Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (24/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 180

TEXTO PAGINA: 179

179 NORMAS LEGALES Sábado 24 de diciembre de 2022 El Peruano / del 2023, de acuerdo con la Sexta Disposición Final de la Ordenanza N° 2386-2021-MML que sustituye a la Ordenanza N° 2085, que aprueba el Procedimiento de Ratifi cación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la provincia de Lima; Que, estando a que la Ordenanza N° 618-MDJM que regula la tasa de estacionamiento vehicular temporal en el distrito de Jesús María se encuentra vigente por un año adicional, de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza N° 2386-2021-MML, corresponde derogar la Ordenanza N° 661-MDJM; Que, con el pronunciamiento favorable de la Subgerencia de Transporte y Vialidad, de la Gerencia de Fiscalización; con la opinión legal procedente de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil; con la conformidad de la Gerencia Municipal en el ámbito de su competencia; de conformidad con los artículos 9, numerales 8) y 9), 39 y 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE DEROGA LA ORDENANZA N° 661-MDJM, QUE REGULA LA TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN EL DISTRITO DE JESÚS MARÍA Artículo Primero.- DERÓGUESE la Ordenanza N° 661-MDJM que establece la tasa de estacionamiento vehicular temporal en zonas urbanas del distrito de Jesús María, por los motivos expuestos en la parte considerativa; así como toda disposición contraria a la presente ordenanza. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Fiscalización, a la Subgerencia de Transporte y Vialidad y las demás unidades orgánicas que resulten competentes; a la Secretaría General, su publicación en el diario o fi cial “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, su publicación en el portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María: www.muniiesusmaria.qob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE: www.serviciosalciudadano.gob.pe, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Decreto Supremo N° 004-2008-PCM. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.FERNANDO JOSÉ HERESI CHICOMA Alcalde (e) 2136927-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANDO Aprueban el Plan de Desarrollo Local Concertado 2022 - 2033 de la Municipalidad Distrital de Huando ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2022-CM/MDH Huando, 10 de noviembre de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANDO - HUANCAVELICA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en sesión extraordinaria Nº 004- 2022-CM/MDH de fecha 10 de noviembre de 2022,VISTO: El Informe Nº 029- 2022-MDH-OPPyR, de fecha 09 de noviembre de 2022, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, INFORME LEGAL Nº 065-2022-MDH/ALE de fecha de fecha 09 de noviembre de 2022, el Asesoría legal externo, El ACUERDO DE CONCEJO Nº 055-2022/MDH-CM, el respecto a la Ordenanza que aprueba el “Plan de Desarrollo Local Concertado al 2033” de la Municipalidad Distrital de Huando; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nro. 30305 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nro. 27972, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de las ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley, conforme al artículo 200º de la Constitución Política del Perú; Que, de conformidad con el artículo 39º de la Ley orgánica de Municipalidades, establece: “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. Los asuntos administrativos concernientes a su organización interna, los resuelven a través de resoluciones de concejo” y el artículo 41º establece: “Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”; Que, el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, textualmente establece lo siguiente: Corresponde al Concejo Municipal: aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto Los acuerdos. A su turno, el artículo 40º, señala: Las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación administrativa y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tienen competencia normativa; y el artículo 46º dispone: Las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, SINAPLAN, así como el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico Nacional, CEPLAN, el mismo que tiene por fi nalidad la creación y regulación de la organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, orientados al desarrollo de la plani fi cación estregada como instrumento técnico de gobierno y de gestión para el desarrollo armónico y sostenida del país y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del estado constitucional de derecho; Que, mediante Ordenanza Nº 001-2019-CM/ MDH, la Municipalidad Distrital de Huando declara de interés prioritario la actualización del Plan de Desarrollo Concertado del distrito de Huando, como instrumento de Planeación Concertado y Participativo y de Gestión. Que, por disposición de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00015-2021/CEPLAN/PCD se aprueba la “Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del SINAPLAN”, la cual tiene como fi nalidad establecer pautas generales para el desarrollo del seguimiento y evaluación de las políticas nacionales y planes en los tres niveles del gobierno, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para