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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (14/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de diciembre de 2022 El Peruano / transfi ere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se transfi rieron dichos recursos; Que, respecto de las enfermedades de alto costo de atención, el artículo 31 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, establece que si bien este tipo de enfermedades no están incluidas en el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud - PEAS, pueden ser fi nanciadas para la población bajo el régimen subsidiado y semicontributivo por el FISSAL, y que el listado de las enfermedades que serán aseguradas deberá ser de fi nido previamente por el Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 325-2012/ MINSA, se aprueba el Listado de Enfermedades de Alto Costo de Atención (LEAC), estableciéndose además que los gastos generados por la atención de las enfermedades de alto costo de atención serán fi nanciados por la Unidad Ejecutora 002 del Seguro integral de Salud – Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL, de conformidad a lo previsto en la Ley N° 29761, Ley de Financiamiento Público de los Regímenes subsidiado y semicontributivo del Aseguramiento Universal en Salud; Que, a través de la Resolución Jefatural N° 093- 2015/SIS, se aprueba el Listado de Procedimientos de Alto Costo (LPAC) y con Resolución Ministerial N° 230-2020-MINSA se aprueba el Documento Técnico: Listado de Enfermedades Raras o Huérfanas (LERH) ; Que, el Seguro Integral de Salud, el Fondo Intangible Solidario de Salud y las Direcciones de Redes Integradas de Salud (DIRIS), Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y los Gobiernos Regionales (GORES) han suscrito convenios para el periodo 2022-2024, con el objeto de brindar y fi nanciar las prestaciones de salud y administrativas de los asegurados SIS; Que, a través del Informe N° 013-2022-SIS-FISSAL/ DIF-CRRM con Proveído N° 467-2022-SIS-FISSAL/DIF, la Dirección de Financiamiento de Prestaciones de Alto Costo – DIF del FISSAL concluye que, para asegurar la atención de los asegurados SIS y en el marco del convenio suscrito entre el SIS, el FISSAL, los Gobiernos Regionales, las Direcciones de Redes Integradas de Salud y las IPRESS públicas para el año 2022, se propone una transferencia fi nanciera, correspondiente al calendario diciembre 2022, por el importe de S/ 1 896 669,00 (Un millón ochocientos noventa y seis mil seiscientos sesenta y nueve y 00/100 Soles), para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y administrativas brindadas a los asegurados al SIS con cobertura FISSAL; Que, mediante el Informe N° 080-2022-SIS-FISSAL/ OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto - OPP del FISSAL emite opinión favorable y a través del Memorando N° 777-2022-SIS-FISSAL/OPP otorga la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 872, hasta por la suma de S/ 1 896 669,00 (Un millón ochocientos noventa y seis mil seiscientos sesenta y nueve y 00/100 Soles) para la transferencia fi nanciera correspondiente al calendario diciembre 2022 programada por la DIF del FISSAL y destinada al fi nanciamiento de las prestaciones de salud y administrativas brindadas a los asegurados SIS con cobertura FISSAL; Que, mediante Informe Nº 143-2022-SIS-FISSAL/ OAJ-JAVD con Proveído N° 143-2022-SIS-FISSAL/OAJ, el Director Ejecutivo de la O fi cina de Asesoría Jurídica - OAJ del FISSAL señala que la propuesta de transferencia fi nanciera cuenta con la correspondiente conformidad presupuestal emitida por la OPP del FISSAL, por lo cual recomienda que sea remitida a la Jefatura del Seguro Integral de Salud para su aprobación; Que, a través del Ofi cio N° 1675-2022-SIS-FISSAL/J, la Jefa (e) del FISSAL solicita la aprobación de la propuesta de transferencia fi nanciera correspondiente al calendario diciembre 2022, conforme al detalle del Anexo N° 1 “Pliego 135 – Seguro Integral de Salud – Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios - Calendario Diciembre 2022 - Financiamiento de Prestaciones de Salud – Mecanismo de Pago por Prestación”, y del Anexo N° 2 “Pliego 135 – Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud - Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios - Calendario Diciembre 2022 - Financiamiento de prestaciones administrativas (por expediente) de procedimientos especiales tercerizados y subcomponente prestacional” que adjuntan, a través de la correspondiente resolución; Que, mediante Memorando N° 001147-2022-SIS/ OGPPDO, el Director General (e) de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional hace suyo el Informe N° 000089-2022-SIS/OGPPDO, emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal para continuar con el trámite de aprobación de la transferencia fi nanciera solicitada por la Unidad Ejecutora 002 FISSAL – calendario Diciembre 2022, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, hasta por un monto de S/ 1 896 669,00 (Un millón ochocientos noventa y seis mil seiscientos sesenta y nueve y 00/100 Soles); Que, a través del Informe Legal N° 000595-2022- SIS/OGAJ, el Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del SIS, sobre la base de lo opinado por los órganos técnicos del FISSAL y del SIS, considera que resulta viable que el Jefe del SIS, en su condición de Titular del Pliego, emita la resolución jefatural que apruebe la transferencia fi nanciera a favor de las unidades ejecutoras detalladas por el FISSAL en los Anexos N° 1 y 2, adjuntos al Ofi cio N° 1675-2022-SIS-FISSAL/J, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y administrativas que se brinden a los asegurados SIS con cobertura FISSAL, de conformidad con lo establecido en el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2022; Con el visto de la Jefa (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud, del Director General (e) de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2022, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL hasta por la suma de S/ 1 896 669,00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo N° 1 “Pliego 135 – Seguro Integral de Salud – Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios - Calendario Diciembre 2022 - Financiamiento de Prestaciones de Salud – Mecanismo de Pago por Prestación” y en el Anexo N° 2 “Pliego 135 – Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud - Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios - Calendario Diciembre 2022 - Financiamiento de prestaciones administrativas (por expediente) de procedimientos especiales tercerizados y subcomponente prestacional”, que forman parte integrante de la presente resolución, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y administrativas, en el marco de los Convenios suscritos para el año 2022. Artículo 2.- Los recursos a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus Anexos N° 1 y N°2 en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud, el mismo día de la publicación de la resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CIRO ABEL MESTAS VALERO Jefe del Seguro Integral de Salud 2133661-1