Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (16/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Viernes 16 de diciembre de 2022 El Peruano / P46 Negocios Internacionales de la modalidad presencial a la modalidad semipresencial. 33 Referido al cambio de locación por ampliación de oferta de tres (3) programas de estudios conducentes a grados y títulos dirigidos a personas con experiencia laboral (CPEL): i) P123 Administración de Empresas, ii) P127 Negocios Internacionales; y iii) P125 Ingeniería Industrial, precisándose que, con respecto a este último el cambio de locación por ampliación de oferta, al local SL01 se efectúa solo para el uso de los laboratorios de dicho local. 34 Creación del programa: Ciencia de Datos (P133), en modalidad a distancia. 35 Referido al cambio de modalidad de la modalidad presencial a la modalidad semipresencial, de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y título, dirigidos a personas con experiencia laboral (CPEL): i) Contabilidad (P129), ii) Ingeniería Empresarial y de Sistemas (P130), iii) Administración y Finanzas (P131), y; iv) Comunicación y Publicidad (P132). 36 Referido al cambio de locación de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y título dirigidos a personas con experiencia laboral (CPEL): i) Contabilidad (P129), ii) Ingeniería Empresarial y de Sistemas (P130), iii) Administración y Finanzas (P131), y; iv) Comunicación y Publicidad (P132). 37 Las referidas reuniones se realizaron los días: 19, 21 de julio, 13 y 15 de septiembre, 10, 11, 14, 17 y 26 de octubre de 2022. 38 Referido a cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y título dirigido a personas con experiencia laboral (CPEL): i) P02 Administración de Empresas de la modalidad presencial a la semipresencial, ii) P36 Ingeniería Industrial de la modalidad presencial a la semipresencial, iii) P44 Marketing y Gestión Comercial de la modalidad presencial a la semipresencial, y; iv) P46 Negocios Internacionales de la modalidad presencial a la de distancia. 39 Referido a tres (3) programas de estudios conducentes a grados y títulos dirigidos a personas con experiencia laboral (CPEL): i) P123 Administración de Empresas, ii) P127 Negocios Internacionales; y iii) P125 Ingeniería Industrial. 40 Creación del programa: Ciencia de Datos (P133), en modalidad a distancia. 41 Referido a cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y título, dirigidos a personas con experiencia laboral (CPEL): i) Contabilidad (P129), ii) Ingeniería Empresarial y de Sistemas (P130), iii) Administración y Finanzas (P131), y; iv) Comunicación y Publicidad (P132). 42 Referido a (4) programas de estudios conducentes a grados y título dirigidos a personas con experiencia laboral (CPEL): i) Contabilidad (P129), ii) Ingeniería Empresarial y de Sistemas (P130), iii) Administración y Finanzas (P131), y; iv) Comunicación y Publicidad (P132). 2134244-1 Modifican diversos Reglamentos y establecen medidas de adecuación y simplificación administrativa aplicables a procedimientos de licenciamiento RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 138-2022-SUNEDU/CD Lima, 14 de diciembre de 2022 VISTOS:El Informe N° 1342-2022-SUNEDU-02-12 de la Dirección de Licenciamiento; y, el Informe N° 861-2022-SUNEDU-03-06 de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu ), como un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, responsable del licenciamiento para el servicio educativo superior universitario, de supervisar la calidad de dicho servicio, y fi scalizar si los recursos públicos y bene fi cios otorgados por ley a las universidades han sido destinados a fi nes educativos y al mejoramiento de la calidad; Que, de acuerdo con el primer párrafo del artículo 13 de la Ley Universitaria, el licenciamiento es entendido como el procedimiento administrativo que tiene como objetivo veri fi car el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC ) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 15.5 del artículo 15 de la Ley Universitaria, una de las funciones de la Sunedu es normar y supervisar las CBC exigibles para el funcionamiento de las universidades, fi liales, facultades, escuelas y programas de estudios conducentes a grado académico, así como revisarlas y mejorarlas periódicamente; Que, en esa línea, el artículo 22 de la Ley Universitaria establece que la Sunedu es la autoridad central de la supervisión de la calidad bajo el ámbito de su competencia, incluyendo el licenciamiento y supervisión de las condiciones del servicio educativo a nivel universitario, en razón de lo cual dicta normas y establece procedimientos para asegurar el cumplimiento de las políticas públicas del Sector Educación en materia de su competencia; Que, mediante Resolución del Consejo Directivo N° 006-2015-SUNEDU/CD del 24 de noviembre de 2015, se aprueba el Modelo de Licenciamiento Institucional, el cual desarrolló las CBC que toda universidad y escuela de posgrado que formaba parte del sistema universitario debía cumplir para ofrecer el servicio educativo superior universitario; Que, por medio de la Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU-CD del 14 de marzo de 2017, se aprueba las “Medidas de Simpli fi cación Administrativa para el Licenciamiento Institucional” y el “Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional” (en adelante, Reglamento de Licenciamiento ), que regula las disposiciones aplicables a los procedimientos de licenciamiento institucional, modi fi cación de licencia, licenciamiento de programas priorizados y renovación de licencia; Que, mediante Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD del 22 de julio de 2019, entre otros, se establecen los escenarios para la modi fi cación de licencia institucional, consignando los requisitos aplicables a cada uno de ellos; Que, asimismo, mediante Resolución del Consejo Directivo N° 105-2020-SUNEDU/CD del 24 de agosto de 2020, se aprueba las Disposiciones para la prestación del servicio educativo superior universitario bajo las modalidades semipresencial y a distancia, el Modelo de Licenciamiento de programas en las modalidades semipresencial y a distancia, e incorpora numerales a los artículos 31 y 40 del Reglamento de Licenciamiento; Que, a través de la Resolución del Consejo Directivo N° 091-2021-SUNEDU/CD, del 02 de setiembre de 2021, se aprueba el “Modelo de Renovación de Licencia Institucional”; y, modi fi ca e incorpora diversos artículos del Reglamento de Licenciamiento; Que, por otro extremo, a través de la Resolución del Consejo Directivo N° 121-2021-SUNEDU/CD, se dispone -entre otros- la suspensión de la obligatoriedad de iniciar un procedimiento de modi fi cación de licencia institucional, en los supuestos en que se pretenda cambiar la modalidad de un programa licenciado a una distinta a la presencial, en los locales ya autorizados para la prestación de estos; Que, en virtud de lo dispuesto en el literal a) del artículo 42 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu (en adelante, ROF), aprobado por Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU y modi fi cado mediante Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU, la Dirección de Licenciamiento es el órgano de línea encargado de formular y proponer las CBC del servicio educativo exigibles para aprobar o denegar la creación y funcionamiento de las universidades, fi liales, facultades, escuelas y programas de estudios conducentes a grado académico y título profesional, así como revisarlas y mejorarlas periódicamente; Que, debido a ello, mediante el Informe N° 1342-2022-SUNEDU-02-12 de fecha 6 de diciembre de 2022, la Dirección de Licenciamiento presenta como propuesta normativa medidas de adecuación y simpli fi cación administrativa aplicables a los procedimientos de licenciamiento, con el objetivo reducir cargas administrativas de las universidades; Que, según lo dispuesto en el literal f) del artículo 22 del ROF, la O fi cina de Asesoría Jurídica tiene entre sus funciones elaborar o participar en la formulación de proyectos normativos y emitir opinión sobre aquellos