida que forman parte de la jurisdicción del distrito de Pachacámac a los servicios básicos de energía eléctrica, agua y desagüe; garantizando la protección y el mejoramiento de vida del ser humano, para su desarrollo y el progreso de las poblaciones asentadas ubicadas en posesiones informales. Que, de conformidad con la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza N° 293-2022-MDP/C, se faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía emita los dispositivos necesarios para su mejor aplicación y de ser el caso ampliar la vigencia de la Ordenanza. En este sentido, a través del Decreto de Alcaldía Nº 015-2022-MDP/A, se prorrogó por 30 días calendarios la vigencia de dicha Ordenanza. Que, mediante Informe N° 086-2022-MDP/GDU, la Gerencia de Desarrollo Urbano pone a conocimiento de la Secretaria General la necesidad de prorrogar la Ordenanza 293-2022-MDP/C hasta por 20 días calendario contabilizados desde el vencimiento de la prorroga dispuesta por el Decreto de Alcaldía Nº 015-2022-MDP/A. Asimismo, indica que la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro aún tiene pendiente de evaluación diversos actos administrativos donde se solicita la verifi cación de coordenadas de diversas asociaciones que buscan el reconocimiento municipal como primer paso para iniciar el proceso de visación de planos para servicios básicos. Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 42° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 293-2022-MDP/C, por 20 días calendario contabilizados desde el vencimiento de la prorroga dispuesta por Decreto de Alcaldía Nº 015-2022-MDP/A, conforme a los fundamentos expuestos en el presente Decreto. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Desarrollo Urbano y sus unidades dependientes en lo que resulte aplicable. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac: www. munipachacamac.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GUILLERMO ELVIS POMEZ CANO Alcalde 2133449-1