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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (15/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Jueves 15 de diciembre de 2022 El Peruano / De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo N° 1297, Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos, en su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 001-2018-MIMP; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Padrón de Bene fi ciarios de Subvención Económica por Acogimiento Familiar (PB-SEAF) correspondiente al mes de noviembre de 2022 y el monto total por concepto de subvención económica, el cual asciende S/ 75 233,00 (SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES Y 00/100 SOLES), cuya distribución se detalla en el PB-SEAF, que como anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución Ministerial y su anexo sean publicados en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GRECIA ELENA ROJAS ORTIZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2133814-1 Aprueban Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Defensa, para financiar actividades de apoyo efectuadas por las Fuerzas Armadas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 356-2022-MIMP Lima, 14 de diciembre de 2022VISTOS, los Memorándums N° D000638-2022-MIMP- OGA y N° D000659-2022-MIMP-OGA y los Informes N° 001-2022-MIMP-OGA-AFDA y N° 002-2022-MIMP- OGA-AFDA de la O fi cina General de Administración; el Memorándum N° D000041-2022-MIMP-OP de la O fi cina de Planeamiento; el Informe N° D000445-2022-MIMP-PRE de la O fi cina de Presupuesto; el Memorándum N° D000938- 2022-MIMP-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° D000304-2022-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO:Que, la Trigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, así como el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31538, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de los gastos asociados a la emergencia sanitaria producida por la COVID-19, la reactivación económica y otros gastos de las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, y dicta otras medidas, disponen la asignación de recursos a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa para fi nanciar el apoyo que brinden, mediante transporte aéreo, terrestre y fl uvial, de pasajeros y/o de bienes, valores y/o suministros, las Fuerzas Armadas (FFAA) a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, que permitan un mejor cumplimiento de sus funciones; Que, el numeral 11.5 del artículo 11 de la Ley N° 31538 establece que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales que soliciten el apoyo de las Fuerzas Armadas para el transporte aéreo, terrestre y fl uvial de pasajeros y/o de bienes, valores y/o suministros que permitan un mejor cumplimiento de sus funciones, deben transferir recursos a favor del Ministerio de Defensa de forma posterior al apoyo brindado, hasta por la suma que les sea comunicada por dicho Ministerio; Que, el numeral 11.6 del artículo 11 de la citada Ley dispone que, para efectos de lo señalado en el numeral 11.5, las entidades del Gobierno Nacional quedan autorizadas a realizar transferencias fi nancieras a favor del Ministerio de Defensa, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público. Dichas transferencias fi nancieras se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, publicándose en el diario o fi cial El Peruano; Que, en mérito de lo antes señalado, con O fi cio N° 04893-2022-MINDEF/SG la Secretaría General del Ministerio de Defensa comunica a la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) que, de acuerdo a lo informado por la Marina de Guerra del Perú, el costo del servicio de apoyo brindado al MIMP el día 8 de agosto de 2022 asciende a S/ 12 525,28 (DOCE MIL QUINIENTOS VEINTICINCO Y 28/100 SOLES) y solicita se disponga a quien corresponda la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa del monto antes señalado, en el marco de lo establecido el numeral 11.5 del artículo 11 de la Ley N° 31538; Que, con Memorándum N° D000638-2022-MIMP- OGA, complementado con el Memorándum N° D000659-2022-MIMP-OGA, la O fi cina General de Administración en atención al Informe N° 001-2022-MIMP-OGA-AFDA, complementado con el Informe N° 002-2022-MIMP-OGA-AFDA, considera procedente la transferencia fi nanciera a favor del Ministerio de Defensa por la suma de S/ 12 525,28 (DOCE MIL QUINIENTOS VEINTICINCO Y 28/100 SOLES) con cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, mediante Memorándum N° D000938-2022- MIMP-OGPP la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° D000445-2022-MIMP-PRE de la O fi cina de Presupuesto, el cual señala, entre otros aspectos, que de la revisión efectuada al Presupuesto Institucional Modi fi cado de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables se advierte que se cuenta con el marco presupuestal disponible en el presente año fi scal hasta por el importe de S/ 12 526,00 (DOCE MIL QUINIENTOS VEINTISEIS Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios (meta presupuestal 0098), por lo que emite opinión técnica favorable para la Transferencia Financiera del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables al Pliego 026: Ministerio de Defensa hasta por el importe de S/ 12 525,28 (DOCE MIL QUINIENTOS VEINTICINCO Y 28/100 SOLES) para fi nanciar las actividades de apoyo efectuadas por las Fuerzas Armadas, relacionadas a los vuelos realizados por la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y comitiva, en cumplimiento de sus funciones; Que, mediante Informe N° D000304-2022-MIMP- OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco de la normativa indicada y considerando lo señalado por la Ofi cina General de Administración y la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, estima legalmente procedente la emisión de la presente resolución; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina General de Administración y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; en la Ley N° 31538, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de los gastos