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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (23/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 204

TEXTO PAGINA: 82

82 NORMAS LEGALES Viernes 23 de diciembre de 2022 El Peruano / Donde: i: es el año del periodo regulatorio que se desea medir. Índice de Cumplimiento Global (ICG): Es el índice que se utiliza para medir el nivel de cumplimiento promedio de las metas de gestión en un año regulatorio. Se de fi ne como la media aritmética de los ICI a nivel de la UNIDAD EJECUTORA de cada meta de gestión. Se expresa en porcentaje de la siguiente manera: ܩܥܫ௜ൌ෍ܫܥܫ௜௡ ܰே ௡ୀଵ Donde: N: es el número total de metas de gestión. i: es el año del periodo regulatorio que se desea medir. Metas de gestión : Son los parámetros seleccionados por la Dirección de Regulación Tarifaria para el seguimiento y evaluación sistémica del cumplimiento del programa de inversiones y de las acciones de mejora en la gestión del prestador. Dichos parámetros se encuentran establecidos en el estudio tarifario. Las metas de gestión son aprobadas por el Consejo Directivo de SUNASS. Valor Meta (VM): Es el valor de la meta de gestión establecido por el Consejo Directivo a propuesta de la Dirección de Regulación Tarifaria que indica el objetivo a alcanzar por el prestador al fi nal del año regulatorio. Valor Obtenido (VO): Es el valor de la meta de gestión alcanzado por el prestador como resultado de la gestión realizada durante el año regulatorio. II.- FISCALIZACIÓN DE LAS METAS DE GESTIÓN Para efecto de las acciones de fi scalización y sanción, la SUNASS veri fi cará que al fi nal de cada año del periodo regulatorio la UNIDAD EJECUTORA haya cumplido como mínimo las siguientes condiciones: - El 85% del ICG. - El 80% del ICI a nivel de la UNIDAD EJECUTORA . - El 80% del ICI a nivel de localidad. El cumplimiento de los índices antes señalados será evaluado conforme a lo establecido en el numeral anterior. ANEXO Nº 2 FÓRMULA TARIFARIA DE LA UNIDAD EJECUTORA 002 - SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE TUMBES PARA EL PERIODO REGULATORIO 2023-2027 Y CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LOS INCREMENTOS TARIFARIOS A. FÓRMULA TARIFARIA BASE PARA TODAS LAS LOCALIDADES Por el servicio de agua potable Por el servicio de alcantarillado T1 = T0 (1 + 0.000) (1 + Φ)T1 = T0 (1 + 0.000) (1 + Φ) T2 = T1 (1 + 0.040) (1 + Φ)T2 = T1 (1 + 0.040) (1 + Φ) T3 = T2 (1 + 0.081) (1 + Φ)T3 = T2 (1 + 0.080) (1 + Φ) T4 = T3 (1 + 0.000) (1 + Φ)T4 = T3 (1 + 0.000) (1 + Φ) T5 = T4 (1 + 0.000) (1 + Φ)T5 = T4 (1 + 0.000) (1 + Φ) Donde To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 Φ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por MayorEn el segundo año regulatorio se efectuará un incremento de 4% en las tarifas de los servicios de agua potable y alcantarillado, para todas las localidades administradas por la UNIDAD EJECUTORA 002 - SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE TUMBES (UNIDAD EJECUTORA) . B. CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LOS INCREMENTOS TARIFARIOS DE LA UNIDAD EJECUTORA INCREMENTOS TARIFARIOS BASE1. Los incrementos tarifarios base previstos para el segundo año regulatorio en las tarifas de los servicios de agua potable y alcantarillado, se aplicarán en forma proporcional al porcentaje del Índice de Cumplimiento Global (ICG) obtenido al término del primer año regulatorio. 2. Los incrementos tarifarios base previstos para el tercer año regulatorio, en las tarifas de los servicios de agua potable y alcantarillado, se aplicarán en forma proporcional al porcentaje del Índice de Cumplimiento Global (ICG) obtenido al término del segundo año regulatorio. 3. La UNIDAD EJECUTORA deberá acreditar ante la SUNASS el cumplimiento del ICG obtenido para la aplicación de los referidos incrementos tarifarios base. Asimismo, la veri fi cación por el organismo regulador del cumplimiento de las metas de gestión base autoriza a la referida UNIDAD EJECUTORA a aplicar los incrementos tarifarios considerados en la fórmula tarifaria base. 4. La UNIDAD EJECUTORA podrá acceder al saldo de los referidos incrementos tarifarios base en los siguientes años del quinquenio regulatorio 2023-2027 en forma proporcional al ICG obtenido en cada año. ANEXO Nº 3 ESTRUCTURAS TARIFARIAS DEL PERIODO REGULATORIO 2023-2027 PARA LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA UNIDAD EJECUTORA 002-SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE TUMBES I. Estructuras tarifariasPara las estructuras tarifarias, en atención al principio de equidad, se aplica el criterio de jerarquía de las tarifas cobradas a los usuarios, estableciendo un subsidio cruzado, de modo que los usuarios de las categorías con menor capacidad adquisitiva paguen menos que aquellos de las otras categorías con mayor capacidad de pago. La UNIDAD EJECUTORA aplicará las estructuras tarifarias, de acuerdo con lo siguiente: I.1 Cargo fi jo (S//Mes): 3.5 8 se reajusta por efecto de in fl ación, conforme a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras 9. I.2 Cargo por volumen de agua potable y alcantarillado Grupo 1 (Tumbes1/, Corrales, Zarumilla y Zorritos) Categoría Rango en m³ Cargo variable 10 (S/ / m³) Agua Potable Alcantarillado Social 0 a 10 1.01 0.45 10 a más 1.60 0.70 Doméstico 0 a 8 1.46 0.63 8 a 20 1.65 0.72 20 a más 3.47 1.52 Comercial y otros 0 a 30 1.65 0.72 30 a más 3.64 1.59 Industrial 0 a 70 3.19 1.39 70 a más 3.64 1.59 Estatal 0 a 30 1.65 0.72 30 a más 2.47 1.08 1/ Incluye Nuevo Tumbes