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53 NORMAS LEGALES Viernes 16 de diciembre de 2022 El Peruano / (…) Artículo 31.- Supuestos de modi fi cación de licencia institucional 31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional pueden solicitar a la Sunedu su modi fi cación, en los siguientes escenarios: (a) creación de fi lial, (b) creación de local, (c) creación de programa conducente a grados y títulos, (d) cambio de denominación y/o creación de mención, (e) cambio de modalidad; y, (f) cambio de locación. 6 Aprobado por Decreto Supremo N° 003-2016-MINEDU, modi fi cado por la Resolución Ministerial N° 459-2017-MINEDU, la Resolución de Consejo Directivo N° 003-2019-SUNEDU/CD, el Decreto Supremo N° 010-2020-MINEDU, la Resolución del Consejo Directivo N° 122-2020-SUNEDU/CD y la Resolución de Consejo Directivo N° 132-2022-SUNEDU/CD. 7 Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU-CD, modi fi cado -entre otras- por la Resolución del Consejo Directivo N° 086-2022-SUNEDU. (…) Artículo 31.- Supuestos de modi fi cación de licencia institucional 31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional, pueden solicitar a la Sunedu la modi fi cación en los siguientes escenarios: (…) c) Creación de programas conducente a grados y títulos. - Si se pretende crear un programa conducente a grados y títulos que va a ser ofrecido en locales autorizados en la licencia institucional. Son aplicables los requisitos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 11, 12, 13, 16, 17, 18, 21, 22, 26 y 27, establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento. (…) 8 Publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 20 de agosto de 2022. 9 RTD N° 048460-2022-SUNEDU-TD. 10 Referida a los programas de estudios de: (i) Maestría en Gestión Pública; y (ii) Maestría en Ingeniería y Gestión Ambiental. 11 RTD N° 053466-2022-SUNEDU-TD. 12 RTD N° 056898-2022-SUNEDU-TD 13 RTD N° 058147-2022-SUNEDU-TD 14 Suscrita el 8 de noviembre de 2022. 15 Suscrita 9 de noviembre de 2022. 16 RTD N° 060021-2022-SUNEDU-TD. 17 RTD N° 060246-2022-SUNEDU-TD. 18 Las referidas reuniones se realizaron los días: 12 y 24 de octubre y 7 y 11 de noviembre de 2022. 19 Referida a los programas de estudios de: (i) Maestría en Gestión Pública; y (ii) Maestría en Ingeniería y Gestión Ambiental. 2134243-1 Aprueban las modificaciones de licencia institucional solicitadas por la Universidad San Ignacio de Loyola S.A. RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 136-2022-SUNEDU/CD Lima, 14 de diciembre de 2022VISTOS:Las Solicitudes de Modi fi cación de Licencia Institucional (en adelante, SMLI) con Registro de Trámite Documentario (en adelante, RTD) ) N° 036198-2022-SUNEDU-TD del 4 de julio de 2022 y RTD N° 044047-2022-SUNEDU-TD del 19 de agosto de 2022, presentadas por la Universidad San Ignacio de Loyola S.A. (en adelante, Universidad); y, los Informes Técnicos de Modi fi cación de Licencia N° 054-2022-SUNEDU-02-12 y N° 056-2022-SUNEDU-02-12 del 6 de diciembre de 2022 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic). CONSIDERANDO: 1. Antecedentes De acuerdo con el artículo 13 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria), la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu) es responsable del licenciamiento para el servicio educativo superior universitario, entendiéndose el licenciamiento como el procedimiento administrativo que tiene como objetivo veri fi car el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento. El numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Universitaria, establece que la Sunedu es la autoridad competente para aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades, fi liales, facultades, escuelas y programas de estudio conducentes a grado académico. El Capítulo IV del “Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional”, aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD 1 (en adelante, Reglamento de Licenciamiento), regula el procedimiento de modi fi cación de la licencia institucional que permite a la Sunedu veri fi car y garantizar que la modi fi cación solicitada no incida negativamente en las CBC que la Universidad acreditó a nivel institucional. Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 039-2017-SUNEDU/CD del 6 de octubre de 2017, publicada el 8 de octubre de 2017 en el diario o fi cial “El Peruano”, se otorgó a la Universidad la licencia institucional para ofrecer el servicio educativo superior, con una vigencia de seis (6) años. De acuerdo con la licencia otorgada, sus modi fi caciones y recti fi cación 2, la Universidad puede ofrecer el servicio educativo superior universitario en sus cinco (5) locales, ubicados en la provincia y departamento de Lima 3, cuya sede (SL01) está ubicada en Av. La Fontana N° 550, distrito de La Molina. Además, se reconoció que su oferta educativa está compuesta por ciento cuatro (104) programas académicos, de los cuales sesenta y ocho (68) conducen a grado académico de bachiller y título profesional, treinta y uno (31) a grado académico de maestro, cuatro (4) a grado académico de doctor, y uno (1) al de segunda especialidad. Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD del 22 de julio de 2019, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 23 de julio de 2019, entre otros, se modi fi có los artículos 15, 26, 27 y 28 e incorporó los artículos 29, 30 y 31 del Reglamento de Licenciamiento. Asimismo, estableció los escenarios para la modi fi cación de licencia institucional 4, consignando los requisitos aplicables a cada uno de ellos, y desarrolló los principios de razonabilidad, sostenibilidad y mejora, y riesgo de incumplimiento, para la evaluación de los indicadores de las CBC aplicables. Al respecto, el numeral 28.1 del artículo 28 del Reglamento de Licenciamiento señala que el procedimiento de modi fi cación de licencia institucional se rige por las reglas del procedimiento de licenciamiento institucional, a excepción de lo previsto en los artículos 6, 7, 8, 11, 12, 14, 15, 17, 18 y 21. Asimismo, los numerales 5, 7 y 8 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Sunedu 5 y los literales c), e) y f) del numeral 31.1 del artículo 31 del referido Reglamento, establecen como supuesto de modi fi cación de licencia institucional, la creación de programas conducentes a grados y título, el cambio de modalidad y el cambio de locación de programas conducentes a grados y títulos 6. Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 105-2020-SUNEDU/CD del 24 de agosto de 2020, publicada en el diario o fi cial “El Peruano”, el 25 de agosto de 2020, se aprobó el “Modelo de Licenciamiento de programas en las modalidades semipresencial y a distancia”, e incorporó los numerales 31.5, 31.6, 31.7, al artículo 31; así como los numerales 40.5, 40.6 y 40.7 al artículo 40 de Reglamento de Licenciamiento. Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 086-2022-SUNEDU del 19 de agosto de 2022 7, se modi fi có el Reglamento de Licenciamiento, suprimiéndose requisitos de admisibilidad para los diversos escenarios de modi fi cación de licencia y se modi fi có el numeral 30.1 del artículo 30; los numerales 31.1, 31.5, 31.6 y 31.7 del artículo 31; y, el numeral 40.6 del artículo 40. El 4 de julio de 2022, mediante O fi cio N° 036-2022-RECTORADO-USIL 8, la Universidad presentó una SMLI, en medio digital, ante la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario de la Sunedu, solicitando: i) el cambio de modalidad de cinco (5)