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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 256

TEXTO PAGINA: 157

157 NORMAS LEGALES Viernes 30 de diciembre de 2022 El Peruano / Protección de Derechos en Salud, en la O fi cina General de Administración, en la O fi cina General de Gestión de las Personas y en la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, determinadas facultades asignadas al Titular de la entidad, que no sean privativas de su cargo, hasta la culminación del Año Fiscal 2023; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal mediante el Informe Nº 000559-2022-SUSALUD-OGAJ, manifestándose favorablemente por la nueva delegación de facultades actualizada al Gerente General, al Superintendente Adjunto(a) de Promoción y Protección de Derechos en Salud, al Director(a) General de la O fi cina General de Administración, al Director(a) General de la O fi cina General de Gestión de las Personas y al Director(a) General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, dado que estas nuevas delegaciones permitirán viabilizar el trámite de la documentación generada y recibida por la entidad, así como las funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de SUSALUD, optimizando y dinamizando de esta manera su aparato administrativo y con ello la consecución de sus metas institucionales. Todo ello en concordancia con los principales y recientes cambios normativos mencionados en los considerandos precedentes; Con los vistos del Gerente General, del Superintendente Adjunto de la Superintendencia Adjunta de Promoción y Protección de Derechos en Salud, del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la O fi cina General de Administración, del Director General de la O fi cina General de Gestión de las Personas y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud, y; Estando a las facultades establecidas en el Decreto Legislativo N° 1158 y en el Reglamento de Organización y Funciones de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA. SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar las siguientes facultades en el (la) Gerente General de SUSALUD: 1.1. En materia administrativa: a) Representar a SUSALUD, ante autoridades del Poder Judicial, Ministerio Público, Policía Nacional del Perú, así como todas aquellas que resulten vinculadas con las funciones de SUSALUD, para que realice cualquier tipo de actividad que resulte necesaria. b) Representar a SUSALUD, en su calidad de administrado, ante cualquier tipo de autoridades y dependencias públicas, así como para iniciar y proseguir acciones legales o procedimientos administrativos, como parte o tercero con legítimo interés; formular peticiones, solicitudes, desistirse, participar, interponer recursos impugnativos o pedidos de nulidad. Esta facultad no es extensible para los supuestos que son de competencia exclusiva de la Procuraduría Pública de SUSALUD, regulados en el Decreto Legislativo N° 1326 – Ley del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS. c) Suscribir en nombre y representación de SUSALUD, la documentación que resulte necesaria presentar a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaría (SUNAT), con la fi nalidad de dar cumplimiento a las obligaciones tributarias de SUSALUD. d) Suscribir en nombre y representación de SUSALUD la documentación que resulte necesaria presentar a las Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones (AFP), con la fi nalidad de dar cumplimiento a las obligaciones de trámites y pagos respecto de las retenciones efectuadas en las respectivas planillas de pago de la Entidad. 1.2. En materia presupuestaria: a) Aprobar y formalizar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático. b) Aprobar las modi fi caciones del Plan Operativo Institucional (POI) de SUSALUD. 1.3. En materia de contratación pública: a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones, así como sus modi fi caciones y supervisar periódicamente su ejecución, en el marco de lo establecido en las disposiciones que apruebe el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). b) Aprobar la estandarización de los bienes y servicios a ser contratados por la Entidad. c) Resolver recursos de apelación presentados en procedimientos de selección que correspondan ser resueltos por SUSALUD. d) Autorizar al comité de selección u órgano encargado de las contrataciones, según el tipo de procedimiento de selección, a tener como válidas las ofertas económicas que superen el valor referencial de la convocatoria, siempre que se cuente con la certi fi cación de crédito presupuestario correspondiente. e) Aprobar las contrataciones directas en los supuestos indicados en los literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su modi fi catoria. f) Solicitar el inicio de los procedimientos de conciliación o arbitraje y representar a la Entidad en dichos procedimientos de solución de controversias en materia de contrataciones del Estado, sin perjuicio de las competencias exclusivas del Procurador Público de SUSALUD. 1.4. En materia contable y de tesorería: a) Designar a los responsables titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de SUSALUD. b) Suscribir los Estados Financieros y Presupuestarios requeridos para la elaboración de la Cuenta General de la República y remitirla ante la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas. 1.5. En materia de control: a) Remitir las solicitudes, información y documentación a la Contraloría General de la República para la designación de las Sociedades de Auditoría (SOA), la misma que debe contener los requisitos y recaudos necesarios que permitan seleccionar vía concurso público de mérito a las entidades a ser auditadas. b) Suscribir toda la documentación relacionada para la elaboración del contrato por parte de la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República, a que se re fi ere el numeral 7.3.1 del acápite 7.3 “Proceso de Contratación de las Sociedades de Auditoría”, de la Directiva Nº 012-2020-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 303-2020-CG, en caso corresponda. Artículo 2.- Delegar las siguientes facultades en el (la) Director (a) General de la O fi cina General de Administración de SUSALUD: 2.1. En materia de contratación pública: a) Aprobar los expedientes de contratación, incluyendo los correspondientes a contrataciones directas. b) Aprobar las bases de los procedimientos de selección de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicación Simpli fi cada, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios, Subasta Inversa Electrónica, incluyendo las provenientes de contrataciones directas. c) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección por causal debidamente motivada. d) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités de selección, así como modi fi car su composición. e) Autorizar la participación de expertos independientes para apoyar a los Comités de Selección, cuando corresponda. f) Suscribir, modi fi car y resolver los contratos y sus adendas derivados de los procedimientos de selección,