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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (16/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 64

64 NORMAS LEGALES Viernes 16 de diciembre de 2022 El Peruano / VISTO: El O fi cio N° 001437-2022-P-CSJHU-PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica. CONSIDERANDO:Primero. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica mediante O fi cio N° 001437-2022-P-CSJHU-PJ, pone en conocimiento de este Órgano de Gobierno que debido a la coyuntura actual, la infraestructura de la sede Central y la sede Chancas han sido dañadas; hecho que ha generado la imposibilidad de realizar trabajo remoto por parte de los jueces, juezas, personal jurisdiccional y administrativo, ya que los servicios de VPN han sido afectados, conforme se puede apreciar del o fi cio presentado por el Administrador del Módulo Penal. En tal sentido, solicita suspender las labores; así como los plazos administrativos y jurisdiccionales en el referido Distrito Judicial. Segundo. Que, estando a lo expuesto, y con el fi n no afectar a los usuarios/as del servicio de justicia; así como proteger los derechos fundamentales a la vida, integridad y salud de usuarios/as, abogados/as, jueces/zas, personal jurisdiccional y administrativo; este Órgano de Gobierno considera pertinente aprobar la propuesta presentada por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica; emitiéndose el acto de administración correspondiente. Tercero. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1496- 2022 de la quincuagésima cuarta sesión continuada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 14 de diciembre de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Suspender, en vía de regularización desde el 13 y hasta el 16 de diciembre de 2022, los plazos procesales y administrativos en los órganos jurisdiccionales y administrativos del Distrito Judicial de Huancavelica. Se mantiene la e fi cacia de los actos jurisdiccionales y administrativos realizados o que se realizarán en dicho periodo. Artículo Segundo.- Suspender, por el referido periodo, las labores jurisdiccionales y administrativas en el Distrito Judicial de Huancavelica; debiéndose garantizar el funcionamiento de órganos jurisdiccionales de emergencia en materias penal, constitucional, familia y otras necesarias, que designará la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, Ministerio Público, Procuraduría Pública del Poder Judicial, Órgano de Control Institucional; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2134619-1Suspenden labores jurisdiccionales y administrativas en el Distrito Judicial de Apurímac CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000432-2022-CE-PJ Lima, 14 de diciembre del 2022VISTO:El O fi cio N° 001379-2022-P-CSJAP-PJ, cursado por la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Apurímac. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000428-2022-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso suspender, del 13 al 16 de diciembre de 2022, los plazos procesales y administrativos en los órganos jurisdiccionales y administrativos del Distrito Judicial de Apurímac, por motivos de seguridad. Segundo. Que, al respecto, la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Apurímac mediante O fi cio N° 001379-2022-P-CSJAP-PJ, pone en conocimiento de este Órgano de Gobierno que en las provincias de Chincheros y Andahuaylas se han provocado daños a la infraestructura de la institución, y similar situación se ha suscitado en la sede principal de la Corte Superior ubicada en la provincia de Abancay, donde las áreas administrativas, órganos jurisdiccionales, archivos; así como las unidades vehiculares y unidades motorizadas han sido afectadas; hechos que han generado la imposibilidad de realizar trabajo remoto por parte de los jueces, juezas y personal jurisdiccional; toda vez que el servicio de VPN ha sido afectado; por lo que, solicita la suspensión de todas las labores jurisdiccionales y administrativas en el referido Distrito Judicial, hasta que se normalice el orden social y se recobre la tranquilidad de pública en la región. Tercero. Que, estando a lo expuesto, y con el fi n no afectar a los usuarios/as del servicio de justicia; así como proteger los derechos fundamentales a la vida, integridad y salud de usuarios/as, abogados/as, jueces/zas, personal jurisdiccional y administrativo; este Órgano de Gobierno considera pertinente aprobar la propuesta presentada por la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Apurímac; emitiéndose el acto de administración correspondiente. Cuarto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1497- 2022 de la quincuagésima cuarta sesión continuada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 14 de diciembre de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez Espinoza y Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Suspender, en vía de regularización desde el 13 y hasta el 16 de diciembre de 2022, las labores jurisdiccionales y administrativas en el Distrito Judicial de Apurímac; debiéndose garantizar el funcionamiento de órganos jurisdiccionales de emergencia en materias penal, constitucional, familia y otras necesarias, que designará la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Apurímac. Artículo Segundo.- Integrar el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 000428-2022-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, cuyo texto será el siguiente: