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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (24/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 180

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Sábado 24 de diciembre de 2022 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor José Vicente Valderrama-León como miembro del Consejo Fiscal, por un periodo de cuatro (4) años. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y entra en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2137588-5 Aprueban la contratación del estudio Sidley Austin LLP, seleccionado por la Comisión Especial en el marco de la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 295-2022-EF/43 Lima, 23 de diciembre del 2022CONSIDERANDO:Que, el artículo 7 de la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, crea la Comisión Especial para que represente al Estado peruano en las controversias internacionales de inversión, estando a cargo de ésta la selección de los servicios de abogados y otros profesionales que se requieran, mientras que la contratación será realizada por el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2009-EF, se aprueba el procedimiento para la contratación de servicios de abogados, estudios de abogados y otros profesionales necesarios para la participación del Estado en controversias internacionales de inversión en el marco de la Ley N° 28933; Que, el artículo 4 del citado procedimiento establece las condiciones y el procedimiento que la mencionada Comisión Especial debe seguir para seleccionar al estudio de abogados que se hará cargo de la defensa del Estado peruano en las controversias internacionales de inversión; Que, en atención a las facultades otorgadas mediante la Ley N° 28933, la citada Comisión Especial solicita la contratación de la defensa legal que represente al Estado peruano durante todas las etapas del arbitraje internacional, en la controversia iniciada por Concesionaria Peruana de Vías – COVINCA S.A., de acuerdo con lo dispuesto en el Contrato de Concesión del Tramo Vial Desvío Quilca – Desvío Arequipa (Repartición) – Desvío Matarani – Desvío Moquegua – Desvío Ilo – Tacna – La Concordia, habiendo seleccionado para dicho efecto al estudio Sidley Austin LLP para que brinde asesoría jurídica al Estado peruano en el presente caso; Que, la O fi cina de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración, a través del Informe N° 0861-2022-EF/43.03, y sobre la base de lo señalado por la O fi cina General de Administración con la O fi cina de Finanzas, mediante el Memorando N°1491-2022-EF/43.06, señala que existe una previsión presupuestaria de S/ 25 478 000,00 (VEINTICINCO millones CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL Y 00/100 soles) para los años fi scales 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027 para la referida contratación;Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica adjunta al Memorando N° 1304-2022-EF/42.02, el Informe N° 1020-2022-EF/42.02 de su O fi cina de Asuntos Jurídicos Económicos y Administrativos, con opinión favorable sobre el proyecto de contrato a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el estudio Sidley Austin LLP; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión; y, en el Decreto Supremo N° 002-2009-EF que aprueba el procedimiento para la contratación de servicios de abogados, estudios de abogados y otros profesionales necesarios para la participación del Estado en controversias internacionales de inversión en el marco de la Ley N° 28933; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la contratación del estudio Sidley Austin LLP, seleccionado por la Comisión Especial en el marco de la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Autorizar al/a la Director/a General de la O fi cina General de Administración para que, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, suscriba el contrato de prestación de servicios de asesoría jurídica con el estudio Sidley Austin LLP. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2137315-1 Aprueban Índices de Distribución del Canon Pesquero proveniente del Impuesto a la Renta correspondientes al Ejercicio Fiscal 2021 a ser aplicados a los gobiernos regionales y gobiernos locales beneficiados RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 296-2022-EF/50 Lima, 23 de diciembre del 2022CONSIDERANDO:Que, el artículo 77 de la Constitución Política del Perú dispone que corresponde a las respectivas circunscripciones, conforme a ley, recibir una participación adecuada del total de los ingresos y rentas obtenidos por el Estado en la explotación de los recursos naturales en cada zona en calidad de canon; Que, el artículo 2 de la Ley N° 27506, Ley de Canon determina los recursos naturales cuya explotación genera canon y regula su distribución en favor de los gobiernos regionales y gobiernos locales de las zonas donde se exploten dichos recursos naturales de conformidad con lo establecido por el artículo 77 de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 13 de la citada ley, crea el canon pesquero señalando que se compone del 50% (cincuenta por ciento) del total de los Ingresos y Rentas que percibe el Estado de las empresas dedicadas a la extracción comercial de pesca de mayor escala, de recursos naturales hidrobiológicos de aguas marítimas, así como continentales lacustres y fl uviales; Que, el numeral 5.2 del artículo 5 de la Ley N° 27506, establece que el canon se distribuye entre los gobiernos regionales y gobiernos locales de acuerdo a los índices de distribución que fi je el Ministerio de Economía y Finanzas en base a criterios de población y necesidades básicas insatisfechas;