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174 NORMAS LEGALES Sábado 24 de diciembre de 2022 El Peruano / Nacional, implementan un Sistema Regional de Gestión Ambiental (…)”. Que, la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, en su artículo 6º señala como instrumentos de gestión y plani fi cación ambiental “(…) F. El diseño y dirección participativa de estrategias nacionales para la implementación progresiva de las obligaciones derivadas del Convenio de las Naciones Unidad sobre el Cambio Climático, el Convenio de la Diversidad Biológica y los otros tratados, en los que actúe como punto focal nacional”: Que, el Decreto Supremo Nº 011-2015-MINAN, aprueba la Estrategia Nacional de Cambio Climático (ENCC), el cual contiene elementos que permiten elaborar los planes sectoriales y sub nacionales en materia de cambio climático. Que, con Decreto Supremo Nº 014-2011-MINAM, se aprueba el Plan Nacional de Acción Ambiental PLANAA Perú 2011-2021, y establece como metas prioritarias “(..) 6. Metas prioritarias al 2021.- Las metas prioritarias del Plan Nacional de Acción Ambiental – PLANAA Perú 2011-20212 son: (…) 4. Bosques y cambio climático (…)”. Que, con Ordenanza Regional Nº 010-2016-CR/GRM, de 04 de agosto de 2016, y publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 15 de agosto de 2016, se aprobó la Estrategia Regional de Adaptación al Cambio Climático 2016-2022, del Gobierno Regional Moquegua. Que, con Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAM, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30754 “Ley Marco sobre cambio climático”, y se establece, en el artículo 11º que, los Gobiernos Regionales deben: 1) Elaborar, aprobar, implementar, monitorear, evaluar y actualizar sus Estrategias Regionales de Cambio Climático, de conformidad con la ENCC, las Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDC) y sus instrumentos de gestión territorial vigentes, considerando los periodos de actualización de su Plan de Desarrollo Regional Concertad; y, 7) Generar progresivamente estudios integrados de impacto, vulnerabilidad, riesgo y adaptación ante los efectos del cambio climático; y prever su actualización periódica, según corresponda. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 388-2022-GR/MOQ, de 15 de agosto de 2022, aprueba la Conformación de los Grupos Técnicos de la Estrategia Regional de Cambio Climático del Gobierno Regional Moquegua, cuya vigencia se inicia el 01 de agosto de 2022 al 01 de agosto del 2024. Asimismo, del Acta Nº 05-2022-CAR GORE MOQUEGUA, de 28 de junio de 2022, se aprueba la priorización del Plan de Trabajo de la Comisión Ambiental Regional – CAR, así como la actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático. Que, el Perú ha suscrito una serie de acuerdos y convenios internacionales que lo comprometen a hacerle frente al cambio climático. El país es Parte de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC) desde 1992, y del Protocolo de Kioto (PK) desde el año 2002, alineándose al objetivo de “estabilizar la concentración de gases de efecto invernadero en la atmósfera y evitar llegar a un nivel de interferencia antropogénica peligrosa”. Así mismo, el país ha suscrito el Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre Diversidad Biológica (CDB) y la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Deserti fi cación y Sequía (CNULDS). Que, en el marco Institucional para la Gestión Integral del Cambio Climático (Reglamento de la Ley Marco Sobre Cambio Climático - Ley Nº 30754), se establece que los Gobiernos Regionales deben: 1) Elaborar, aprobar, implementar, monitorear, evaluar y actualizar su ERCC, de conformidad con la ENCC, las Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDC) y, sus instrumentos de gestión territorial vigentes, considerando los periodos de actualización de su Plan de Desarrollo Regional Concertado (…) 7) Generar progresivamente estudios integrados de impacto, vulnerabilidad, riesgo y adaptación ante los efectos del cambio climático, y prever su actualización periódica, según corresponda (…) 9) Monitorear, evaluar y reportar el nivel de avance en la implementación de la ERCC.Que, con Informe Nº 1146-2022-GRM/GGR/ GRRNGMA, de fecha 11 de octubre de 2022, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente remite documentos para la Declaratoria de Interés Regional de la Estrategia Regional de Cambio Climático de la Región Moquegua; Que, la Comisión de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente, Cambio Climático y Defensa Civil, a través del O fi cio Nº 02-2022-GRM/CR/CRNGMADC remite el Dictamen Nº 002-2022-GRM/CR-CRNGMADC; recomendando aprobar a propuesta normativa de Ordenanza Regional que da inicio al proceso de actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático de la Región Moquegua, y; Por lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Moquegua aprobado por la Ordenanza Regional Nº 001-2011-CR/GRM; con el voto por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: QUE DA POR INICIO AL PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE LA ESTRATEGIA REGIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO DE LA REGIÓN MOQUEGUA CON PROYECCIÓN AL 2050 Artículo Primero.- DAR POR INICIO, al proceso de actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático de la Región Moquegua con Proyección al 2050. Artículo Segundo.- DESIGNAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente como encargado del proceso de actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático de la Región Moquegua. Artículo Tercero.- CONFORMAR el Equipo Técnico del Gobierno Regional de Moquegua y designar a sus miembros: - Gobernador Regional de Moquegua, quien asumirá el rol de Presidente - Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, quien asumirá el rol de Secretario Técnico - Presidente de la Comisión de Recursos Naturales Gestión del Medio Ambiente Cambio Climático y Defensa Civil, como parte integrante proceso de actualización. - Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social - Un Representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la implementación de la presente Ordenanza Regional en coordinación con la Comisión Ambiental Regional, así como remitir copia de la presente ordenanza al MINAM como Autoridad Nacional, en materia de Cambio Climático, Artículo Quinto.- DEJAR SIN EFECTO, la Ordenanza Regional Nº 010-2016, que aprobó la Estrategia Regional de Cambio Climático de la Región Moquegua 2016-2021, y demás normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Sexto.- ENCARGAR, al Ejecutivo del Gobierno Regional de Moquegua, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo los anexos se publicarán en el portal electrónico de la institución conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Moquegua para su promulgación.