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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 256

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Viernes 30 de diciembre de 2022 El Peruano / Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), respectivamente; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 004-2022-MIMP, a través de Resolución de Presidencia N° D000052-2022-CONADIS-PRE, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 19 de abril de 2022, se aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del CONADIS; Que, además, con respecto a la implementación del Reglamento de Organización y Funciones del CONADIS, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 004-2022-MIMP, faculta a la Presidencia del CONADIS para que, mediante Resolución, emita disposiciones e instrumentos necesarios para la adecuada implementación de su Reglamento de Organización y Funciones; Que, con Resolución de Presidencia N° D000064- 2022-CONADIS-PRE de fecha 04 de mayo de 2022, se aprueba el Manual de Clasi fi cación de Cargos del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS); Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, establece que cuando corresponda, las entidades actualizan o modi fi can sus instrumentos de gestión de recursos humanos; siendo responsabilidad de las O fi cinas de Recursos Humanos asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley, el presente Reglamento y las disposiciones complementarias emitidas por SERVIR; Que, con documentos de vistos, la Unidad de Recursos Humanos propone y sustenta la aprobación de un nuevo Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) del Consejo nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS); Que, por su parte, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto señala que la propuesta del Manual de Clasi fi cador de Cargos del CONADIS presenta el respectivo alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del Reglamento de Organización y Funciones del CONADIS, emitiendo opinión favorable para su aprobación; Que, en consecuencia, como parte de la implementación del ROF del Consejo nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), resulta legalmente viable la aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) del CONADIS, en el marco de lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 004-2022-MIMP y normativa vigente en materia de recursos humanos, dejando sin efecto la Resolución de Presidencia N° D000064-2022- CONADIS-PRE; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Unidad de Recursos Humanos, de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP; el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2022-MIMP y Resolución de Presidencia N° D000046-2022-CONADIS-PRE, cuyo Texto Integrado es aprobado por la Resolución de Presidencia N° D000052-2022-CONADIS-PRE; y, la Resolución Suprema N° 003-2020-MIMP; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución de Presidencia. Artículo 2.- Dejar sin efecto, la Resolución de Presidencia N° D000064-2022-CONADIS-PRE de fecha 04 de mayo de 2022.Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución y el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), sean publicadas en el Portal Institucional de la Entidad (https://www.gob.pe/mimp/conadis). Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARCO ANTONIO GAMARRA LA BARRERA PresidenteConsejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad 2139004-1 PRODUCE Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo N° 007-2012-PRODUCE, Crean el Programa Nacional “ A Comer Pescado” DECRETO SUPREMO Nº 018-2022-PRODUCE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, los artículos 66 a 68 de la Constitución Política del Perú, establecen que los recursos naturales son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado promover su uso sostenible y la conservación de la diversidad biológica; Que, el numeral 38.2 del artículo 38 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que los Programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública especí fi ca, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenecen; Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, dispone que dicho Ministerio es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas. Es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE), normalización industrial y ordenamiento de productos fi scalizados. Es competente de manera compartida con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, según corresponda, en materia de pesquería artesanal, Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE) y Acuicultura de Recursos Limitados (AREL), promoción de la industria y comercio interno en el ámbito de su jurisdicción; Que, asimismo, el numeral 6.4 del artículo 6 del citado Decreto Legislativo, establece como una función especí fi ca de competencia compartida del Ministerio de la Producción promover programas, proyectos y/o acciones para el desarrollo sostenible de la pesquería artesanal, AMYPE y AREL, así como para la promoción de la industria y el comercio interno en el ámbito nacional y/o macroregional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2012-PRODUCE se crea en el ámbito del Sector Producción el Programa Nacional “A Comer Pescado”, con el objeto de contribuir al fomento de mercados para el desarrollo de la actividad pesquera de consumo humano directo; con el objetivo general de fomentar, consolidar y expandir los mercados internos para el consumo fi nal de productos derivados de los recursos hidrobiológicos de los ámbitos marítimo y continental del país; y, con la fi nalidad de contribuir al incremento del consumo de productos hidrobiológicos en todo el país, con especial énfasis en las zonas de menor consumo articulando la demanda con la oferta de productos para el consumo humano directo; Que, el Decreto Supremo Nº 007-2012-PRODUCE en su artículo 12 señala que el Programa Nacional “A Comer