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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2022 (18/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Martes 18 de enero de 2022 El Peruano / endeudamiento público, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. d) Suscribir convenios y/o contratos con entidades públicas destinadas al uso, y/o disfrute total o parcial de muebles o inmuebles de propiedad del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego o bajo administración estatal, la que deberá regirse por los procedimientos dispuestos en la normatividad sobre la materia. e) Regular, tramitar y expedir los actos destinados o vinculados a la administración, disposición, adquisición, transferencia, registro y supervisión de los bienes muebles. f) Aceptar las donaciones de bienes muebles e inmuebles, previa emisión de los informes técnico y legal que correspondan. g) Autorizar la impresión a color en casos debidamente justifi cados, en el marco del Decreto Supremo Nº 050-2006- PCM, que prohíbe en las entidades del Sector Público la impresión, fotocopiado y publicaciones a color para efectos de comunicaciones y/o documentos de todo tipo. h) Expedir las resoluciones que sustenten el registro contable del castigo directo e indirecto de las cuentas incobrables de procedencia no tributaria del Pliego 013 Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, de conformidad a lo establecido en el Instructivo N° 3, aprobado con la Resolución de Contaduría N° 067-97-EF/93.01, modi fi cada con la Resolución Directoral N° 011-2009-EF/93.01. i) Suscribir contratos de auditoría fi nanciera, así como sus adendas. j) Suscribir en representación de la entidad, el contrato vinculado al procedimiento de Solicitud de Acceso al Servicio de Emisión de Certi fi cados Digitales, a cargo del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC. k) Realizar todo tipo de solicitudes, actos y trámites ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, destinados a inscribir, oponerse a la inscripción o, en general, cualquier otro tipo de actuaciones destinadas al registro de derechos de titularidad del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, sobre bienes muebles o inmuebles; incluyendo, la modi fi cación y recti fi cación de partidas registrales, entre otros. l) Solicitar al Jurado Nacional de Elecciones la autorización previa y presentar el reporte posterior de publicidad estatal en el marco de lo dispuesto por la Resolución N° 0922-2021-JNE que aprueba el Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral. m) Reconocer aquellos adeudos en los que resulte aplicable la acción por enriquecimiento sin causa, en concordancia con la normativa vigente. n) Ejercer la representación legal del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego que tenga por objeto la presentación de candidaturas que divulguen, promocionen o difundan concursos relacionados a las funciones o actividades del MIDAGRI ante Entidades Públicas y/o Privadas, nacionales o extranjeras, que organicen dichos eventos. En materia de Asociación Público Privada, Proyectos en Activos y Obras por Impuestos a) Aprobar las bases de los procedimientos de selección. b) Cancelar los procedimientos de selección.c) Solicitar la emisión del informe previo a la Contraloría General de la República, así como presentar la subsanación y/o remitir información adicional, de ser el caso. d) Suscribir, modi fi car y resolver convenios con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para la ejecución conjunta o encargo de proyectos en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, bajo el mecanismo de Asociación Público Privada, Proyectos en Activos y obras por impuestos. e) Suscribir Convenios y adendas para la Ejecución de Obras. Artículo 9.- Delegación de facultades en el/la Directora/a de la O fi cina de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración Delegar, en el/la Director/a de la O fi cina de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración las siguientes facultades:En materia de Contrataciones del Estado a) Aprobar la Solicitud para el Procedimiento de Selección Comparación de Precios. b) Suscribir, modi fi car, penalizar y resolver los contratos, las órdenes de compra y órdenes de servicio, para contrataciones cuyos montos sean menores o iguales a ocho (08) UIT. Artículo 10.- Delegación de facultades en el/la Director/a General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos Delegar, en el/la Director/a General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura - Administración Central, las facultades siguientes: a) Aprobar, modi fi car o dejar sin efecto, la conformación de las Comisiones Negociadoras del Pliego de Reclamos y Mesas de Diálogo del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, con facultades expresas para participar en la negociación y conciliación, practicar todos los actos procesales propios de estas, suscribir cualquier acuerdo e inclusive participar en todos aquellos actos relativos a la etapa de arbitraje, en caso se derive este del procedimiento de negociación colectiva; lo que excluye el ejercicio de las competencias exclusivas de la Procuraduría Pública, contemplado en el Decreto Legislativo N°1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 018-2019-JUS. b) Conformar el Comité Electoral para la elección de los representantes de los trabajadores ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI, y conformar el Comité Electoral para la elección de los representantes de los trabajadores ante el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo – CAFAE del MIDAGRI. c) Autorizar las acciones de personal, respecto a los encargos, suplencias, así como a las designaciones temporales en lo que corresponda, hasta el nivel F-5. d) Tramitar, autorizar y resolver acciones del personal respecto a las asignaciones, ceses, rotaciones, suplencia, ascensos, promoción, reconocimiento de remuneraciones, bonifi caciones, asignaciones, destaques, suscripción y renovaciones de contratos, y todos aquellos actos o actuaciones que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal, comprendido en el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, hasta el Nivel F-5; del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, y del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios. e) Autorizar y resolver las peticiones de los pensionistas y ex trabajadores en materia pensionaria. f) Aprobar y modi fi car el Reglamento Interno de Servidores Civiles del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. g) Suscribir en representación del Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, los documentos que sean necesarios en el marco del procedimiento y diligencias de ejecución de mandatos judiciales con calidad de cosa juzgada; asimismo, los documentos requeridos en el marco del procedimiento de ejecución de mandato administrativo emitido por la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, o el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo – MTPE, que ordenen la reposición o reincorporación de servidores o ex servidores, y otros en materia laboral, según corresponda. Asimismo, dicha facultad de representación y de presentación de documentos incluye la actuación en fases previas de los Procedimientos Administrativos ante las citadas autoridades, tales como indagaciones administrativas, órdenes de inspección, requerimientos de presentación de documentos, etc. h) Suscribir los Convenios de modalidades formativas y sus respectivas adendas, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1401, Decreto Legislativo que aprueba el régimen especial que regula las modalidades formativas