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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (14/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de diciembre de 2022 El Peruano / UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 13 177 910,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 13 177 910,00 =========== 1.2 El detalle de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentra en el Anexo “Transferencia de Partidas a favor de la Reserva de Contingencia, con cargo a los recursos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial el Peruano. Artículo 2.- Autorización de Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 13 177 910,00 (TRECE MILLONES CIENTO SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, para fi nanciar la ejecución de planes de negocio a nivel nacional, asociados a la reactivación económica, en el marco de lo dispuesto en el numeral 2 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 13 177 910,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 13 177 910,00 ============ A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 013 : Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego UNIDAD EJECUTORA 012 : Programa de Compensaciones para la Competitividad PROGRAMA PRESUPUESTAL 0121 : Mejora de la Articulación de Pequeños Productores al Mercado PRODUCTO 3000825 : Productores Agropecuarios Mejoran sus Capacidades Comerciales Gestionando Empresarialmente hacia el Mercado ACTIVIDAD 5005111 : Asesoramiento Técnico y Financiamiento a las Organizaciones de Productores para la Formulación de los Instrumentos de Gestión de Financiamiento Reembolsable o no Reembolsable FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.5 Otros Gastos 13 177 910,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 13 177 910,00 ============Artículo 3.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 3.1 El Titular del pliego habilitador en la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del artículo 1, así como el Titular del pliego habilitado en la Transferencia de Partidas autorizada en el artículo 2, aprueban mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 y el artículo 2 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 3.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 3.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de las Transferencias de Partidas a que hacen referencia el numeral 1.1 del artículo 1 y el artículo 2 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- RefrendoEl presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil veintidós. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRAPresidenta de la República ALEX CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2133986-1 Aprueban Contratación de empresa como Gestor del Fondo Bursátil en el marco del Programa “Issuer Driven ETF” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 279-2022-EF/52 Lima, 13 de diciembre del 2022 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 324-2020- EF/52, se aprueba el Reglamento Operativo de Fondos Bursátiles (Exchange Traded Funds - ETFs), cuyo objeto es establecer disposiciones relativas a la implementación y funcionamiento de los mencionados fondos bursátiles, que se diseñen y estructuren conjuntamente con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), en el marco del Programa “Issuer-Driven ETF” desarrollado para Perú, conforme a los acuerdos celebrados entre el citado banco y el Ministerio de Economía y Finanzas, en representación de la República del Perú; Que, el acotado Reglamento Operativo en el literal e) de su artículo 4, de fi ne como “Gestor del Fondo” al gestor especializado en fondos mutuos facultado por la Superintendencia del Mercado de Valores para inscribir y administrar Fondos Bursátiles, en línea con el Programa “Issuer-Driven ETF” y la regulación peruana aplicable; Que, mediante Resolución Ministerial N° 361-2021- EF/52, se aprueba el documento denominado “Estrategia de Gestión Integral de Activos y Pasivos 2022 - 2025”, el