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72 NORMAS LEGALES Viernes 16 de diciembre de 2022 El Peruano / Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación. […] SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. De la revisión de los actuados, se advierte que, mediante el O fi cio Nº 1326-2022-GRA/CR, el señor recurrente comunicó al JNE que lo señores concejeros solicitaron su licencia sin goce de haber del 2 de setiembre hasta el 2 de octubre del año en curso, debido a su intención de participar como candidatos en las ERM 2022. 2.2. Dichas licencias fueron concedidas por los miembros del citado consejo regional en la Sesión Ordinaria del 9 de julio de 2022 y formalizado en el Acuerdo Regional Nº 063-2022-GRA/CR-AREQUIPA. 2.3. Sobre el particular, en aplicación de la Resolución Nº 0918-2021-JNE (ver SN 1.6.), el periodo de licencia abarcará desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan treinta (30) días naturales antes de las elecciones, como establece el literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la LEM (ver SN 1.2.). 2.4. En ese sentido, en vista de que las solicitudes de licencia de los señores consejeros cuentan con la aprobación del Consejo Regional de Arequipa, y de acuerdo con lo establecido en la LOGR, la LER y la Resolución Nº 0919-2021-JNE (ver SN 1.3., SN 1.4. y SN 1.7), resulta procedente convocar a don Joel Renán Vera Ayca, identi fi cado con DNI Nº 42126592, accesitario al cargo de consejero regional por la provincia de La Unión, en la lista de la organización política Alianza para el Progreso; a don José Luis Morales Charca, identi fi cado con DNI Nº 29708322, consejero regional no proclamado por la provincia de Caylloma, en la lista de la organización política Fuerza Arequipeña, y a don Edmundo Ernesto Fernández Nina, identi fi cado con DNI Nº 29646287, accesitario al cargo de consejero regional por la provincia de Castilla, en la lista de la organización política Arequipa Transformación. 2.5. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Regionales Electas del Gobierno Regional de Arequipa, del 24 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Camaná, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse, según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.8.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Miguel Sebastián Guzmán Hinojosa, consejero del Consejo Regional de Arequipa, en representación de la provincia de La Unión, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a don Joel Renán Vera Ayca, identi fi cado con DNI Nº 42146592, para que asuma provisionalmente el cargo de consejero del Consejo Regional de Arequipa, en representación de la provincia de La Unión, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.3. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a doña Tecla Huanca Maque, consejera del Consejo Regional de Arequipa, en representación de la provincia de Caylloma, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 4. CONVOCAR a don José Luis Morales Charca, identi fi cado con DNI Nº 29708322, para que asuma provisionalmente el cargo de consejero del Consejo Regional de Arequipa, en representación de la provincia de Caylloma, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 5. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Silvio Adalberto Arias Villa, consejero del Consejo Regional de Arequipa, en representación de la provincia de Castilla, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 6. CONVOCAR a don Edmundo Ernesto Fernández Nina, identi fi cado con DNI Nº 29646287, para que asuma provisionalmente el cargo de consejero del Consejo Regional de Arequipa, en representación de la provincia de Castilla, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 7. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicado el 4 de enero de 2022 en el diario o fi cial El Peruano. 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 4 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2134629-1 Convocan a ciudadanos para que asuman, de modo definitivo, los cargos de gobernador y vicegobernador del Gobierno Regional de Junín RESOLUCIÓN Nº 4165-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022149170 JUNÍNVACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, tres de diciembre de dos mil veintidósVISTO: el Auto Nº 3, del 15 de noviembre de 2022, con el que se dio apertura al presente expediente, en el marco del procedimiento de vacancia seguido en contra de don Vladimir Roy Cerrón Rojas, gobernador