TEXTO PAGINA: 155
155 NORMAS LEGALES Viernes 30 de diciembre de 2022 El Peruano / Superintendencia, se ha visto por conveniente designar a la señora Norma Marcela Ruiz Gonzáles en el puesto de Jefe de la Unidad de Abastecimiento y Control Patrimonial de la O fi cina de Administración, por lo que solicita realizar la evaluación del per fi l y la hoja de vida de la citada profesional, en el ámbito de sus competencias y funciones; Que, a través del Informe N° 1105-2022-SUNAFIL/ GG/ORH, la O fi cina de Recursos Humanos emite opinión técnica favorable p ara designar a la señora Norma Marcela Ruiz Gonzáles en el puesto de Jefe de la Unidad de Abastecimiento y Control Patrimonial de la O fi cina de Administración de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, señalando que se ha veri fi cado el cumplimiento de los requisitos previstos en el M anual de Clasi fi cador d e Cargos de la SUNAFIL, aprobado por Resolución de Gerencia General N° 080-2022-SUNAFIL-GG; asimismo, indica que la mencionada persona no se encuentra impedida para el acceso al puesto en el marco de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; Que, con el informe de vistos, la O fi cina de Asesoría Jurídica expresa opinión legal sobre la designación solicitada por la Superintendencia, en función a la opinión técnica emitida por la O fi cina de Recursos Humanos, en el marco de sus funciones; lo cual hace viable la emisión de la presente resolución; Con el visado del Gerente General, del Jefe (e) de la Ofi cina de Recursos Humanos, y de la Jefa de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; la Ley N° 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2022-TR y por la Resolución de Superintendencia N° 284-2022-SUNAFIL; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar, a partir del 03 de enero de 2023, a la señora NORMA MARCELA RUIZ GONZÁLES en el puesto de Jefe de la Unidad de Abastecimiento y Control Patrimonial de la O fi cina de Administración de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, puesto considerado de con fi anza. Artículo 2.- Noti fi car la presente resolución a la persona mencionada en el artículo precedente, así como a la O fi cina de Recursos Humanos, para las acciones correspondientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL (www.gob.pe/suna fi l). Regístrese, comuníquese y publíquese.VICTOR JOSE LOYOLA DESPOSORIO Superintendente 2139019-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Delegan facultades en diversos funcionarios de SUSALUD RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 106-2022-SUSALUD/S Lima, 29 de diciembre de 2022VISTO: El Informe N° 000559-2022-SUSALUD-OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1158 y modi fi catoria, se disponen medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud por Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD), constituyéndose como un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, de conformidad con los numerales 1) y 4) del artículo 23 del Decreto Legislativo N° 1158 y los literales a), d) y t) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de SUSALUD, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2014-SA, corresponde al Superintendente ejercer la representación legal de la Superintendencia; organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento de la Institución; expedir resoluciones que correspondan al ámbito de sus funciones; y, por la función establecida en el literal y), el Superintendente puede delegar en los servidores públicos de SUSALUD las facultades y atribuciones que no le sean privativas a su función; Que, en materia presupuestaria, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el referido Sistema es el conjunto de principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos que conducen el proceso presupuestario de las entidades públicas; siendo que su artículo 7 establece que el Titular de la entidad es responsable en materia presupuestaria, pudiendo delegar sus funciones en dicha materia cuando lo establezca expresamente la citada norma, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la entidad. El Titular es responsable solidario con el delegado; Que, el numeral 47.2 del artículo 47 del precitado Decreto Legislativo N° 1440, establece que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, determina las normas para el proceso presupuestario que deben observar las entidades del sector público, durante el ejercicio fi scal 2023; Que, en materia de contrataciones, Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento; establecen disposiciones y lineamientos que deben observar las entidades del sector público en los procedimientos de contratación de bienes, servicios u obras y regula las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos; Que, conforme lo dispone el numeral 8.2 del artículo 8 de la Ley N° 30225, el Titular de la entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que la citada norma le otorga. Puede delegar, al siguiente nivel de decisión, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra. La declaración de nulidad de o fi cio y la aprobación de las contrataciones directas, no pueden ser objeto de delegación, salvo lo dispuesto en el reglamento; Que, en materia de abastecimiento, el numeral 10.1 del artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 217-2019-EF, establece que el producto fi nal de la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras es el Cuadro Multianual de Necesidades, siendo que el numeral 24.2 de la Directiva N° 005-2021-EF/54.04 – Directiva para la programación multianual de bienes, servicios y obras, aprobada con Resolución Directoral N° 014-2021-EF/54.01, señala que el Cuadro Multianual de